Tasas en boletas de luz: Entre Ríos espera un fallo judicial para frenar a Nación

El fiscal de Estado habló con UNO sobre la resolución 267/2024 del Gobierno Nacional y su contradicción con el marco regulatorio de Entre Ríos

24 de marzo 2025 · 07:17hs

Entre Ríos aguarda un fallo judicial para frenar los efectos de la resolución Nº 267/2024 dictada por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, que impide a los municipios cobrar tasas en las facturas de servicios.

Vale recordar que la Fiscalía de Estado, en representación de Enersa (Energía de Entre Ríos, Sociedad Anónima), presentó una acción de suspensión de ejecución administrativa de los efectos de la resolución Nº 267/2024 ante la Cámara Contencioso Administrativa de Paraná. El legajo se inició en noviembre de 2024 y se encuentra pendiente de resolución. El mismo está caratulado "Estado Provincial c/ Secretaría de Industria y Comercio de la Nación Argentina CA Incidente de Suspensión de la Ejecución de Decisión Administrativa".

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En diálogo con UNO, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, recalcó: "Continúa pendiente de resolución la medida cautelar presentada ante la Cámara Contenciosa Administrativa por la resolución Nº 267 de Nación. Desde noviembre de 2024 está sin resolver. Por ese tema hay discusiones a lo largo y ancho del país, es decir por las tasas que se cobran en la factura de luz. En los distintos fueros hay amparos y cautelares. Nosotros lo planteamos en Entre Ríos porque que es un tema de derecho público provincial. Todo lo que se refiere a la regulación de la distribución de la energía eléctrica es competencia provincial, pero todavía no hay sentencia de la Cámara Contencioso Administrativa", sostuvo el consultado.

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Tasas en boletas de luz: Entre Ríos espera un fallo judicial para frenar a Nación

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Cabe recordar que a partir de esa normativa, las cooperativas tienen que abstenerse de continuar facturando en un mismo documento, junto con el servicio contratado por el consumidor, sumas o conceptos ajenos a dichos servicios. En su momento la medida de la Secretaría de Comercio e Industria fue comunicada por el ministro de Economía, Luis Caputo, a través de sus redes sociales.

"Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial", publicó la semana pasada el ministro Caputo en su cuenta de X. Según explicó, las facturas de servicios esenciales solo deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, "quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio".

Qué dice la Resolución N° 267

La resolución cuestionada señala que las empresas que no cumplan con la normativa podrán ser sancionadas de acuerdo a las penalidades previstas en la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor y normas reglamentarias. Entre otras sanciones posibles, se encuentran la apertura de un sumario administrativo y la aplicación de multas.

El artículo 4 de dicha ley dispone que los proveedores de bienes y servicios están obligados a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que proveen, y las condiciones de su comercialización. El artículo 8 bis de la ley exige a los proveedores dispensar un trato digno y equitativo a los consumidores.

La resolución 267/24 de Industria y Comercio se complementa con las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) publicada en octubre de 2024, en las que se prohíbe incluir en las facturas conceptos ajenos a los servicios prestados.

Cuando se conoció la resolución de Nación, Enersa emitió un comunicado en el que remarcó que ”el servicio público de distribución y comercialización de energía eléctrica es de jurisdicción provincial”. “Enersa es uno de los concesionarios del servicio de suministro de energía eléctrica en la provincia de Entre Ríos y, por lo tanto, es un sujeto regulado por la Autoridad de Control, que es el Ente Provincial Regulador de la Energía (E.P.R.E.) y la Autoridad de Aplicación, que es la Secretaría de Energía de la Provincia de Entre Ríos. Ambas entidades son quienes fijan las condiciones para la prestación de dicho servicio”, agregó en el comunicado emitido el 14 de noviembre de 2024.

Luego, aclaraba que “Enersa cumple con el Marco Regulatorio Provincial, que establece que todos los concesionarios del servicio, tanto Enersa como las 18 Cooperativas Eléctricas, están obligados a cobrar en la factura los conceptos por ‘Contribución Única’ y ‘Tasa Municipal’ (Artículos 24 del Contrato de Concesión y 74 del Marco Regulatorio Eléctrico Provincial / Ley 8916)”.

Finalmente, resaltaba que “la Resolución 267/2024 del Gobierno Nacional, que determina que las facturas no podrán contener ‘sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio’ como las tasas y/o impuestos provinciales y municipales, se contradice con lo establecido en el Marco Regulatorio Provincial”.

Reclamo colectivo

Por otra parte, la Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos (Adecen), la Asociación Protección del Consumidor y del Ambiente (APCA) y la Asociación Civil Defensa Colectiva (ACDC), todas con personería jurídica en Entre Ríos, impulsan un reclamo colectivo rechazando los cobros de tasas municipales en las facturas de servicios. En un comunicado explicaron días atrás que “intervendrán en la aplicación de la Resolución Nacional 267/24 –vigente desde el 14 de octubre– que prohíbe el cobro de cargos ajenos a los servicios contratados”.

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En este sentido, precisaron que los usuarios residenciales podrán denunciar estos cobros indebidos a través del correo electrónico dispuesto por las asociaciones de consumidores [email protected] e instan a sumarse, enviando los datos personales y las facturas donde consta esta situación.

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