El diputado nacional por Entre Ríos Gustavo Bordet (Unión por la Patria) presentó un proyecto de ley en el Congreso argentino para establecer un régimen jurídico especial de comercio fronterizo para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), instaladas o por instalarse, en zonas de frontera del país.
Bordet propone un régimen especial de comercio fronterizo para Pymes
El ex gobernador Gustavo Bordet presentó un proyecto para que las pymes ubicadas en frontera tengan beneficios impositivos.
“Necesitamos una política tributaria nacional, que prevea la desigualdad en las estructuras de costos, el impacto de los tipos de cambios, y las consecuencias comerciales, a partir de una desproporción de la dinámica monetaria y competitiva, y al mismo tiempo considerar la protección del consumidor local”, expresó el ex gobernador.
Para el legislador nacional, la frontera debe generar "el escenario para la complementación económica y social", y de esa manera lograr "fortalecer proyectos de desarrollo comunitario y la participación local". Según comunicó, Bordet abordó el proyecto con el director de Fronteras de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Fabián Hryniewicz.
De qué se trata el proyecto de ley
La iniciativa denominada de Armonización Comercio Fronterizo (Leacof), apunta a generar las condiciones necesarias para el normal funcionamiento de las Mipymes en zonas de frontera habida cuenta las asimetrías fiscales, cambiarias y comerciales existentes en los países vecinos, mediante la implementación de leyes y reglamentaciones especiales que les conceda beneficios en materia tributaria y de incentivos, reza el proyecto.
También apunta a "fortalecer los procesos de integración y cooperación de la Argentina con los países vecinos" a través de la proposición de proyectos de "armonización legislativa" en materia tributaria, aduanera y comercial, y así "eliminar o atenuar progresivamente los obstáculos que impiden el comercio fronterizo en condiciones de igualdad, equidad, neutralidad, buena fe negocial, lealtad y no discriminación".
El proyecto crea un Consejo Nacional de Comercio Fronterizo (Consecof) conformado por un representante de cada entidad: administración tributaria y aduanera; Secretaría Nacional de Emprendedores y Pymes del Ministerio de Producción y Trabajo; provincia y municipalidad de la respectiva zona de frontera; fuerzas de seguridad encargadas del control fronterizo; Dirección Nacional de Asuntos Técnicos de Frontera del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda; y gremios del sector Pymes.
El Consejo formulará las acciones políticas en zonas de frontera en base a estadísticas y registros de precios y variables económicas de los países vecinos, y las propondrá al Presidente de la República, a través del Ministerio de Producción y Trabajo.
Comercio permitido
Dentro de las zonas de frontera está permitida la comercialización de productos Alimenticios y bebidas, calzados y vestimentas, artesanías, electrodomésticos, materiales y herramientas, y cualquier otro producto lícito del comercio.
Estará prohibida la comercialización de armamentos, productos y tecnologías de uso militar; productos pirotécnicos, explosivos o inflamables; sustancias y productos susceptibles de ser utilizados en la producción o fabricación de estupefacientes o sustancias narcóticas; y toda importación, exportación, circulación, tenencia, comercio o producción que esté expresamente prohibida por las leyes vigentes.
Se establecen también beneficios tributarios: las adquisiciones de productos y mercancías en las Mipymes de zonas de frontera efectuadas por visitantes extranjeros y nacionales, por cualquier medio de pago, estarán exentas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta el monto equivalente de U$S 500 (Quinientos Dólares) por persona y por mes.
En tanto, las adquisiciones de productos y mercancías, en las Mipymes de zonas de frontera, efectuadas por compradores nacionales, por cualquier medio de pago, estarán exentas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta el monto equivalente de U$S 1.000 (Mil Dólares) por persona y por mes.