El Gobierno Nacional publicará este lunes en el Boletín Oficial el decreto por el cual se desregulan los servicios del Transporte Automotor de Pasajeros de media y larga distancia, informaron fuentes oficiales. La medida generará beneficios para todos los actores del sector.
El Gobierno nacional desregula el transporte de pasajeros de media y larga distancia
El Gobierno Nacional publicará este lunes en el Boletín Oficial el decreto por el cual se desregulan los servicios del transporte de media y larga distancia.
En este caso se producirá la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros, el libre establecimiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios por parte de los transportistas.
Impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, la nueva norma reemplaza a la actual, que tiene más de 30 años de antigüedad.
El objetivo del gobierno nacional
El objetivo de la desregulación es lograr la liberalización y modernización del transporte automotor de pasajeros y su adaptación a la dinámica de transporte actual.
En esta línea, se crea el Registro Nacional del Transporte de pasajeros, de acceso público, sin costo y online, para una mayor comodidad del transportista, el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos y una mayor transparencia.
Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente. Sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de 5 días post inscripción, aplicando de esta forma la nueva metodología de “Silencio Positivo” ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
De este modo, llegado el momento de vencimiento del plazo administrativo de un trámite se concede y autoriza para agilizar el procedimiento y no perjudicar al usuario.
En todos los trámites se mantienen las exigencias en materia de seguridad ya establecidas en la normativa vigente.
A partir de esta norma se podrán establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios, e incluso los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva, lo que generará una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneficiará tanto al usuario como a las empresas y transportistas.
A su vez, tendrán que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje.
En este punto, no se podrán ofrecer al público servicios que no se encuentren informados en el Registro Nacional del Transporte de pasajeros.
La autoridad de aplicación de esta medida será la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias.
De esta manera, el Gobierno Nacional elimina trabas innecesarias, garantiza una mayor liberalización en las condiciones de prestación del servicio y agiliza los tiempos administrativos, con el fin de permitir la incorporación de nuevos actores al sector. Este cambio les permitirá a los usuarios gozar, con más competencia, de una mayor oferta en el transporte terrestre.
Por otra parte, fuentes del sector aseguraron que las medidas anunciadas por el ministerio desregulador “no forman parte de ningún pedido” sectorial, aunque existió diálogo durante los últimos meses entre las cámaras y las autoridades del Gobierno nacional. “Venimos pidiendo por normas más modernos, pero no pedimos la desregulación. Hicimos advertencias de cosas positivas y otras no tanto si no se toman con seriedad”, mencionó una fuente del sector.
Como ejes centrales del cambio normativo, desde las empresas destacaron uno de ellos implica que dejará de ser un servicio público, vía por la cual el Estado otorgaba a las empresas permisos para vincular determinados destinos con la obligación de otorgar regularidad de servicios para garantizar conectividad. “Ahora la norma dice que las empresas no tienen que ir obligatoriamente a ningún destino”, resumió un ejecutivo del sector. También se eliminarán las políticas de bandas tarifarias con precios máximos y mínimos.
Nuevos jugadores
Una cuestión sobre la que las empresas esperan mayores detalles en la reglamentación tiene que ver con el ingreso potencial de “nuevos jugadores” al mercado, con un panorama mucho más desregulado. La norma, según confirman en el Gobierno nacional, permitirá dar servicio de media y larga distancia a través de combis, además de micros, mientras cumplan con los estándares.
Una de las cámaras del sector, la Asociación Argentina de Empresas de Transporte de Pasajeros (Aaeta) publicó minutos después de que se conociera la medida un comunicado en el que planteó que “la normativa busca aumentar la flexibilidad en el acceso al mercado para los operadores y en la capacidad de ajustar la oferta de servicios”.
En ese sentido, consideraron que “Aaeta ha sostenido desde siempre que es esencial agilizar la normativa, otorgando mayor protagonismo al sector empresarial y reduciendo la burocracia que dificulta la prestación eficiente de servicios. Consideramos que cualquier apertura en el mercado debe ser gradual para evitar saturaciones que podrían poner en riesgo la viabilidad de los transportistas actuales”.
Esa cámara listó una serie de medidas que aseguraron que son centrales como la exención del Impuesto de Ingresos Brutos, la limitación de costos en terminales de ómnibus, la eliminación de lo que llamaron “burocracia excesiva”, actualización de normativas, exención de patentes para vehículos de pasajeros, eliminación de recargos en peajes y un sistema para minimizar o compensar gratuidades.
En que consiste la desregulación del transporte de media y larga distancia
- Deja se ser considerado un servicio público. Las empresas tendrán libertad para establecer precios, recorridos y horarios, y modificar o discontinuar rutas no rentables.
- Empresas que operan en rutas de media y larga distancia deberán inscribirse en el Registro Nacional de Transporte de Pasajeros online.
- El nuevo sistema comenzará a implementarse en un plazo de 60 días.
- No se afectarán normas de seguridad vigentes.
- Los puntos de ascenso y descenso de pasajeros serán autorizados por las jurisdicciones locales correspondientes.
- Las empresas podrán ingresar a puertos y aeropuertos, algo que hasta el momento estaba prohibido, lo que permitirá recoger pasajeros directamente en esos puntos, evitando el paso por terminales de ómnibus.
- El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, encabezado por el economista Federico Sturzenegger, impulsa la medida con el argumento del “fomento de la competencia y reducción de costos, transparencia, agilidad en la gestión de trámites y ahorro de tiempo para los transportistas”.
- Las empresas que ya se encuentren registradas no necesitarán volver a hacerlo.
- Las nuevas compañías deberán inscribirse para operar, y, una vez registradas, “obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de cinco días post inscripción”.
- La Secretaría de Transporte y el Ministerio de Economía serán autoridades de aplicación que unificarán a los diversos Registros Nacionales del Transporte.