Encargado de obra a juicio por golpear a un agente de Trabajo

Rechazaron la apelación de Cristian Bejarano, procesado en la Justicia Federal por impedir que inspectores de la Cartera laboral de la Nación revisaran las condiciones de los obreros. A uno de ellos lo desmayó de una trompada
14 de agosto 2017 · 08:04hs
El año 2013 no había comenzado de la mejor manera para el agente del Ministerio de Trabajo, Cristian Cáceres. Era el 3 de enero cuando le tocó, junto a dos compañeros, ir a realizar una inspección en una obra en la ciudad de Libertador San Martín. Pero se encontraron con la negativa del encargado de la misma, quien además de amenazarlos le pegó una trompada a Cáceres que lo desmayó. Cristian Gustavo Bejarano fue procesado y recientemente la Cámara Federal rechazó la apelación del defensor, por lo que el hombre será enviado a juicio para responder por la grave conducta que le endilgan.
Según se determinó en la investigación del Juzgado Federal de Paraná, aquella mañana, personal dependiente del Ministerio del Trabajo y Empleo y Seguridad Social de la Nación, Eduardo Aguilar, Cristian Cáceres y Ramiro Ghisolfi, se hicieron presentes en una obra en construcción ubicada en calle Rivadavia, entre Pasteur y Hussay, de la localidad de Villa Libertador San Martín, a efectos de efectuar una inspección. Fueron atendidos por Bejarano, quien les impidió el ingreso al lugar donde trabajaban los obreros. Ante esta negativa, uno de los inspectores le hizo saber que solicitaría presencia policial. Pero esto enfureció a Bejarano, quien comenzó a insultarlos y empujarlos para que se fueran, hasta que golpeó fuertemente con su puño al inspector Cáceres, quien cayó al suelo y perdió el conocimiento en el acto.
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El hecho que según se imputa cometió Bejarano, fue calificado legalmente como los delitos de Atentado a la autoridad agravado por poner manos sobre la misma y Lesiones graves, agravado por la inutilización para el trabajo por más de un mes de la víctima. Y todo en aras de proteger a su patrón, presumiblemente para oculta las condiciones laborales de los trabajadores.
La defensa solicitó que se declare la prescripción de la acción penal atendiendo al delito menor por aplicación del principio beneficio de la duda y destacó que ha pasado el plazo máximo de dos años desde su indagatoria, por lo que estaría prescripto. Además, cuestionó que la inadecuada valoración de la prueba, por basarse en pruebas endebles y por no tenerse en cuenta las testimoniales ofrecidas por la defensa.
La Fiscalía respondió que no se recurrió oportunamente el procesamiento, el cual está firme, por lo que el único planteo genuino es el de la prescripción, el cual consideró que debe rechazarse. Por su parte, la querella que representa a la víctima refirió que al momento del hecho Bejarano se presentó ante los funcionarios públicos como el encargado de la obra y que Cáceres estuvo cinco meses sin poder trabajar por las lesiones que padeció, y también rechazó el planteo de la defensa.
Finalmente, los camaristas Daniel Edgardo Alonso, Cintia Graciela Gómez y Mateo José Busaniche, sostuvieron que el Código Penal estipula como plazo de prescripción para hechos reprimidos con pena de prisión o reclusión, el máximo de duración de la pena señalada para el delito. En tal sentido, se le atribuye a Bejarano el delito de atentado contra la autoridad, agravado por poner manos sobre ésta, cuya pena máxima es de dos años; y el delito de lesiones agravadas, cuya pena es de seis años. Pero como se trata de un mismo hecho, se debe aplicar solamente la sanción que fija una pena mayor, por lo que el plazo de prescripción en esta causa es de seis años.
Por esto, en la resolución que dio a conocer la semana, la Cámara Federal de Paraná resolvió rechazar el recurso de apelación y confirmar el procesamiento de Bejarano, quien en breve será enviado a juicio ante el Tribunal Oral Federal.

Traficaba droga "por necesidad"

Un correntino fue condenado por el Tribunal Oral Federal de Paraná por haber transportado 38 kilos de droga en un colectivo en la ruta nacional 14. Daniel Antonio Enrique, de 33 años, aceptó en un juicio abreviado la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión efectiva.
En la madrugada del 1° de noviembre de 2015, personal del Escuadrón 4 "Concordia" de Gendarmería Nacional Argentina, apostado en la intersección de dicha ruta con la N° 18, efectuó un control de un colectivo de la empresa Rápido Tata, proveniente de la localidad de Ituzaingó (Corrientes)con destino final la terminal de ómnibus de Retiro, Buenos Aires. En la bodega del micro encontraron una valija y una mochila con 38,52 kilos de marihuana, que pertenecían a Enrique.
En la audiencia de juicio abreviado, el hombre aseguró que cometió el delito "por necesidad", y relató que fue contratado por el dueño de la empresa narco criminal que le pagaba unos pesos a cambio de la riesgosa tarea.
De todos modos, Enrique prefirió no delatarlo por temor a represalias. El Tribunal homologó el acuerdo al que arribó con la Fiscalía.


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