Condenan a 12 y 10 años de prisión a dos policías en Paraná por la violación de una niña

La condena recayó sobre los policías Ezequiel Alejandro García y Samuel Enrique Morel. Estarán con arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme.

27 de febrero 2026 · 13:51hs

El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Cánepa, impuso este viernes a Ezequiel Alejandro García la pena de 12 años de prisión más accesorias legales e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado”, por haber sido cometido por personal de las fuerzas de seguridad, en calidad de autor; e impuso a Samuel Enrique Morel la pena de 10 años de prisión, por el mismo delito pero en calidad de partícipe necesario. La víctima Ambos había sido declarado culpables de violación en perjuicio por un jurado popular el 14 de febrero. El hecho ocurrió en 2016 y tuvo como víctima a una niña de 13 años.

El magistrado resolvió mantener la prisión preventiva de los condenado, bajo la modalidad de arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme. También se dispuso incorporar el perfil genético de García y Morel al Registro Provincial de Datos Genéticos y al Registro Nacional de Datos Genéticos una vez que la sentencia adquiera firmeza.

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Durante la audiencia de cesura, efectuada el 20 de febrero último, las fiscales Valeria Vilchez y Fernanda Ruffatti, solicitaron una pena de 15 años de prisión para García, y de 12 años de prisión para Morel, pedidos a los que adhirieron los abogados querellantes Guillermo Mulet y Leonardo Schonfeld.

Por su parte, los abogados Damián Pettenati e Iván Vernengo ejercieron la defensa de Morel, en tanto que el letrado Claudio Berón asistió a García. Además, del debate también participó Julián Gracia en representación del Superior Gobierno de Entre Ríos.

Se trató del juicio por jurados número 153 que se realizó en Entre Ríos desde la entrada en vigencia de este sistema de juzgamiento penal.

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Policías abuso de menores Paraná Copnaf

El caso

La investigación se inició en julio de 2016, a partir de una denuncia presentada por la Defensora Penal de Niños, Niñas y Adolescentes Nº 8, por el presunto delito de abuso sexual con acceso carnal agravado en perjuicio de dos adolescentes alojadas en la Residencia Mujercitas, dependiente del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf).

Según la acusación original, los hechos ocurrieron durante la madrugada del 5 de julio de 2016 en un vagón de tren ubicado en la Sección Guardia Especial, en el predio de la ex Estación de Trenes de Paraná, sobre calle Pascual Palma, entre Racedo y Pronunciamiento.

El caso tomó estado público luego de que una adolescente de 13 años concurriera al hospital San Roque con lesiones compatibles con abuso sexual, lo que motivó la intervención judicial y policial.

En un primer momento, la causa tuvo siete policías imputados. Durante la Investigación Penal Preparatoria, dos efectivos fueron sobreseídos y otros tres resolvieron su situación procesal mediante juicios abreviados, acusados de omitir actuar ante un delito en flagrancia.

Tribunales de Paraná

Se trató de Emmanuel Wallington Smith, Francisco Gaitán y César Barrios, quienes acordaron penas de ejecución condicional. En esos procesos se dejó constancia de que no participaron directamente de los abusos, aunque se les atribuyó responsabilidad funcional por su rol como efectivos policiales.

Inicialmente, los acuerdos fueron rechazados por el juez de Garantías Nº 5, Mauricio Mayer, quien expresó disconformidad con la calificación legal. Posteriormente, los abreviados fueron homologados tras un cuarto intermedio dispuesto en noviembre de 2017.

En marzo de 2020, el juez Alejandro Grippo declaró la nulidad de la imputación original contra Morel como autor de uno de los abusos. La decisión se fundamentó en que la adolescente de 15 años nunca formuló denuncia contra el efectivo y sostuvo en reiteradas oportunidades que no había sido abusada.

A partir de esa resolución, Morel continuó vinculado a la causa, pero ya no como autor directo, sino como partícipe necesario del hecho atribuido a otro imputado. El magistrado valoró especialmente que la joven había ratificado ante la Justicia que no deseaba impulsar acción penal. De esta manera, el proceso avanzó con dos acusados que finalmente fueron llevados a juicio por jurados y condenados.

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