Porque podría darse a la fuga, rechazaron liberar a Varisco

La Cámara Federal de Casación coincidió con el Tribunal y la Fiscalía General en que el penado por narcotráfico tiene poder para darse a la fuga.
8 de agosto 2020 · 20:35hs

El exitendente de Paraná y exdiputado nacional, Sergio Varisco, lleva 223 días detenido con prisión preventiva, pero en carácter domiciliaria en su quinta de calle Don Bosco. Mientras aguarda por la instancia de Casación que revisará la sentencia del Tribunal Oral Federal de Paraná que lo condenó a seis años y seis meses de prisión por narcotráfico, reclamó la excarcelación. Primero se la rechazaron en el TOF y ahora en la Cámara Federal de Casación Penal, al considerarse vigente el peligro de fuga en caso de que el político sea liberado.

Los abogados defensores de Varisco, Rubén Pagliotto y Miguel Ánel Cullen, sostuvieron que la resolución del TOF de Paraná reviste carácter de equiparable a sentencia definitiva por producir un gravamen actual de imposible reparación. Además, cuestionaron la “arbitrariedad” en el dictado de la prisión preventiva porque no se han expresado fundamentos válidos para su encerramiento cautelar, sino meramente aparentes.

La Justicia rechazó un recurso de apelación del hombre contra su sentencia a cuatro años de cárcel. Los hechos sucedieron en La Paz.

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En este sentido, remarcaron que el imputado ha estado siempre a derecho y nunca ha tratado de eludir la acción de la justicia.

La Sala IV de Casación, integrada por Mariano Hernán Borinsky y Gustavo Horno, refirió en la resolución que “el Honorable Congreso de la Nación (...) reguló de forma concreta frente a qué circunstancias fácticas verificadas en el proceso se podría presumir el riesgo procesal, y se efectuó una descripción precisa y circunstanciada de estos supuestos”.

“Los argumentos desarrollados, estudiados en el marco circunstancias del caso, resultan bastos para rechazar el pedido de excarcelación en autos”, afirmaron.

En los fundamentos, destacaron: “En primer lugar, cabe señalar que el tribunal ponderó la gravedad de los hechos que se le imputan a Varisco, quien ha sido recientemente condenado a seis años y seis meses de prisión y multa de 200.000 pesos por considerarlo partícipe necesario del delito de comercialización de estupefacientes agravado”.

Asimismo, los vocales citaron del expediente que “todos los imputados actuaban consustanciados con y/o dentro de una organización encargada de comercializar, distribuir y expandir estupefacientes, con determinados roles, los cuales no son estáticos, sino que se movilizan de acuerdo a las necesidades estratégicas de la corporación, en este caso, a partir de la celebración del acuerdo”.

Tal como lo planteó el TOF de Paraná, en coincidencia con la Fiscalía, el período de ocho meses de actividad de la banda narco liderada por Daniel Tavi Celis, y los tres kilos de cocaína secuestrados, “denotaría la concreta entidad cuantitativa de la gravedad del hecho” y demuestra “al menos a esta altura de la investigación, la posibilidad de que el imputado cuente con medios elusivos u obstructivos de la investigación penal”.

También citaron de la resolución del Tribunal de Paraná que “Varisco tuvo y sigue teniendo poder territorial, medios, estructuras materiales y humanas que pueden favorecer su extrañamiento del proceso”.

Además, valoraron que “el representante del Ministerio Público Fiscal (José Ignacio Candioti) afirmó las presunciones de riesgo procesal en el caso no han sido rebatidas por la defensa, entendiendo que continúan vigentes y existe el peligro de que el imputado pueda darse a la fuga si recupera la libertad”.

“En este momento del análisis efectuado –sostuvieron los vocales de Casación–, importa subrayar que el tráfico ilícito de drogas y las modalidades del crimen organizado a él asociado son una fuente constante y permanente de afectación de derechos de los individuos y de la sociedad”.

De este modo rechazaron el pedido de Varisco, quien está con prisión domiciliaria como muchos de los condenados. Cabe recordar que en la cárcel están dos de los 26 sentenciados: Tavi Celis y el peruano Wilber Figueroa Lagos.

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