El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, informó sobre la derogación de la Ley de emergencia territorial indígena mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1083/24, firmado hoy por el presidente Javier Milei. Esta medida pone fin a una legislación sancionada en 2006.
El gobierno derogó la Ley de emergencia territorial indígena
El gobierno derogó la Ley de emergencia territorial indígena mediante el DNU. Esta medida pone fin a una legislación sancionada en 2006.
A través de la red social X, el ministro sostuvo: "Esta ley fue prorrogándose sucesivamente por las leyes 26.554, 26.894, 27.400 y, la última, por el DNU 805/21, que hoy se deroga. Queda así cerrado un capítulo más de los muchos por los que el kirchnerismo nos fue hundiendo en la anomia. El Presidente Milei estableció al derecho de propiedad como el primer punto del Consejo de Mayo. Una vez escuché a Clorindo Testa decir que 'en Argentina nada es más que permanente que lo transitorio'. Las sucesivas prórrogas de las 26.160 parecían dar crédito a esa afirmación. Pero como con tantas otras verdades que creíamos establecidas solo era cuestión que llegara un Presidente con la voluntad de poner las cosas en su lugar".
"Nada de lo dispuesto por el DNU 1083/24 lesiona o disminuye los derechos de los participantes en un conflicto. Simplemente no avala la fuerza como mecanismo para su resolución, reinstaurando el estado de derecho que nunca debimos haber abandonado. Para la confección de este DNU trabajamos codo a codo con la Ministra de Seguridad de Patricia Bullrich y su equipo en coordinación con Claudio Avruj del INAI y el equipo de Ministerio de Desregulación", completó.
LEER MÁS: Derogan 43 normas que le permitían al Estado regular precios
Qué decía la Ley ahora derogada
La ley 26.160 fue sancionada a fines del año 2006 con el objetivo de relevar las tierras ocupadas por las comunidades indígenas a lo largo del territorio nacional, una de las principales obligaciones que el Estado argentino ha contraído al reconocer los derechos de los pueblos originarios.
La norma suspendía los desalojos de las tierras ocupadas tradicionalmente por las comunidades indígenas y establece la realización del relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas, cuya dirección pone a cargo del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).
Según un informe del Centro de Estudios Sociales y Legales (CELS), hasta 2021 había "1532 comunidades identificadas en la actualidad por el Programa Nacional de Relevamiento Territorial Indígena (RETECI). De ese número, han iniciado el proceso de relevamiento 759 comunidades, esto es, apenas un 49% del total".
Y agrega que "de ese parcial total (759), solo 459 comunidades cuentan 'con resolución', que el INAI identifica como relevamientos 'culminados', y en relación a los cuales, 'en los casos que corresponda, reconoce la ocupación actual, tradicional y pública'. Pese a estar concluidos en la práctica, si bien se elabora una 'carpeta' con todo el material, no solo no se avanza en la titulación ni entrega de títulos, sino que muchas veces siquiera se conoce el destino de esas carpetas".