El secretario de Agricultura de la Nación, el entrerriano Juan José Bahillo, firmó la resolución que estableció los requisitos para que las economías regionales se sumen al Programa de Incremento Exportador, más conocido como el "Dólar Agro" que les permite vender la divisa que obtengan por exportaciones a 300 pesos, si cumplen algunas condiciones.
Oficializaron qué economías regionales entran al Dólar Agro
La medida incluye a la actividad apícola.
Bahillo oficializó este lunes, mediante la Resolución 138/2023, los requisitos para que las economías regionales se sumen al Programa de Incremento Exportador.
La medida incluye a las actividades vitivinícola, olivícola, apícola, pesquera, forestoindustrial, lanera, como así también de la producción de legumbres, ajo, té, maní, tabaco, limón, frutas -tales como la cereza, la ciruela y el arándano- y productos especiales que se destinan al mercado externo casi con exclusividad como el maíz pisingallo, el girasol confitero y los productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos debidamente certificados y autorizados por el organismo competente.
El Programa permite que las economías regionales accedan a un tipo de cambio de $300 por dólar durante cinco meses, con el fin de promover el desarrollo de las diferentes actividades que se caracterizan por el agregado de valor local y el impacto positivo que generan en las economías de todo el país.
LEER MÁS: Sergio Massa anunció un dólar a 300 pesos para la soja y las economías regionales
Los productores de las economías regionales que deseen adherirse al Programa de Incremento Exportador deberán:
-Exportar las mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) se consignan en el Anexo de la Resolución
-Haber exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del Decreto N° 194 de fecha 9 de abril de 2023 esas mercaderías consignadas en el citado Anexo.
-Mantener o incrementar durante la vigencia del Programa de Incremento Exportador la cantidad de puestos de trabajo registrados.
-Abastecer el mercado local con las mercaderías, manteniendo o incrementando los volúmenes.
-Cumplir los acuerdos de precios para el mercado local de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía.
A su vez, la medida instruye a la Subsecretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional para que implemente las instancias de intercambio técnico y/o participación con sujetos o entidades representativas de las economías regionales, con impacto relevante en el abastecimiento del mercado interno, con el objeto de evaluar la actualización del citado Anexo y promover esquemas que permitan el traslado del beneficio a productores generado a partir de la adhesión al Programa.


















