La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el procedimiento de Declaración de Exportación Simplificada Postal (DESP), un nuevo mecanismo destinado a facilitar las exportaciones comerciales de mercaderías por vía postal a través del operador postal designado.
ARCA reglamentó un nuevo régimen simplificado para exportar mercaderías comerciales por vía postal
La resolución del ARCA fija los requisitos para realizar envíos comerciales por correo y establece un procedimiento digital previo al despacho.
ARCA reglamentó un nuevo régimen simplificado para exportar mercaderías comerciales por vía postal.
La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5886/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y establece un procedimiento digital para la declaración y el despacho de envíos comerciales al exterior.
El nuevo régimen busca simplificar las operaciones de exportación por correo, aunque mantiene los controles aduaneros y las exigencias tributarias previstas para este tipo de operaciones.
Qué mercaderías podrán exportarse
La normativa establece que podrán utilizar este régimen únicamente aquellas mercaderías que no estén sujetas a procedimientos especiales de control aduanero ni alcanzadas por cupos de exportación.
Además, quedan excluidos los bienes cuya exportación requiera autorizaciones, certificaciones o intervenciones de otros organismos públicos.
De esta manera, ARCA limita el alcance del procedimiento simplificado a operaciones de menor complejidad administrativa.
Cómo será el trámite
El régimen dispone que el remitente deberá contar con el perfil de exportador habilitado ante ARCA y será responsable de concretar la venta de la mercadería, emitir la factura electrónica "E" de exportación y completar la Declaración de Exportación Simplificada Postal (DESP) antes de entregar el envío al operador postal.
La declaración se realizará a través del sitio web habilitado por el operador postal designado, donde el exportador deberá validar su identidad e informar los datos exigidos por la Unión Postal Universal (UPU) y la Organización Mundial de Aduanas (OMA).
Entre la información requerida figuran los datos del remitente y del destinatario, la descripción de la mercadería, la cantidad, el valor declarado, el número de CUIT, la factura comercial de exportación, el valor FOB expresado en dólares y la posición arancelaria de ocho dígitos correspondiente al producto.
Para facilitar este último requisito, el operador postal deberá ofrecer una herramienta que permita identificar la posición arancelaria a partir de la descripción de la mercadería.
Antes del despacho también deberán abonarse la tasa del servicio postal y, cuando corresponda, los tributos aplicables.
Controles y despacho internacional
Una vez recibido el envío, el operador postal verificará la documentación, colocará un identificador único y completará la documentación postal internacional correspondiente.
Si se detectan diferencias en cantidad, peso, volumen o cualquier otra inconsistencia, el remitente deberá corregir la declaración y regularizar la liquidación tributaria antes de continuar con el trámite.
Completada esta etapa, la información será transmitida en tiempo real a ARCA y el envío será derivado al Centro Postal Internacional para su clasificación y posterior despacho.
El servicio aduanero podrá requerir inspecciones físicas de manera selectiva, aplicando criterios de análisis de riesgo. En esos casos, el operador postal representará al remitente durante la verificación, salvo que éste haya manifestado previamente su intención de intervenir personalmente o designado otro representante.
Una vez concretada la salida internacional del envío, el operador postal informará electrónicamente a ARCA los datos de la operación y el servicio aduanero registrará el cumplimiento definitivo de la exportación.
Aspectos tributarios
La resolución aclara que las exportaciones realizadas bajo este régimen continuarán sujetas al régimen arancelario, cambiario y a las prohibiciones no económicas previstas para las exportaciones generales.
No obstante, quienes opten por la Declaración de Exportación Simplificada Postal renunciarán al cobro de beneficios o reintegros vinculados con la actividad exportadora.
Por último, la normativa recuerda que el remitente será responsable por el cumplimiento de todos los requisitos establecidos y podrá ser sancionado en caso de infracciones o delitos aduaneros detectados durante el proceso de exportación.


















