Cómo autorizar a un tercero a manejar el auto y evitar multas en un control

La cédula verde es el único documento válido para que otra persona pueda conducir tu auto, que puede física o digital.

1 de noviembre 2024 · 20:48hs

La cédula verde, documento que acredita la propiedad de un vehículo, experimentó cambios significativos en su normativa desde abril de este año, según informó la Agencia Nacional de Seguridad Vial. El documento ya no tiene fecha de vencimiento mientras no se modifique la titularidad del auto, lo que simplifica su uso para los propietarios y terceros autorizados.

La Disposición 29/2024, publicada en el Boletín Oficial, establece que la cédula verde es ahora el único documento necesario para que un tercero pueda conducir un vehículo. Este documento puede presentarse tanto en formato físico como digital, lo que facilita su acceso y uso. Además, el titular del vehículo tiene la opción de permitir que su cédula verde sea visualizada por terceros a través de la aplicación Mi Argentina, siguiendo un proceso de validación en el Sistema Integral de Trámites Electrónicos.

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¿Cómo autorizar a un tercero a manejar mi auto?

Para realizar esta autorización, el titular debe ingresar al portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con su clave fiscal, seleccionar el dominio del vehículo y registrar al tercero autorizado mediante su nombre, apellido y número de CUIT, CUIL o CDI. Una vez completado este proceso, el tercero podrá visualizar la cédula verde en su perfil digital de Mi Argentina.

A pesar de estos cambios, las cédulas verdes con fecha de vencimiento en su formato físico y las cédulas azules, emitidas anteriormente, seguirán siendo válidas hasta que el titular decida revocarlas. Esto asegura que no haya inconvenientes durante los controles de tránsito.

Documentación necesaria

La Agencia Nacional de Seguridad Vial recordó los documentos obligatorios para circular y presentarse en un control de tránsito:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI)
  • Licencia Nacional de Conducir
  • Cédula verde (si no se es el titular del vehículo)
  • Comprobante de la póliza de seguro vigente
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV)
  • Comprobante del pago de patente
  • Oblea vigente para los vehículos que posean equipos de GNC instalados
  • Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado
  • Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares

El valor de las multas de tránsito

  • Conducir sin licencia: 50 UF o 31.510 pesos
  • No uso del cinturón de seguridad: 100 UF o 63.020 pesos
  • Uso del celular: 100 UF o 63.020 pesos
  • Enviar mensajes de texto: 200 UF o 126.040 pesos
  • Violar límite de velocidad máximo, circulando a más de 140 km, en cualquier vía: desde 400 a 4.000 UF (desde 252.080 pesos a 2.520.800)
  • No respetar la velocidad mínima: 70 UF o 44.114 pesos
  • Violar un semáforo: desde 300 UF hasta 1500 UF, o desde 189.060 pesos hasta 945.300 pesos
  • Estacionar en sitios reservados para vehículos de personas con necesidades especiales o rampas para personas con movilidad reducida: 300 UF o 189.060
  • Facilitar el vehículo a un menor: 200 UF o 126.040 pesos

¿Qué pasó con la cédula azul?

Esta modificación elimina la necesidad de la cédula azul, que anteriormente era requerida para que terceros pudieran conducir el vehículo con autorización del propietario. La cédula azul era un documento complementario que permitía a terceros conducir el vehículo con autorización del propietario registrado, especialmente útil cuando la cédula verde estaba vencida. Con los cambios actuales, la cédula azul ya no es necesaria, simplificando así el proceso para los propietarios de vehículos y los conductores autorizados.

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