Un conductor denunció a UBER y lo mandaron a reclamar a Países Bajos

La Justicia de Uruguay falló a favor de la empresa ante el reclamo laboral de un conductor. El denunciante deberá reclamar salario y beneficios en Países Bajos.

11 de mayo 2025 · 16:49hs

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) del Uruguay falló a favor de la plataforma virtual UBER, frente a una demanda que realizó un conductor afirmando que mantenía una relación laboral de dependencia y que se le adeudaban salarios y otros beneficios impagos.

Hasta ahora la gran mayoría de los reclamos que presentaban permisarios de la aplicación culminaban con una sentencia favorable de los juzgados laborales. Sin embargo, este fallo de la Corte, puede sentar un precedente para los demás conductores.

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Según publicó el portal El País de Montevideo, en 2024 un conductor demandó a la plataforma indicando que desde el 12 de octubre de 2017 mantenía un “vínculo de naturaleza laboral” con UBER por lo que entendía que la empresa multinacional le adeudaba montos correspondientes a salarios, licencias y otros rubros impagos.

La empresa, en tanto, negó que existiera dicha relación laboral y aseguró que lo que existe es un contrato de servicio con un empresario unipersonal.

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A reclaman a Países Bajos

En primera instancia, el 23 de mayo de 2024, el Juzgado Letrado de Trabajo de 15° Turno falló en su contra ya que entendió que su reclamo debía realizarlo ante la Justicia de otro país. Esto porque en el contrato de acuerdo entre UBER y el permisario se establece una cláusula donde se indica que los reclamos contra la empresa recaen en la Justicia de Países Bajos.

En segunda instancia, el 18 de noviembre de 2024, el Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 2° Turno confirmó la sentencia de primera instancia aunque le dio la razón al conductor sobre el pago de salario vacacional, licencia y aguinaldo. Condenó a UBER a pagar cerca de un millón de pesos.

Luego, la empresa reclamó ante Casación por lo que la SCJ analizó el caso. En la sentencia emitida el pasado viernes le dio la razón a la empresa.

“No surge prueba alguna de que UBER, efectivamente y en los hechos, haya controlado o dirigido la actividad del actor. Ninguno de los testigos declarantes en autos manifestó que UBER hubiese sancionado al actor, que le hubiese dado instrucciones sobre cómo prestar el servicio, ni mucho menos que lo hubiese intimado a prestar el servicio en determinados días u horarios”, indicaron los ministros por unanimidad en el fallo. Además, se anuló la sentencia de segunda instancia que obligaba a UBER a pagar al conductor.

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