Tras los incidentes en la ida de los 32avos de la Supercopa Entrerriana entre Banfield de Victoria y Palermo, de la Liga Paranaense de Fútbol (LPF), se conoció el fallo del Tribunal de Disciplina. Ambos elencos quedaron eliminados de la competencia.
Palermo y Banfield de Victoria eliminados del torneo
Juan Manuel Hernández / UNO
Palermo quedó eliminado de la Supercopa Entrerriana junto a su rival Banfield de Victo
Palermo quedó eliminado de la Supercopa Entrerriana por los hechos de violencia
El informe del colegiado no fue lo único que se analizó en el Tribunal de la entidad que regula el fútbol provincial. Se sumó un fuerte informe de la fuerza policial que estuvo a cargo del partido y sumaron dos denuncias de los jugadores de Banfield hacia jugadores de Palermo, elenco de la LPF, por agresiones varias.
“Emitimos un informe a la Federación Entrerriana de las denuncias que realizaron jugadores de Banfield de Victoria por las agresiones recibidas de parte de los integrantes del plantel de Palermo”, expresaron desde la Jefatura Departamental.
DESCARGO DEL CLUB PALERMO
Desde el club Palermo de Paraná no quisieron emitir ningún mensaje hasta conocer el fallo oficial del Tribunal de Disciplina. Sus directivos buscarán luego, con las pruebas que tienen en su poder, tener espacio dentro de la Federación y ser escuchados.
EL FALLO DEL TRIBUNAL
Los informes del Árbitro Walter Silguero relacionado al partido disputado en el Torneo Súper Copa Entre Ríos entre el Club Banfield (Victoria) y Club Palermo (Paraná) el día 05 de Febrero de 2023 donde suspende el partido a los 25 minutos de juego del primer tiempo.
El árbitro WALTER DANIEL SILGUERO del partido informó que a los 25 minutos del PT “decidí suspender el encuentro debido a que el jefe del operativo, no me daba las garantías suficientes para continuar el mismo debido a los disturbios ocasionados por ambos equipos y en ese instante observo que la parcialidad del Club Palermo intenta ingresar al terreno de juego.
El informe policial firmado por el oficial inspector FRADE, KEVIN manifiesta “que no estaban dadas las garantías para continuar con el encuentro ya que hubo muchas agresiones físicas, se observó también que algunos hinchas de PALERMO se treparon a los alambrados del campo de juego a fin de invadir el campo de juego, logrando los mismos su cometido, que de seguir el encuentro podría derivar a que se sigan golpeando agravando más la situación.
Este Tribunal corrió traslado plazo de dos (2) días a los Clubes Banfield y Palermo para su respectivo descargo art 7.10.32.33 R.T. P y solicito también ampliación de informe Arbitral y Policial.
Que el RTP establece en su Art. 106 – PÉRDIDA DE PARTIDO – Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos: inc. g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de uno o de los dos equipos.
Que del informe arbitral surge claramente que los desórdenes y agresiones fueron promovidas por los dos clubes del Club Palermo y Banfield.
Que del informe policial se advierte una conducta tipificada en el art 80 por intermedio de los simpatizantes de PALERMO.
Art. 80 – MULTAS, SANCIONES O SUSPENSION – Multa de dos a seis fechas, de valor entrada reales (precio de venta al público) de 50 a 500, según la gravedad del hecho, al club cuyos socios, parcialidad o público partidario ubicado en los sectores asignados a dicha institución, en oportunidad de partidos de división superior en certamen de cualquier categoría, que: inc. g) Intenten romper, voltear o escalar los cercos perimetrales. –
Que el artículo 50 del reglamento de la supercopa Entre Ríos establece en su inc. f) De producirse incidentes provocados por jugadores, miembros del Cuerpo Técnico, Dirigentes, Delegados, Socios y/o la parcialidad de un club, en cualquiera de los dos encuentros eliminatorios que disputen un paraje de equipos y que consecuentemente tales hechos den lugar a la suspensión del encuentro por parte del árbitro, el Tribunal de Disciplina de la F.E.F sancionará al club responsable con la perdida de los dos (2) encuentros eliminatorios que conforman la serie.
Que debe darse por perdido el partido y asimismo la llave clasificatoria al Club PALERMO (LIGA DE PARANA) Y AL CLUB BANFIELD (LIGA DE VICTORIA).
ESTE TRIBUNAL
RESUELVE
1°) Por Culpa concurrente de los dos equipos se determina la finalización del partido (arts.106 inc. g,32,33 del RTP)
2°) Por las razones y motivos expuestos y desarrollados en el presente fallo, disponer la eliminación tanto del Club Banfield (Liga de Victoria) como del Club Palermo (Liga de Paraná) del Torneo SUPERCOPA DE LA F.E.F 2.022-2023, por imperio del art. 50 inc. f) del Reglamento dicho torneo. –
3°) aplicar una multa de dos FECHAS de valor
33 RTP)