El Gobierno provincial oficializó la Ley 11.250, que reemplaza a la histórica normativa de industria y establece un sistema de fiscalización satelital. El gobernador Rogelio Frigerio promulgó la ley que crea un régimen jurídico de gestión ambiental para las actividades económicas en la provincia, la cual fue publicada este jueves en el Boletín Oficial.
Entre Ríos promulgó la Ley de Gestión Ambiental
La norma obliga a todas las empresas en Entre Ríos a obtener el Certificado Único Ambiental y otorga un plazo de adecuación de hasta 18 meses.
El Gobierno provincial oficializó la Ley 11.250, que reemplaza a la histórica normativa de industria y establece un sistema de fiscalización satelital.
La iniciativa de 11 capítulos y 42 artículos, tiene por objeto establecer el régimen jurídico para la gestión ambiental de actividades económicas desarrolladas en el territorio provincial, garantizando principios y derechos. Se contemplan procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, participación ciudadana, se crea el Certificado Único Ambiental (CUA) y un Registro Provincial Ambiental; se estipulan acciones de fiscalización y monitoreo, infracciones y sanciones. Asimismo, se crea el “Fondo de Control y Fiscalización Ambiental” el cual estará destinado a financiar la implementación de las acciones previstas en la presente ley.
Este proyecto, según se remarcó oportunamente, es "fruto de un arduo trabajo, que demandó muchos meses" y entre los cambios plantea la derogación de la Ley N° 6260 de Prevención y Control de la Contaminación por parte de las Industrias, sancionada en 1978. Además, se "toma como base y se mejoran las previsiones contempladas en el Decreto N° 4977/09 GOB, a través del cual se aprobó la reglamentación de la Evaluación de Impacto Ambiental, buscando así dar un salto de calidad normativa".
Cerificado Único Ambiental
Con un fuerte enfoque en la digitalización, la norma obliga a todas las empresas a obtener el Certificado Único Ambiental y otorga un plazo de adecuación de hasta 18 meses.
El Gobierno de Entre Ríos oficializó la entrada en vigencia del nuevo Régimen Jurídico de Gestión Ambiental mediante la publicación de la Ley N° 11.250 en el Boletín Oficial Nº 28.262. Con la firma del gobernador Rogelio Frigerio, la provincia deja atrás la antigua Ley 6260 para dar paso a un marco normativo que prioriza la simplificación administrativa, el uso de tecnología en la fiscalización y la participación ciudadana obligatoria.
Ejes de la nueva normativa: Sostenibilidad y modernización
La ley promulgada busca equilibrar el crecimiento económico con el cuidado del entorno. El objeto primordial es establecer el régimen para actividades económicas "garantizando los principios rectores para preservar, conservar, mejorar y recuperar el ambiente, los bienes naturales y la calidad de vida de la población".
Uno de los cambios más profundos radica en la digitalización de la burocracia estatal. La norma introduce el "Principio de modernización", señalando que es deber del Estado provincial "impulsar formas de gestiones modernas, eficientes, que incorporen el avance tecnológico y el desarrollo de procesos digitales". Esto se traduce en la emisión de documentos en "formato digital y con firma electrónica".
Evaluación de impacto ambiental y participación ciudadana
La ley ratifica que ningún proyecto susceptible de degradar el entorno podrá iniciarse sin aval estatal y dispone que el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) "deberá ser cumplido siempre y en todos los casos en forma previa a su ejecución".
Asimismo, la ciudadanía tendrá un rol central, ya que la norma establece la institucionalización de la participación ciudadana como "instancia obligatoria". Si bien las opiniones recolectadas no serán vinculantes, la autoridad de aplicación, en caso de rechazar los criterios ciudadanos, "deberá fundamentarla y hacerla pública".
Certificación y registro de infractores
La flamante norma crea el Certificado Único Ambiental (CUA), el cual será otorgado mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) emitida por resolución. Para aquellas actividades que ya se encuentran en funcionamiento sin la aptitud correspondiente, se otorga un "plazo para la adecuación de aquellas actividades económicas que se encuentren operando sin aptitud ambiental vigente de DIECIOCHO (18) meses".
Para asegurar el cumplimiento, se crea el Registro Provincial Ambiental, que incluirá un listado de "Infractores Ambientales", conformado por personas físicas o jurídicas que hayan recibido sanciones firmes.
Control satelital y sanciones
El Poder Ejecutivo contará con herramientas de vanguardia para vigilar el cumplimiento de la ley que faculta a la autoridad a realizar acciones de monitoreo mediante el "Análisis de imágenes satelitales" y otras "herramientas tecnológicas".
En cuanto al régimen sancionatorio, la norma prevé una escala que incluye desde apercibimientos y multas hasta la "clausura definitiva total o parcial" y la obligación de "recomposición y/o restauración ambiental". Todo lo recaudado por estas multas será destinado al nuevo "Fondo de Control y Fiscalización Ambiental", asegurando así el financiamiento autónomo del sistema de protección entrerriano.


















