Luego de ocho años de una traumática causa por todo el dolor que significó para la familia de la víctima, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) ratificó la condena que pesa sobre el médico y psicólogo Javier Marín, quien en 2019 fue declarado responsable de los delitos de ejercicio ilegal de actos de una profesión y homicidio culposo, por la muerte de Horacio Eyssartier.
Caso Eyssartier: familiares de la víctima afirman que se pactó un arreglo que favoreció a Marín
En ese momento el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, presidido en forma unipersonal, por el vocal Alejandro Cánepa, le impuso una pena de tres años de prisión condicional, sumado a la inhabilitación especial por cinco años para el ejercicio de la medicina y la psiquiatría. Hace pocos días el tribunal de alzada rechazó un recurso de queja de la defensa técnica de Marín, representada por el abogado Leopoldo Lambruschini.
El planteo se rechazó por mayoría de los integrantes de la Sala, sosteniendo que el “quejoso no logra formular una crítica clara a los fundamentos en que se apoya el pronunciamiento denegatorio de la impugnación extraordinaria que pretende revertir”. En la misma resolución se consideró que “sólo insiste en sus agravios atinentes a la incerteza sobre los efectos adversos de las drogas en el caso concreto y sobre la eventual patología que pudiera haber causado la muerte como así también la arbitrariedad en la imposición de la pena de inhabilitación”.
UNO se ocupó de la causa desde un primer momento y del calvario de una familia que activó la investigación penal con una denuncia por mala praxis. Los padres de la víctima se abrazaron a una lucha de largo aliento con el único objetivo de lograr justicia. Fueron testigos en primera persona de cómo la salud de su hijo se fue deteriorando con el tiempo, hasta llegar al desenlace más terrible: su muerte ocurrida el 31 de diciembre de 2012, estando solo en la casa donde vivía.
“Hubo un arreglo de partes” Horacio Eyssartier padre siente que se logró justicia a medias, porque si bien Marín fue condenado e inhabilitado para ejercer como médico y psicólogo, evitó la cárcel común. En una carta abordó las diferentes etapas del caso, desde la primera denuncia hasta el dictamen del STJ que dejó firme la sentencia. El hombre siente que no fue suficiente, por más pegatinas de afiches que haya hecho para visibilizar el caso.
El problema –según dijo a este medio– es el servicio de justicia y sus operadores. Eyssartier denunció que se consumó un arreglo de partes, entre los fiscales (Álvaro Piérola y Laura Cattaneo), el abogado querellante (Marcos Rodríguez Allende) y los defensores (Leopoldo Lambruschini y Julio Federik). “Fue un bochorno, una vergüenza el arreglo que se hizo para evitar la figura del ‘dolo eventual’, agregado por la Ley Nº 27.347 del artículo 84 del Código Penal donde puntualmente se considera la impericia, negligencia en el homicidio culposo, determinando la prisión efectiva”, afirmó en el escrito. Para evitar llegar a esa instancia, que Marín terminara preso, “se llegó a un arreglo de partes”.
De la misma manera repasó en forma cronológica algunas irregularidades que –a su criterio– se fueron dando en la investigación preliminar. “Al quedar procesado por el juez Mauricio Mayer, la primera apelación solicitada por la defensa durmió en un cajón 19 meses con un fallo de sobreseimiento por parte del juez José María Chemez. En esa oportunidad el propio imputado reconocía su accionar como psiquiatra”, subrayó en otro pasaje.
Para Eyssartier, quien se constituyó como querellante particular, el doblemente imputado incurrió en desobediencia judicial, “porque estando inhibido de recetar psicofármacos y ejercer como psiquiatra, se incautaron numerosas recetas”. Sostuvo que solicitó que se aplique el artículo 239 del Código Penal (desobediencia) y que la fiscal negó esa posibilidad favoreciendo al acusado. Cuestiones reprochables La misma dinámica de la causa hizo que el expediente confluyera en diferentes fueros o juzgados. Por ejemplo el juez Daniel Malatesta se excusó de intervenir en una ocasión porque su hijo había sido tratado por Marín. “
Él relató que Marín casi mata a su hijo con medicamentos que le provocaron graves consecuencias. ¿Por qué no se tuvo en cuenta la declaración del magistrado?”, observó el denunciante. Más adelante mencionó que el broche de oro lo constituye “el otorgamiento de la matrícula como psiquiatra a cinco días de dictarse la sentencia por parte de Gonzalo Navarro, titular del área específica, a quien denuncié por el mal desempeño de la función pública, estando vigente los cinco años de inhibición para ejercer la profesión”.
Valoración del aporte que hicieron algunos testigos
En un tramo de la carta que compartió con UNO, Eyssartier hizo una especial valoración de algunos de los testigos que fueron convocados al juicio oral y público. Por su aporte y claridad a la hora de aportar su mirada científica, destacó al reconocido médico forense Walter Aguirre, “quien dictó una clase magistral en el recinto de debate, determinando la culpabilidad del imputado”. También reconoció a la psiquiatra Reneé Modad y al médico forense Héctor Brunner. Sobre este último mencionó que “dejó muy en claro el hecho de la irresponsabilidad, idoneidad y negligencia, que menciona el dolo eventual, así como la determinación de no llevar historia clínica de ningún paciente (violando la ley), usurpando una especialidad para la que no se encuentra habilitado”. También se mostró agradecido con otra de las médicas forenses que declaró en el juicio, Celminia Guzmán, una de las expertas de la Corte Suprema de Justicia.