Confirman procesamiento de un militar por delitos de lesa humanidad

Eduardo Luis Federico Anschutz, militar retirado, está acusado por el secuestro de un matrimonio en Gualeguay durante la dictadura.
15 de agosto 2023 · 18:53hs

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó este martes el procesamiento de Eduardo Luis Federico Anschutz, militar retirado, acusado de ser autor penalmente responsable del delito de privación ilegítima de la libertad de un matrimonio de Gualeguay durante la última dictadura cívico militar.

En el fallo –al que tuvo acceso UNO– los magistrados Cintia Gómez, Mateo Busaniche y Beatriz Estela Aranguren rechazaron por unanimidad el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor del represor, Pablo Antonio Moret, contra la resolución del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay que procesó a Anschutz. Moret, quien ha defendido a otros acusados por crímenes de lesa humanidad en diversas causas, pretendió legitimar el accionar del represor por las supuestas facultades del Ejército en la "lucha contra la subversión", lo cual fue desestimado por el tribunal.

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Eduardo Luis Federico Anschutz fue procesado porque el 18 de julio de 1978, en su calidad de jefe de la sección Apoyo del Escuadrón de Exploración de Caballería Blindada 2 de Gualeguaychú, fue parte de un procedimiento de "inspección domiciliaria" que un grupo de tareas hizo en una vivienda de la calle San Antonio de Gualeguay. En esa ocasión fue privada de su libertad la mujer que allí residía, mientras que al mismo tiempo su marido fue detenido en la vía pública, todo sin las formalidades prescriptas por la ley.

En la causa se investigan desapariciones forzadas y otros delitos de lesa humanidad. (Foto: UNO/Juan Ignacio Pereira)

Luego la pareja fue trasladada a Paraná y llevada a la Unidad Familiar de la Unidad Penal N° 1, donde en esa época funcionaba un centro clandestino de detención. Según la acusación, allí ambos permanecieron secuestrados y fueron sometidos a torturas hasta el 4 de agosto, cuando fueron liberados.

En su recurso, el abogado había sostenido que su defendido no recuerda haber presenciado o participado en los hechos que se le imputan, debido a que transcurrieron 45 años, pero no pudo negar su intervención porque la firma y letras insertas en la fotocopia del acta que le fue exhibida, guardaban gran similitud con las suyas. Se trata del acta de inspección domiciliaria realizada en la vivienda de las víctimas. Además de esa prueba, paera el procesamiento se tuvieron en cuenta las declaraciones testimoniales de los testigos.

A su vez, el defensor mencionó en su apelación que la actitud del militar de dejar constancia de su identidad en poder de los familiares de las víctimas, es una muestra de que "no tenía conciencia de cometer delito alguno".

La supuesta legalidad de la represión

Moret adujo una presunta "legalidad" a cargo del Ejército durante la dictadura. Argumentó que esa fuerza tenía "facultades legales, reconocidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para detener personas y solicitar a tal fin el apoyo de las autoridades policiales legalmente subordinadas a las Fuerzas Armadas en lo que se denominó lucha contra la subversión", transcribió la Cámara en su fallo.

Sostuvo también que tanto las fuerzas policiales como su defendido obraron en cumplimiento de una orden que era lícita de acuerdo con los parámetros legales de la época.

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Ricardo Carlos María Álvarez, fiscal general, retrucó: "Es sabido y así fue señalado en distintos precedentes jurisprudenciales, que en aquélla época se pretendió dotar de presunción de legalidad a diversos hechos atroces cometidos, con fundamento en distinta normativa, cuyo objetivo era llevar a cabo un plan destinado al control de las operaciones para la represión y aniquilamiento del accionar de los grupos guerrilleros y la lucha contra el terrorismo y la subversión –calificados como de lesa humanidad".

Finalmente, la Cámara avaló el planteo del fiscal y rechazó el recurso de apelación. En consecuencia, confirmó el procesamiento de Anschutz por considerarlo "prima facie autor responsable del delito de privación ilegítima de la libertad" de las víctimas de Gualeguay, en concurso real.

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