La modificación a la Ley de Alquileres tuvo media sanción

La oposición logró los votos para reformar la Ley de Alquileres. De prosperar en el Senado, los contratos serán por dos años con actualización cada cuatro meses
23 de agosto 2023 · 16:07hs

La Cámara de Diputados de la Nación dio este miércoles media sanción a la Ley de Alquileres, a través de un dictamen impulsado por la oposición. Ahora la iniciativa deberá ser tratada por el Senado.

Con 125 votos aportados por las bancadas opositoras, la Cámara de Diputados aprobó una propuesta legislativa que reduce el plazo de los contratos de tres a dos años y establece que la actualización de los montos sea cada cuatro meses en base a un índice pactado entre las partes.

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El proyecto fue rechazado por 112 legisladores mayoritariamente oficialistas, quienes se inclinaron por la continuidad de la Ley de Alquileres actualmente vigente.

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El texto que obtuvo media sanción fue impulsado por legisladores de la oposición, excepto la izquierda y los tres libertarios Javier Milei, Victoria Villarruel y Carolina Píparo.

Por otro lado, el plenario legislativo rechazó el pedido de incluir una docena de proyectos opositores que buscaban derogar la Ley de Alquileres, ya que no obtuvieron los dos tercios de los votos necesarios para su tratamiento sobre tablas, al conseguir 124 legisladores por la positiva y 110 diputados votando por la negativa.

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Al momento de la votación, en primer lugar se lo hizo con el dictamen de la mayoría, que fue rechazado por 131 votos en contra y 109 a favor. En esta iniciativa, el Frente de Todos buscaba la continuidad de la norma con la incorporación de "una serie de incentivos para poder aumentar el stock de viviendas en alquiler".

En su exposición, el jefe de bloque, Germán Martínez, dijo que "es fácil echarle la culpa a una normativa en una situación compleja como la que se está viviendo, pero la complejidad que se vive siendo inquilino o propietario es totalmente diferente", porque el inquilino "vive con la espada de Damocles, y los propietarias buscan subir su situación económica".

Martínez recordó que los pedidos de derogación de la actual ley surgieron desde el mercado y desde diputados opositores "cuando se cumplió un año" de la aplicación de la norma.

También señaló que si se hubiese aceptado incorporar el proyecto para regular los alquileres temporarios -presentado por la diputada oficialista Paula Penacca- habría "otro incentivo para volcar más inmuebles al alquiler tradicional, ya que en muchos casos esos alquileres se realizan por fuera del mercado legal, en moneda dólar, y en algunas ciudades en dólar cash”.

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El despacho del oficialismo, que fue rechazado, proponía mantener los puntos centrales de la actual ley, que fija un plazo de tres años de contrato y una actualización anual de los alquileres en base a un índice que combina salarios e inflación. También impulsaba que los monotributistas propietarios no debieran pasar al régimen impositivo general si tienen alguna propiedad en alquiler, además de contemplar que no paguen bienes personales si las unidades son destinadas a alquiler con un tope de 30 millones de pesos, entre otros puntos.

El texto aprobado

La propuesta que tuvo media sanción contó con los votos de los legisladores de Juntos por el Cambio, el interbloque Provincias Unidas y el bloque SER. Por parte del interbloque Federal, positivamente también votaron los bonaerenses Graciela Camaño y Florencio Randazzo, y los cordobeses Carlos Gutiérrez e Ignacio García Aresca, mientras que los santafesinos socialistas Mónica Fein y Enrique Estévez se abstuvieron. La tercera abstención fue del camporista salteño Emiliano Estrada.

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La iniciativa aprobada establece que “en los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 4 meses”.

En tanto, “para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

Además, el proyecto vuelve a dos años el plazo mínimo legal de los contratos e incorpora una serie de incentivos para promover la oferta de viviendas en el mercado.

En relación a los beneficios fiscales, se contempla una reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.

También exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y contempla una modificación al impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.

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