Una trabajadora de la Dirección de Automotores de Entre Ríos denunció a su jefe, Oscar Alberto Garbarino, por violencia de género y acoso laboral. El Ministerio de Gobierno y Justicia inició un sumario administrativo contra el acusado y lo suspendió preventivamente. En la resolución se destacó la activación del Protocolo Provincial de Atención para las mujeres en situación de violencia, en cumplimiento de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Entre Ríos: agente denunciado fue sumariado y suspendido
Según se informó oficialmente el 13 de septiembre, el Ministerio inició un sumario administrativo contra el Oscar Alberto Garbarino, Jefe del Área Administrativa de la Dirección de Automotores de Entre Ríos, acusado de violencia de género. La denuncia en su contra la formuló A.L.A, trabajadora de dicha dependencia. Las actuaciones se iniciaron el 19 de mayo mediante el decreto Nº 1402.
Consta en el expediente que la denunciante presentó una nota respaldada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) solicitando medidas urgentes para preservar su integridad psicofísica y sus derechos laborales.
El director del organismo, al tomar conocimiento de lo ocurrido, dispuso la suspensión preventiva del acusado, mientras se investigan los hechos. Ahora se conoció que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del ministerio emitió un dictamen en el que señala que el caso debe ser examinado según lo establecido por el artículo 71° de la Ley N° 9.755 (Ley de Regulación del Empleo Público de Entre Ríos), que prevé sanciones para los empleados públicos que incurran en incumplimiento de sus deberes o en delitos dolosos, cuando estos afecten el prestigio de la función o del agente.
Además, el ministerio aplicó el Protocolo Provincial de Atención para las mujeres en situación de violencia de género, que tiene como objetivo prevenir y atender a las víctimas de estas situaciones, en consonancia con la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que define la discriminación como toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que menoscabe o anule el reconocimiento de los derechos humanos.
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Sumario y suspensión
El decreto que ahora salió a la luz, según registró UNO, señala que "claramente y de forma inmediata se puede observar la preponderancia, interés, importancia, trascendencia y preocupación que el Estado -en todos sus estratos- brinda a la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer en cualquiera de sus formas y en cualquier ámbito; y que en este caso puntual, la señora A. ha sido violentada -a prima facie- no sólo por quien labora con ella, sino que además ostenta Jerarquía sobre ella, con lo cual se ubica en un claro plano de desigualdad, con su agresor".
Y se agrega que "la conducta denunciada de Garbarino resultaría a todas luces reprochable no sólo desde el punto de vista normativo, sino también socio-cultural".
Más adelante, sostiene que "corresponde suspender de manera inmediata al agente Garbarino de su prestación laboral, dado que la sola presencia de éste en el ámbito de trabajo, implica la inobservancia -a prima facie- del espíritu y fin de las normas citadas ut supra; pues es de sumo interés y esencial preservar la integridad psicofísica de la denunciante; cometido que no se alcanzaría si Garbarino continúa conviviendo laboralmente con Amaya".
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Así las cosas, el Ministerio de Gobierno y Justicia de Entre Ríos dispuso la Instrucción de un sumario administrativo "al agente Oscar Alberto Garbarino, personal de la Planta Permanente de la Dirección de Automotores de la Provincia, con funciones de Jefe del Área Administrativa conforme Decreto N° 4382/15 MGJ; por encontrarse su conducta presuntamente incursa en la causal de cesantía prevista en el artículo 71°, incisos e) y f) de la Ley N° 9755, modificada por la Ley N° 9811; conforme lo expresado en los considerandos precedentes".
En el artículo segundo se estableció la suspensión preventiva del agente, como así también "de los haberes que percibe, a partir de la fecha del presente Decreto"; y, finalmente, en el artículo tercero se dejo sin efecto el decreto por medio del cual se lo designó como Jefe de Área y, en consecuencia, se procedió "a la baja de la percepción del Adicional por Responsabilidad Funcional, a partir de la fecha del presente Decreto".