La Corte Suprema rechazó la recusación de Cristina Kirchner contra el juez Lorenzetti

La Corte Suprema decidió rechazar la recusación que Cristina Kirchner presentó contra el juez Lorenzetti. La decisión permite avanzar en la causa “Vialidad”.

4 de junio 2025 · 17:33hs

La Corte Suprema decidió este miércoles rechazar la recusación que Cristina Fernández de Kirchner presentó contra el juez Ricardo Lorenzetti. La decisión permite al tribunal avanzar en la llamada causa “Vialidad”, que ya cuenta con un fallo de un tribunal oral confirmado por la Cámara de Casación Penal, que condena a CFK a la pena de seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos.

El máximo tribunal, con el voto de sus tres miembros –Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y el propio Lorenzetti–, consideró que el planteo fue presentado fuera de los plazos procesales y carece de fundamentos jurídicos suficientes.

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La decisión de la Corte Suprema

La recusación había sido promovida el pasado 5 de mayo, invocando como causal una supuesta falta de imparcialidad del magistrado, basada en notas periodísticas, disidencias en fallos del tribunal, declaraciones televisivas del juez y una denuncia realizada en el Senado por la senadora Anabel Fernández Sagasti. Según los abogados defensores, el comportamiento de Lorenzetti vulneraría los principios de imparcialidad judicial establecidos en los Principios de Bangalore y en precedentes jurisprudenciales como el caso “Llerena”.

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Sin embargo, la Corte evaluó que la mayoría de los hechos alegados ya eran conocidos con anterioridad a la presentación del recurso extraordinario del 13 de febrero, y por tanto debieron haberse planteado en ese momento. En cuanto a las declaraciones posteriores –como una entrevista dada por Lorenzetti el 1° de mayo, donde afirmó que la Corte debía resolver con prontitud antes de las elecciones–, el tribunal concluyó que no constituían una causal objetiva ni comprobable de recusación.

“El planteo no fue realizado en tiempo oportuno y no cumple con la fundamentación exigida por la ley”, subrayó la Corte, que también remarcó que la defensa no ofreció pruebas para sostener las acusaciones ni invocó causal específica prevista por el Código Procesal Penal.

Finalmente, el fallo enfatiza que las recusaciones contra miembros de la Corte deben interpretarse de forma restrictiva, ya que su aceptación podría afectar la garantía del juez natural y el normal funcionamiento del máximo tribunal del país.

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