La Justicia le negó a un represor salir a trabajar como abogado

El represor Jorge Appiani, preso en la cárcel de Paraná, no podrá salir para instalar su estudio jurídico ni para visitar a su pareja.
8 de agosto 2023 · 18:11hs

El represor Jorge Humberto Appiani pretendía que el Poder Judicial le autorizara salidas laborales, pero recogió un nuevo revés y deberá seguir recluido en la cárcel de Paraná, donde se encuentra desde que fue detenido en junio de 2009. Está condenado por delitos de lesa humanidad cometidos en esta ciudad durante la última dictadura cívico militar.

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada en este caso por Fernando Lorenzo Barbará, Mariela Emilce Rojas y Aníbal Pineda, resolvió este martes por mayoría confirmar el rechazo dispuesto en primera instancia a la unificación de sentencias del condenado, a la aplicación del sistema de estímulo educativo y a las salidas transitorias e incorporación al régimen de semilibertad. Appiani quería, entre otras cosas, concurrir a trabajar como abogado al domicilio de una colega de la capital entrerriana y salir para visitar a su pareja, María Eugenia Prestofelippo.

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Como abogado, Appiani ejerce su autodefensa. Desde que fue involucrado en causas por crímenes de lesa humanidad, se ha caracterizado por poner palos en la rueda para intentar obstaculizar el avance de los procesos en su contra, haciendo uso de todo tipo de artilugios legales. Eso no impidió que fuera condenado a 20 años de prisión en la causa Área Paraná I y 16 años en Área Paraná II. Para el Poder Judicial está acreditado que cometió graves delitos como privación ilegítima de la libertad; imposición de vejámenes, severidades o apremios ilegales e imposición de tormentos, contra numerosas víctimas. La segunda de las condenas aún no se encuentra firme.

Jorge Humberto Appiani ejerce su autodefensa. (Foto: UNO/Archivo)
Jorge Humberto Appiani ejerce su autodefensa. (Foto: UNO/Archivo)

Letrado intramuros

Desde la Unidad Penal de Paraná, Appiani desempeña su profesión. A modo de queja, planteó que durante la pandemia, ante su falta de acceso a internet, tuvo que contratar una letrada del foro local para que le sirviera de nexo con el estudio jurídico en Buenos Aires para el que presta servicios.

A su vez, sugirió que una vez comenzado el usufructo de su salida socio-familiar, se le conceda un plazo prudencial para instalar su estudio jurídico en Paraná, con la tutoría de su garante, la doctora Paula Miralla, y de ese modo manejar su estudio en Buenos Aires por sistema de teletrabajo o telecomunicación o teleworking, mediante la utilización de nuevas tecnologías de información y comunicación.

Razones del rechazo

El fiscal Ricardo Carlos María Álvarez, al expedirse sobre el planteo, consideró no viable que el represor se incorpore al régimen de semilibertad o salidas transitorias y/o familiares, así como también se opuso a la unificación de la pena, dado que la condena en la causa Área Paraná II aún no se encuentra firme.

Recordó también Álvarez que Appiani posee dictámenes opuestos a sus pretensiones, como el Informe Técnico Criminológico elaborado por profesionales del área médica, de Trabajo Social y Psicología del Servicio Penitenciario y el Informe Pronóstico del Consejo Correccional, con dictámenes desfavorables para que sea incorporado al régimen de semilibertad.

LEER MÁS: Fiscalía pidió unificar en 25 años las penas contra Appiani

Por último, el fiscal manifestó que debe tenerse presente que los ilícitos cometidos por el condenado –crímenes de lesa humanidad– “fueron ejecutados en el marco del plan sistemático de represión y exterminio de la última dictadura cívico-militar, habiendo actuado como funcionario público durante el gobierno de facto”. Y a esto agregó que los testigos víctimas expresaron su “rechazo y temor” ante la posibilidad de acordarse salidas transitorias a Jorge Humberto Appiani.

La jueza Mariela Emilce Rojas, coincidiendo con los argumentos del fiscal, decidió rechazar los planteos de Appiani, a lo cual adhirió el juez Fernando Lorenzo Barbará.

A favor del represor

Por su parte, el magistrado Aníbal Pineda votó en sentido contrario a sus pares y opinó que se debía tener en cuenta la edad del condenado, la cantidad de años que lleva detenido y la última calificación de conducta emitida por la Unidad Penal Nº1, que le adjudicó buenas notas, para darle la razón al genocida.

Pineda recordó también que el estímulo educativo es un mecanismo por el cual se reducen los plazos requeridos para el avance, a través de las distintas fases y períodos, de la progresividad del sistema penitenciario. Para acceder a este beneficio se tiene en cuenta la educación del reo en el contexto de encierro. Específicamente, Appiani hizo cursos de Inglés, seminarios de Técnicas Respiratorias; Capacitación y Crecimiento Personal; Profesorado de Historia en la Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales de la Uader con cuatro materias aprobadas; curso de Medicina Tradicional Ayurveda; curso de Auxiliar de Gestión Pymes; curso de capacitación laboral como “Asistente en Comercialización y Marketing” y un curso anual de “Portugués Básico Nivel I”.

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