Ley de Glaciares: se inicia el debate en el Senado

Se instalará régimen de “gestión inteligente” que redefinirá la actual protección de la Ley de Glaciares para atraer proyectos de megaminiería e hidrocarburos

25 de febrero 2026 · 10:50hs

El debate por la modificación de la Ley de Glaciares (26.639) se llevará a cabo este jueves. El Gobierno redefinirá la protección del ambiente periglacial para atraer proyectos vinculados a la megaminiería e hidrocarburos, no sin controversia ni resistencia de los sectores ambientalistas.

En el Senado, La Libertad Avanza (LLA) pretenderá modificar artículos claves que resguardan la importancia hídrica para brindarle mayor potestad a las provincias sobre sus propios recursos. Asimismo, se propone reconocer el dominio originario de los recursos naturales a las provincias, un derecho que está consagrado en el artículo 124 de la Constitución Nacional, luego de la reforma de 1994.

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Ley de Gestión Inteligente de Glaciares y Desarrollo Sustentable de Alta Montaña

La iniciativa incorpora tecnologías como monitoreo continuo, inteligencia artificial y blockchain, establece un esquema de categorías para autorizar o prohibir actividades en el ambiente periglacial y crea una Agencia Federal con amplias facultades de control.

La diputada nacional Marcela Marina Pagano presentó un proyecto de ley que propone reemplazar el esquema actual de protección de glaciares por un régimen al que denomina de “gestión inteligente”, basado en monitoreo satelital en tiempo real, sistemas de alerta temprana, auditorías externas y trazabilidad ambiental mediante cadena de bloques. La iniciativa define que los glaciares seguirán siendo áreas de protección absoluta, pero establece un modelo de evaluación técnica caso por caso para las zonas de ambiente periglacial.

LEER MÁS: Qué dispone el proyecto que cambia la Ley de Glaciares

El texto propone modificar la Ley 26.639, sancionada en 2010, argumentando que la prohibición general vigente sobre actividades en zonas periglaciales se basó en limitaciones tecnológicas de aquel momento. El proyecto sostiene que hoy es posible implementar un enfoque de “precaución dinámica” apoyado en inteligencia artificial, monitoreo permanente y mecanismos automáticos de suspensión de actividades.

Entre los puntos centrales, la propuesta redefine técnicamente qué se considera glaciar y qué constituye el ambiente periglacial, fijando criterios cuantitativos y verificables. También establece el Mapa de Glaciares y Ambiente Periglacial como instrumento vinculante, elaborado y actualizado por el IANIGLA cada cinco años.

Consideraciones técnicas

El régimen incorpora un sistema de categorías de impacto: actividades sin impacto significativo (A), impacto moderado mitigable (B) y actividades prohibidas por impacto no mitigable (C). La Agencia Federal de Glaciares y Alta Montaña (AFGAM), creada por la iniciativa, será la encargada de expedir la Certificación Técnica de Categoría, mientras que las provincias mantendrán la potestad de otorgar o denegar la licencia de operación en alta montaña.

El proyecto dispone además un Estándar de Oro Ambiental obligatorio que incluye monitoreo en tiempo real con sensores IoT, modelos predictivos de IA auditados, gestión de agua en circuito cerrado, trazabilidad blockchain de residuos y garantías financieras de remediación equivalentes al 80, 100 o 120% del costo total estimado según la escala del proyecto. También exige seguro ambiental internacional y reportes mensuales de desempeño ambiental de acceso público.

Controles

En materia de control, la iniciativa diseña un “Sistema de Semáforo Ambiental” con tres niveles de alerta y un mecanismo de Suspensión Preventiva Automática ante desviaciones significativas en los indicadores. La suspensión puede convertirse en definitiva si no se corrigen las fallas y puede derivar en revocación de la certificación y ejecución de garantías.

La creación de la AFGAM constituye uno de los ejes estructurales del proyecto.

El organismo tendrá carácter federal, con representación de las provincias andinas, y será responsable de supervisar el cumplimiento del estándar ambiental, administrar la plataforma de transparencia en tiempo real y gestionar el fondo de remediación glaciológica.

El proyecto también prevé un esquema de participación ciudadana con audiencias públicas obligatorias y consulta previa a pueblos indígenas, además de un mecanismo de “Oposición Ciudadana Significativa” que puede suspender por un año la tramitación de una certificación técnica si reúne criterios cuantitativos estrictos.

La iniciativa agrega un Fondo de Desarrollo Local y Agua, financiado con el 5% de las utilidades netas de los proyectos autorizados, destinado a los municipios afectados, a infraestructura hídrica, a la transición productiva y a investigación glaciológica.

En los fundamentos, Pagano plantea que la Ley 26.639 generó un régimen prohibicionista que responde a un estadio tecnológico previo y que resultó en “parálisis regulatoria” sobre minerales estratégicos como litio y cobre. Sostiene que la nueva propuesta eleva los estándares ambientales, aporta seguridad jurídica y compatibiliza la protección de glaciares con el desarrollo sustentable y la soberanía sobre recursos de alta montaña. Asimismo, asegura que la iniciativa es “equivalente o superior” a los estándares de la OCDE, la Unión Europea y otros marcos ambientales internacionales.

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