Gustavo Rivas invocó el fallo que benefició a Ilarraz y pidió al STJ que revise su condena

El ex abogado condenado a 23 años de cárcel por abuso sexual presentó un acción de revisión. El Procurador rechazó el planteo.

9 de diciembre 2025 · 11:40hs

El ex abogado Gustavo Rivas busca que la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia revise su condena y lo sobresea por prescripción, apoyado en el fallo de la Corte Suprema en el caso cura Justo José Ilarraz. Con ese eje, su defensa presentó una acción de revisión de la sentencia firme que lo condenó a 23 años de prisión por promoción de la prostitución y corrupción de menores, invocando que —al igual que ocurrió con el sacerdote Justo José Ilarraz— los delitos que se le atribuyen deberían considerarse prescriptos.

La estrategia defensiva se apoya en la decisión que la Corte Suprema dictó en julio, cuando declaró prescriptos los hechos imputados a Ilarraz y ordenó su sobreseimiento. Rivas busca que ese precedente se replique en su caso. Sin embargo, la respuesta del Procurador General de Entre Ríos, Jorge Amílcar García, pidió que se rechace el planteo ya que que carece de sustento jurídico.

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En su escrito, al que tuvo acceso UNO, difundido en el portal del Ministerio Público Fiscal, el jefe de fiscales recordó que Rivas fue condenado en 2019 por el Tribunal de Juicio de Gualeguaychú, que lo sentenció a ocho años de prisión por un hecho, sentencia que luego fue ratificada por la Cámara de Casación y por el propio STJ.

En esas resoluciones, además, se ordenó conformar un nuevo tribunal para juzgar otros siete casos que —según remarcaron los jueces— no estaban prescriptos conforme a los tratados internacionales suscriptos por la Argentina y constituían, junto con el primer hecho, “graves atentados a los derechos humanos”. Ese segundo juicio concluyó en 2022 con una condena por todos los hechos y la imposición de una pena única de 23 años de prisión efectiva.

La Corte Suprema benefició al cura Ilarraz con la prescripción de los delitos. Rivas pide el mismo trato.

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La oposición de la Procuración

Pese a ello, la defensa de Rivas intenta ahora reabrir la discusión. El Procurador García, en su escrito del 7 de diciembre, recordó que el propio condenado había consentido la confirmación de la sentencia y no llevó su reclamo de prescripción a la Corte Suprema cuando pudo hacerlo.

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“La Defensa consintió el fallo que revocó las absoluciones en orden a la prescripción al no recurrir ante la CSJN su confirmación (…) No es aventurado concluir que el condenado aceptó la justicia de su condena por los gravísimos abusos sexuales cometidos (…) El tardío recurso de revisión no conmueve un ápice el valor de cosa juzgada”, sostuvo.

Así, mientras Rivas busca ampararse en el antecedente de Ilarraz para obtener su sobreseimiento, la Procuración afirma que no existe base legal para reabrir un proceso que, según remarcó, quedó firme por decisión del propio condenado.

”En síntesis, no creemos para nada pertinente en términos conceptuales que el fallo ‘Ilarraz’, por la infrainclusión que contiene en la garantía Convencional de tutela reforzada ante los abusos sexuales paidofílicos, pueda fungir como doctrina judicial digna de la jerarquía de precedente a seguir, -como dice Gil Domínguez- sino solo como una decisión válida y respetable pero solo para el caso concreto. Esta cuestión ‘derrotada’ por la tutela reforzada que se materializó en la suspensión de la prescripción en tanto sus víctimas no pudieron tener cabal comprensión de su significación penal y que objetivamente es una gravísima violación a la garantía de protección de niñez, fue conocida ya en el tiempo del debate argumental que culminó en la iusdecisión legítima de condena y que fue consentida como vimos por el condenado y su defensa, por lo que no existe una sobreviniencia que altere la cosa juzgada, con valor derogatorio análogo a una favorabilia lex”, argumentó el Procurador General.

Ahora, se espera la resolución de la Sala Penal del STJ, que podrá ponerle fin a la discusión o, como lo pretender Rivas, dar un giro a su favor apoyándose en el fallo de la Corte en el caso Ilarraz.

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