El viernes 29 de noviembre expirará el mandato de Pablo Donadío al frente de la Defensoría del Pueblo de Paraná. Si bien había sido elegido como adjunto en 2009 –y reelecto en 2014 por un nuevo mandato– la salida por jubilación en abril del titular, Luis Garay, lo dejó a cargo de la institución sancionada por ordenanza en 2002.
La elección de defensores del Pueblo, en la próxima gestión
Juan Ignacio Pereira. UNO
Durante la última sesión la presidenta del Concejo Deliberante mencionó que en septiembre se iniciará el proceso de elección de nuevas autoridades, con el propósito que concluya en dos meses.
Sin embargo, el recambio institucional, y las permanentes dificultades del actual cuerpo legislativo para alcanzar consensos, hace poco probable que ello prospere. Además, avala esa idea que en un contexto menos crítico de relaciones entre bloques no se pudo elegir el defensor de las Personas Adultas Mayores, creado en 2016: hubo 27 inscriptos, entrevistas, y finalmente los concejales no pudieron consensuar y lograr los dos tercios de los votos requeridos para designar.
Los primeros defensores del Pueblo fueron Jorge Kerz y Marta Benedetto, que era adjunta,pero reemplazó a Jorge Kerz que partió a tres años de gestión para sumarse al gobierno provincial de Jorge Busti. En 2009, Garay y Donadío llegaron con sus pergaminos y proyectos, y superaron a más de una veintena de postulantes; en 2014, cuando fueron reelectos, solo hubo otros dos interesados.
Actualmente se debaten cambios en la ordenanza de la Defensoría del Pueblo. Esta semana, a instancias de una iniciativa de la edila María Marta Zuiani (Cambiemos), se aprobaron en comisión de Hacienda y Legislación del Concejo modificaciones que deberán ser avaladas por la comisión de Equidad y Género antes de ingresar al recinto.
Detalles
Las modificaciones consisten, fundamentalmente, en aspectos como la unificación de la ordenanza vigente (N° 8.391) con la de creación de la Defensoría de Adultos Mayores (N° 9.389), de modo que ambos puedan ser elegidos en el mismo proceso. Además, se fijó la autarquía y autonomía de la institución en materia presupuestaria: los recursos no podrán ser inferiores al 1% de la ordenanza anual de presupuesto municipal; hoy, los fondos son significativamente más bajos.
La ordenanza dispone que los candidatos –a defensor del Pueblo, defensor adjunto y defensor de Personas Adultas Mayores– se deberá abrir durante 15 días un registro “para que los/as ciudadanos/as, por sí o a través de organizaciones no gubernamentales, hagan sus propuestas respecto de postulantes con antecedentes curriculares que las fundamenten. Solo se considerarán candidatos/as aquellos/as postulantes que hayan sido propuestos por el Departamento Ejecutivo, algún concejal o con aval de un número de ciudadanos/as no menor al 0,5% del último padrón electoral”, versa el artículo 5 de la norma propuesta.
El mandato tendrá una duración de cinco años, pudiendo ser reelegido solo una vez. Había una intención de que pueda ser reelegido indefinidamente, que finalmente no prosperó.
El defensor del Pueblo percibirá igual remuneración que un concejal, correspondiendo un adicional del 20% sobre su sueldo básico, en los casos en que por incompatibilidad en el cargo se proceda al bloqueo de la matrícula; el adjunto tendrá una retribución del 75% de la remuneración del defensor titular; y el de Adultos Mayores será de un 70% del defensor titular.
“Ya hay muchas consultas”, dijo la presidenta del Concejo Deliberante, Josefina Etienot, acerca del proceso de elección que se avecina.
















