El Gobierno nacional modificó el mecanismo de acreditación de los requisitos que deben cumplir los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) para acceder al 20% del beneficio que queda retenido.
AUH: el Gobierno cambia el trámite para cobrar el 20% retenido y suma la acreditación automática
La nueva medida permite verificar por vía automática los controles de salud, vacunas y escolaridad para acceder al 20% retenido de la AUH.
AUH: el Gobierno cambia el trámite para cobrar el 20% retenido y suma la acreditación automática.
La medida fue establecida mediante la Resolución 508/2026 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, publicada este jueves 17 de septiembre en el Boletín Oficial. La norma amplía a todos los beneficiarios de la AUH el sistema de verificación automática de las condiciones de salud y educación.
La AUH contempla el pago mensual del 80% del monto correspondiente, mientras que el 20% restante queda reservado y puede cobrarse una vez acreditado el cumplimiento de determinados requisitos.
Qué requisitos hay que acreditar para cobrar el 20%
Con el nuevo esquema, la información requerida podrá verificarse automáticamente mediante el intercambio seguro de datos entre el Ministerio de Salud, la Secretaría de Educación y la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Para los niños y niñas de hasta 4 años inclusive, deberán acreditarse los controles sanitarios correspondientes y el cumplimiento del plan de vacunación.
A partir de los 5 años, además, será necesario acreditar la asistencia al ciclo escolar correspondiente en establecimientos públicos o privados incorporados a la enseñanza oficial.
La principal novedad es que, cuando los datos estén disponibles en los sistemas oficiales, la acreditación se realizará de manera automática, sin necesidad de que el titular presente la documentación por su cuenta.
Una vez verificado el cumplimiento de los controles de salud, vacunación y, cuando corresponda, escolaridad, el monto retenido podrá ser liquidado junto con el 80% mensual de la prestación.
Qué pasa si los datos no están disponibles
La resolución también contempla los casos en los que la información sanitaria o educativa no figure en los sistemas oficiales o deba ser completada.
En esas situaciones, el titular de la AUH podrá presentar la documentación ante Anses, de acuerdo con los procedimientos que establezca el organismo.
De esta manera, el nuevo mecanismo no elimina la posibilidad de acreditar los requisitos mediante documentación, sino que incorpora la verificación automática como vía principal cuando los datos necesarios estén disponibles.
Cuándo entra en vigencia el nuevo mecanismo
La Resolución 508/2026 establece que la medida entra en vigencia desde el día de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, este jueves 17 de septiembre.
A su vez, la norma dispone que Anses será el organismo encargado de establecer las medidas y normas necesarias para implementar el nuevo mecanismo de acreditación.



















