Entre Ríos recibirá un nuevo anticipo financiero de Nación

Decreto establece otorgar hasta $400.000 millones para Entre Ríos, Santa Fe y Jujuy. La provincia recibirá adelante de coparticipación de $150.000 millones

18 de junio 2026 · 09:27hs

El Gobierno decidió ampliar el anticipo fincinaciero otorgado a Entre Ríos, mientras que además dispuso darle anticipos bajo condiciones similares a Jujuy y Santa Fe, autorizando a otorgar hasta $400 mil millones, con una devolución durante 2026 y una garantía mediante la coparticipación federal de impuestos.

Según datos difundidos por la provincia recibirá un nuevo adelanto financiero de coparticipación por 150.000 millones de pesos, en el marco del esquema dispuesto por el gobierno nacional.

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Estos recursos se suman a los 220.000 millones de pesos otorgados a comienzos de año, por lo que la provincia alcanzará un total de 370.000 millones de pesos en adelantos financieros durante 2026. El decreto publicado por el gobierno nacional estableció un tope de 400.000 millones de pesos para este mecanismo de adelantos financieros destinado a las provincias incluidas en la medida.

El esquema establecido por el gobierno nacional contempla adelantos de recursos coparticipables para atender necesidades financieras transitorias de las provincias. Se trata de fondos que pertenecen a cada jurisdicción y que son girados de manera anticipada para fortalecer su liquidez, con devolución dentro del mismo ejercicio fiscal mediante retenciones automáticas sobre la coparticipación federal.

El adelanto otorgado a Entre Ríos a comienzos de año por 220.000 millones de pesos viene siendo cancelado en tiempo y forma por la provincia mediante las retenciones automáticas previstas sobre la coparticipación federal. A la fecha, ya se ha devuelto aproximadamente el 50 por ciento de esos recursos, reflejando una administración ordenada y previsible de las finanzas públicas.

La operatoria prevé una tasa del 15 por ciento anual, significativamente inferior a las condiciones vigentes en los mercados financieros, donde las provincias deberían afrontar costos considerablemente más elevados para obtener financiamiento.

El decreto

En el Decreto 474/2026 publicado este jueves en el Boletín Oficial, se indicó: “Amplíase el anticipo financiero otorgado a la Provincia de Entre Ríos, a través del Decreto N° 922/25, en hasta la suma máxima de $400.000.000.000, a ser reintegrado dentro del Ejercicio Fiscal 2026, a través de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía”. Además de Entre Ríos, el decreto incluye a Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán.

Este mecanismo ha sido utilizado históricamente por gobiernos nacionales de distintos signos políticos y constituye una herramienta prevista en la legislación vigente para administrar situaciones transitorias de caja sin recurrir a endeudamiento de mercado.

La medida contribuye a fortalecer la planificación financiera de la provincia, brindando previsibilidad para sostener el funcionamiento del Estado y seguir impulsando las políticas públicas, las obras y los programas que forman parte de la agenda de transformación que Entre Ríos lleva adelante.

“Dispónese otorgar, en el Ejercicio Fiscal 2026 y a través de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, un anticipo financiero a las Provincias de Jujuy y Santa Fe por hasta la suma máxima de $400.000.000.000 para cada una de ellas, a ser reintegrado dentro del Ejercicio Fiscal en curso”, se expresa.

Además, señaló: “El monto máximo a otorgar establecido en los artículos precedentes lo determinará la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía conforme a la capacidad de repago de las referidas provincias sobre la base de su participación en la recaudación de tributos nacionales”.

“Facúltase a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a disponer la cancelación de los anticipos otorgados, con más los intereses que se devenguen calculados sobre la base de una Tasa Fija Nominal Anual del 15%, mediante la afectación de la respectiva participación en el régimen de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico”, agregó.

Además, se le dio facultad a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía para “disponer las condiciones de desembolso a las provincias, formas de cancelación y demás condiciones aplicables, pudiendo suscribir acuerdos con cada una de las jurisdicciones alcanzadas por este decreto para determinarlos”.

En tanto, se estableció que, a los fines de dar cumplimiento a la presente medida, los Gobiernos de las provincias mencionadas deberán:

  • Afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido en la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado, con más sus intereses.
  • Autorizar a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía a retener automáticamente los fondos emergentes de la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que la sustituya, y de otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado más sus intereses, con el fin de cancelar los fondos que se otorgan con más sus intereses”.

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