El ex senador Edgardo Kueider y su pareja, Iara Guinsel, permanecen detenidos en Paraguay tras haber intentado ingresar al país con 200 mil dólares sin declarar. Por este hecho serán juzgados en abril de 2026, acusados de contrabando en grado de tentativa, mientras aguardan una resolución de la Corte Suprema paraguaya, que definirá si serán extraditados a la Argentina.
Edgardo Kueider y su pareja irán a juicio por contrabando en 2026
Edgardo Kueider y su pareja, Iara Guinsel, siguen detenidos en Paraguay por ingresar 200 mil dólares sin declarar y serán juzgados por contrabando en 2026.
Edgardo Kueider y su pareja irán a juicio por contrabando en 2026.
El pedido de extradición fue formulado por la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, quien investiga a Kueider por enriquecimiento ilícito y otros delitos conexos, entre ellos lavado de dinero. La Fiscalía de Paraguay se pronunció a favor de que el ex senador sea remitido a la Argentina, pero condicionó el traslado a que primero sea juzgado en ese país por el delito de contrabando. Kueider no aceptó el trámite simplificado, razón por la cual se abrió un juicio. Durante el proceso, sus defensores fueron presentando diversos incidentes formales con el objetivo de demorar el trámite, aunque sin buscar derribar el pedido de extradición.
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Detenidos en Paraguay, Kueider y su pareja enfrentarán juicio por contrabando en 2026
En primera instancia, el juez de Garantías en lo Penal N° 9, Rolando Duarte, rechazó los planteos de la defensa. Luego, el Tribunal de Apelaciones, integrado por Jesús Riera Manzoni, Paulino Escobar Garay y Mario Torres Leguizamón, confirmó esa resolución.
La discusión llegó ahora a la Corte Suprema de Paraguay, integrada por nueve miembros y dividida en distintas salas. En el expediente de Kueider intervendrán la Sala Constitucional (encargada de acciones o excepciones de inconstitucionalidad, con una instancia de admisibilidad previa) y la Sala Penal, responsable de evaluar apelaciones de resoluciones originarias, como recursos extraordinarios de casación. El máximo tribunal puede ratificar lo resuelto por las instancias inferiores o introducir rectificaciones. Solo en este último caso el proceso de extradición podría trabarse. Si no ocurre, el trámite quedará habilitado una vez concluido el juicio por contrabando, previsto para abril del 2026.
Los abogados Marcelo Bogado y Carlos Arévalo, representantes de Kueider y Guinsel, basaron su estrategia en cuestiones formales. Su primer planteo fue que el pedido de extradición no estaba siendo tramitado por la vía correcta. Entre Argentina y Paraguay, las extradiciones pueden regirse por los artículos 10° o 19° del acuerdo bilateral, según el grado de formalización del requerimiento. El juez Duarte encuadró la solicitud de Arroyo Salgado en el artículo 10°, mientras que los defensores sostenían que correspondía aplicarse el 19°.
Además, argumentaron que faltaban elementos para responder el dictamen fiscal que avalaba la extradición una vez que los acusados fueran juzgados en Paraguay. Señalaron que el pedido de opinión sobre la postura de la Fiscalía era impreciso y carecía de la información necesaria. En segunda instancia, el juez Riera Manzoni consideró que "no se observa perjuicio o menoscabo a los intereses o derechos de los recurrentes", y agregó que "no se advierte un agravio que justifique alguna modificación del auto recurrido". Sus colegas Escobar Garay y Torres Leguizamón coincidieron con su criterio.
El reclamo de los defensores se produjo en el momento en que debían responder al dictamen fiscal que respaldó la extradición. Para el Tribunal de Apelaciones, no era ni la circunstancia adecuada ni el momento procesal oportuno, razón por la cual lo declaró "improcedente".



















