Trabajador avícola seguirá preso acusado de narcotráfico

Un procesado por narcotráfico pidió la domiciliaria pero la Justicia lo mantuvo en la cárcel. Para conseguir el beneficio, invocó que trabaja en Granja Tres Arroyos.

7 de septiembre 2026 · 08:28hs

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná desestimó el recurso de la defensa de Darío Rubén Jacquemain, un trabajador avícola acusado de narcotráfico, y confirmó la resolución del 22 de julio que denegó su prisión domiciliaria. La resolución, fechada el 1° de septiembre, firmada por las juezas Cintia Graciela Gómez, Beatriz Estela Aranguren y el juez Mateo José Busaniche, ratifica su prisión preventiva en la cárcel y resalta los estrictos límites para otorgar morigeraciones carcelarias frente a delitos graves de narcotráfico organizado.

La causa contra Jacquemain, de 54 años y sin antecedentes, se inició el 15 de octubre de 2025 con su detención. El 5 de noviembre de ese año, el juzgado Federal Nº1 De Concepción Del Uruguay decretó su procesamiento con preventiva como presunto coautor de comercio de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas, medida confirmada por la Cámara el 18 de diciembre.

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La acusación penal se apoya en el allanamiento de su vivienda, donde la policía incautó 2.070 gramos de cocaína, una máquina contadora de billetes, cinco celulares y nueve pendrives. Para la fiscalía y los jueces, el hallazgo de más de dos kilos de estupefacientes y tecnología de recuento de dinero constituye un cuadro de pruebas contundente que inhabilita cualquier pretensión de orfandad probatoria o de participación secundaria en los hechos bajo investigación.

La solicitud de prisión domiciliaria

El 1 de julio de este año, la defensora pública oficial Noelia Quiroga solicitó la prisión domiciliaria para el procesado. Sostuvo que el encierro efectivo era desproporcionado, alegando ausencia de riesgos procesales dado que Jacquemain lleva detenido meses y la pesquisa está casi concluida, restando únicamente incorporar las pericias telefónicas de los secuestros.

El argumento defensivo medular se centró en la vulnerabilidad familiar. Tras detenerse simultáneamente a Jacquemain y su esposa, su hija quedó en una precaria posición al cuidado exclusivo de su hijo de seis meses, N.I.J., y de su hermana de ocho años, N.M.A. Señaló que la mujer no cuenta con empleo formal, percibe solo la asignación del bebé y carece de red de contención. La defensa señaló que la presencia del procesado en la vivienda permitiría asistir en las tareas domésticas, colaborar con el cuidado de los menores y facilitar que P. pudiera conseguir empleo.

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Para robustecer la petición, la defensa invocó el arraigo familiar y laboral. Jacquemain trabaja bajo relación de dependencia para la empresa Granja Tres Arroyos S.A. desde febrero de 1993, donde percibía quincenalmente $800.000. No obstante, se admitió que actualmente mantiene la relación laboral bajo reserva de puesto, pero sin goce de haberes, debido a que la producción de la empresa avícola ubicada en Concepción del Uruguay se encuentra totalmente paralizada a causa de la crisis de la firma y la cesación de pagos a sus empleados.

La solicitud originó visiones contrapuestas entre los representantes estatales. Por un lado, Silvana Davite, por el Ministerio Público Pupilar, dictaminó a favor de conceder la prisión domiciliaria. Davite alegó que la presencia de Jacquemain en el hogar era propicia para salvaguardar el interés superior de los menores, garantizando su cuidado diario, atención y el resguardo de sus derechos esenciales.

En oposición, la Fiscal General Ad Hoc María Elena Nerone propició rechazar de plano el beneficio. Nerone remarcó que los dos kilos de cocaína incautados en la casa del procesado impiden relativizar su participación criminal. Sostuvo que no se acreditó una desprotección excepcional: la familia cuenta con vivienda estable, ingresos y la niña de ocho años está escolarizada con necesidades básicas cubiertas. Agregó que otros familiares adultos, como el padre del bebé y los abuelos, pueden cooperar en el cuidado de los niños, y que la parálisis de Granja Tres Arroyos S.A. debilita el indicador de arraigo laboral en la práctica.

Finalmente, la Cámara de Apelaciones confirmó la denegatoria de la domiciliaria. Los camaristas concluyeron que los argumentos defensivos no disipan los riesgos procesales latentes. Resolvieron rechazar el recurso y ratificar que Jacquemain continúe su prisión preventiva efectiva en la cárcel, dado que la alegación de arraigo habitacional o familiar no compensa la gravedad de un caso de narcotráfico organizado de esta envergadura.

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