Los integrantes de una organización dedicada a la venta de estupefacientes prefirió evitar un juicio oral y reconocer su responsabilidad y acogerse a un juicio abreviado. Más que nada por lo beneficioso del acuerdo presentado por sus abogados que lograron cambiar la calificación de comercio agravado por la cantidad de personas a comercio simple.
Gualeguaychú: acuerdan condenas para una banda que vendía droga al menudeo
Ahora serán los jueces del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay los que decidan si aceptan o no el acuerdo celebrado entre la fiscal María de los Milagros Squivo y los defensores Augusto Lafferriere, Cecilia Carolina Tejada, Pablo Sotelo y Juan Carlos Maggi.
El juicio puede ser homologado o rechazado. También se puede bajar la cantidad de años acordada, pero no subir. Además se dispuso la incautación de dos de los 22 vehículos secuestrados, más los teléfonos celulares.
Los imputados son siete y están distribuidos en distintas cárceles del país. Walter Mauricio Vela, Joaquín Daniel Benítez y David Ariel Irigoitía se encuentran alojados en la Unidad Penal N° 1 Paraná; Alexis Vela en la Unidad Penal N° 2 de Gualeguaychú; Diana Celiz en la Unidad Penal N° 6 de Paraná; Horacio Gómez en la Unidad Penal N° 46 de San Martín y Guillermo Celiz en el Complejo Penitenciario N° 1 de Ezeiza.
Al principio de la causa a cada uno de los implicados se le endilgó un rol en la organización que fue desarticulada luego de una profunda investigación que se inició en 2020 fijando la mirada en Benítez, más conocido como Chino y culminó a mediados de 2021 con una catarata de allanamientos en Gualeguaychú y Buenos Aires.
A Walter Vela se le endilgaba la conducta de organizador y financiador del grupo dedicado a la comercialización de cocaína. El encargado de proveer la droga era Horacio Gómez, quien se encontraba alojado en la Unidad Penal N° 9 de La Plata. A través de un teléfono montaba toda la logística para que la droga de “alta calidad” llegara al sur entrerriano.
La investigación detectó que los hermanos Alexis Iván y Walter Vela contaban con el apoyo de diferentes personas en Buenos Aires, entre ellas la pareja del preso, Diana Celiz. La minuciosa investigación policial arrancó el 30 de noviembre de 2020 cuando la Policía de Gualeguaychú recibió información sobre un tal Chino Benítez, que estaría vinculado a la venta de droga en esa ciudad y en Concepción. Desde ese momento y con autorización judicial se montó un trabajo de recolección de información que incluyó seguimiento, filmaciones y escuchas. Las pruebas dejaron en claro que la banda tenía un cabecilla que era Walter Vela, más conocido como Maycon o Maycol.
A través de las escuchas se probó que la cocaína que luego se distribuía en la ciudad del sur entrerriano se traía desde Buenos Aires y se cargaba en autos que esperaban en una estación de servicios ubicada a la vera de la ruta 14.
La causa logró probar, pero no con el grado de certeza suficiente la intervención de otras personas, entre ellas una que esta privada de la libertad. Además la pesquisa logró determinar que Chino Benítez no era un gran narco sino parte de la organización pero como el último eslabón, que era vender al menudeo lo que le proveía Alexis Vela. Otro que no tenía un rol preponderante era Irigoitía.
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Resultado favorable
Augusto Laferriere, defensor de Walter Vela y Diana Celiz, logró un acuerdo sumamente beneficioso para sus representados ya que a Vela, por su condición de presunto jefe, le correspondía una condena de 8 a 20 años. Sin embargo logró cerrar una condena de cinco años.
El abogado expuso que se logró prescindir de la agravante atribuida a sus defendidos dado que “no es posible concluir con certeza que haya existido entre los imputados un accionar mancomunado para comercializar estupefacientes”.
De esta forma se los acusó de comercio simple. Se logró desarmar la presunción de que se estaba tras una banda. Entendió el letrado que no existen elementos que demuestren una relación previa y coordinada entre los imputados a los fines de efectuar actos de comercialización, y que incluso algunos no se conocen ni han tenido contacto entre sí. Sostuvo que la agravante no se da por la mera conjunción de tres o más personas en una investigación y en una causa judicial, por el contrario, para ser condenados con ese alcance sus conductas deben constituir una organización cuyos sujetos tengan roles específicos y una finalidad común, lo que no sucedió en este caso.
Penas y multas
Para Walter Vela y Horacio Gómez se acordó una condena de cinco años por ser los responsables del delito de comercio de estupefacientes. En el caso de Gómez se lo declara reincidente. Para Alexis Vela la pena de cuatro años de cárcel por ser partícipe primario del delito de comercio de estupefacientes. Para Guillermo Celiz la pena de cuatro años y tres meses de prisión como partícipe primario del delito de comercio de estupefacientes. Para Joaquín Benítez la pena de cuatro años de prisión por el delito de comercio de estupefacientes.
Para Diana Celiz la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por ser partícipe secundaria del delito de comercio de estupefacientes y para David Irigoitía la pena de tres años de prisión condicional como autor del delito de tenencia de estupefacientes. Menos este último todos pagan una multa de 315.000 pesos.