La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por los jueces Mateo Busaniche y Beatriz Aranguren, resolvió hacer parcialmente lugar al recurso presentado por la defensa de Andrea Fabiana Pérez Simondini, directora del Museo del OVNI de Victoria, en el marco de una causa penal por supuesta infracción a la Ley N° 25.743 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico.
Pie de una momia en el Museo del Ovni: fallo parcial para Simondini
La Cámara Federal de Paraná dictó la falta de mérito por encubrimiento de contrabando pero confirmó el procesamiento por presunta infracción a la Ley 25.743.
Según registró UNO, el tribunal dictó el 1° de septiembre la falta de mérito para procesarla o sobreseerla por el delito de encubrimiento de contrabando, pero confirmó su procesamiento por la presunta infracción al artículo 48 de la Ley N° 25.743, que castiga a quien transporte, almacene, compre, venda o industrialice piezas arqueológicas y paleontológicas nacionales e internacionales. Este último delito prevé una pena de dos meses a dos años de prisión y una inhabilitación especial de hasta cinco años
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La causa se inició el 28 de noviembre de 2023, a raíz de una denuncia de un ciudadano ante la Embajada de Perú. El denunciante afirmó que en el Museo del OVNI se exhibía un presunto pie de momia de origen peruano, supuestamente hallado en la localidad portuaria de Paracas. El aviso fue derivado al Departamento de Protección del Patrimonio Cultural de la Policía Federal Argentina, que posteriormente elevó las actuaciones al Juzgado Federal de Victoria.
El Juzgado Federal Federico Ángel Claudio Martín ordenó el allanamiento del museo, el cual se concretó el 24 de abril de 2024. En dicho operativo se incautaron numerosas piezas de posible valor arqueológico y paleontológico, entre ellas: un pie de momia, 16 piezas de alfarería modelada completas (presumiblemente peruanas), 23 fragmentos cerámicos de vasijas, cinto artefactos líticos (tres completos y dos fragmentados), diversos restos óseos y fósiles posiblemente correspondientes a megafauna.
La explicación de Simondini
Tras el allanamiento, la titular del museo del Ovni brindó una entrevista a LT 39 en la que relató que el hallazgo de la momia ocurrió en el contexto de unas excavaciones arqueológicas, donde se desenterró un esqueleto completo que luego fue desmembrado accidentalmente, quedando una de las extremidades sueltas. Una vez rescatada, la pieza fue preservada y exhibida en el museo victoriense de manera permanente.
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“Mi padre, que era petrolero, no encontró el pie de momia. Fui yo quien lo recuperó mientras estaba de vacaciones en Lima”, explicó el año pasado en la entrevista radial. “Después de varios intentos de donar la pieza a diferentes instituciones, incluyendo la embajada y museos de ciencia naturales, decidimos exhibirla en nuestro museo local”, agregó.
Procesamiento y apelación
El 19 de junio de 2025, el juzgado de primera instancia dictó el procesamiento de Simondini por el presunto delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 inc. d del Código Aduanero), y por la infracción al artículo 48 de la Ley 25.743. Sin embargo, esa resolución fue apelada por el abogado defensor Ricardo Luis La Barba, quien argumentó que Simondini nunca intentó ocultar ni apropiarse del pie de momia, el cual estaba a la vista del público y fue ofrecido a la Embajada del Perú. También dijo que la pieza habría llegado al país hace más de 40 años, cuando la acusada tenía apenas 15 años y que fue encontrado por una tercera persona hace aproximadamente 60 años.
Manifestó además que no puede achacar el delito de encubrimiento de contrabando, ya que su defendida y su madre fueron solamente receptoras de una encomienda en su vivienda de los bienes que se investigan. También indicó que no se tuvieron en cuenta las declaraciones de Susan Elizabeth Hume Alva –asistente del Embajador de Perú- y Claudia Nora Aleman Urtuaga –Ministra Consejera- las cuales "denotan la intención de su defendida de devolver el pie de momia".
Por su parte, el Fiscal General José Ignacio Candioti consideró razonable revocar parcialmente el procesamiento, específicamente respecto del delito de encubrimiento de contrabando, por falta de elementos suficientes, pero avaló la continuidad de la causa a fin de avanzar con medidas que permitan esclarecer los hechos. Asimismo, ratificó la vigencia de la acción penal por infracción al artículo 48 de la Ley 25.743, que protege el patrimonio arqueológico y paleontológico.
Finalmente, la Cámara Federal de Apelaciones hizo lugar parcialmente al planteo defensivo. Sobre el delito de encubrimiento de contrabando, coincidió con el fiscal en cuanto a que "resulta necesario evacuar las citas realizadas por la imputada en su indagatoria, a los fines de constatar sus dichos –específicamente en relación a la fecha en que su padre trabajó en Perú, cuando retornaron a Argentina, medio de transporte utilizado al despachar las piezas, entre otras cuestiones-, lo cual podría tener incidencia en la comprobación del tipo penal y/o en la calificación de la conducta atribuida".
Por ello, entendió que "corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa de Andrea Fabiana Pérez Simondini y revocar –en este punto- la resolución cuestionada y, en consecuencia, dictar a su respecto la falta de mérito para procesar o sobreseer (art. 309 del CPPN)". En cuanto al monto del embargo cuestionado, se dispuso reducirlo a una suma más razonable: de 5 millones pasó a 2 millones de pesos. Finalmente, rechazó el recurso de apelación y confirmó el procesamiento por el delito previsto en el art. 48 de la ley 25.743.