El Gobierno extendió un mes las fechas para ingresar al blanqueo

La prórroga para declarar bienes no registrados fue solicitada "por numerosos bancos y estudios contables", aseguró el Gobierno nacional.

25 de septiembre 2024 · 20:35hs

El Gobierno Nacional adelantó que dispondrá por decreto de una prórroga en las fechas límites para declarar y regularizar bienes o fondos que permanecían ocultos, en el marco del blanqueo de capitales que estableció en la Ley de Medidas fiscales paliativas y relevantes (paquete fiscal), aprobada por el Congreso en junio pasado.

La decisión se tomó -según un comunicado del Ministerio de Economía nacional- "por pedido de numerosos bancos y estudios contables, debido al gran interés generado por el Régimen de Regularización de Activos, y a efecto de facilitar las tareas administrativas de los actores involucrados".

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Con esta modificación, el blanqueo para bienes permanecerá abierto hasta el 30 de abril de 2025, y la fecha límite para regularizar el dinero en efectivo que no fue declarado ante el Estado pasó de ser el próximo lunes 30 de septiembre, al 31 de octubre.

Además, a partir del 1 de noviembre los fondos podrán retirarse sin el cobro de ningún gravamen o retención. Es decir, si el contribuyente regulariza fondos, el costo es cero y podrá recuperarlos en efectivo, en un banco el primer día de noviembre.

Asimismo, quienes hayan blanqueado dinero en efectivo antes del 30 de septiembre, podrán retirarlo parcial o totalmente a partir del 1 de octubre. Pero al momento de efectuar el retiro, pierde la posibilidad de regularizar otros montos.

En ese marco, no tendrán que pagar quienes decidan blanquear hasta US$ 100.000. Si lo declarado supera los 100.000 dólares, el contribuyente deberá pagar una alícuota del 5%, aunque puede evitar el pago al invertir o dejarlos en la cuenta hasta el 1 de enero del 2026.

¿Que se debe regularizar?

Todos los bienes o fondos que permanecían ocultos hasta el 31 de diciembre de 2023: dinero en efectivo, cuentas bancarias, inmuebles, autos, vehículos, lanchas, criptomonedas, créditos y participación en sociedades, entre otros activos, que uno puede tener en el país o en el exterior. Si la compra o ahorro fue realizada desde el 1 de enero del 2024, no podrá ser ingresada en este blanqueo.

El costo también será cero, y se pagará sólo si supera los 100.000 dólares, un 5% sobre el excedente a ese monto. Si el patrimonio se encuentra valuado en pesos, se estableció un tipo de cambio de 1000 pesos.

La valuación se acreditará mediante la documentación mencionada anteriormente y otros documentos, como pólizas de seguro, sitios web de compra-venta de bienes que indiquen el valor de mercado y/o valoraciones realizadas por profesionales expertos, como martilleros o rematadores.

Asimismo, quien tenga una cuenta en el exterior no está obligado a repatriar el dinero, pero deberá pagar el impuesto correspondiente. Si el contribuyente es monotributista, los bienes o montos que decida blanquear no serán tenidos en cuenta para una posible exclusión ni recategorización, para los períodos anteriores a la declaración.

Cabe recordar que del blanqueo quedan excluidos del presente régimen todos los que hayan desempeñado funciones públicas, tanto en el país como en el exterior, en los últimos 10 años. La lista incluye jueces, presidentes, ministros, personal de las fuerzas de seguridad con alta jerarquía, rectores de universidades, familiares de primer y segundo grado, ex cónyuges o ex convivientes de los funcionarios públicos, y personas condenadas o procesadas.

Según la Balanza de Pagos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), los argentinos cuentan con unos 353.000 millones de dólares entre dinero en el exterior o fuera del sistema, propiedades, títulos de empresas o gobiernos, inversiones en el exterior, o los “dólares en el colchón”.

El anuncio de las últimas horas estableció la etapa 1 hasta el 31 de octubre de 2024 inclusive; la etapa 2 irá del 1 de noviembre al 31 de enero de 2025, ambas fechas inclusive; y la etapa 3 inicia el 1 de febrero de 2025 y concluirá tres meses más tarde, el 30 de abril de 2025.

Quienes ingresen en la etapa 2, la alícuota será del 10% sobre el patrimonio que exceda los 100.000 dólares en el caso de los bienes, y sobre el monto total en el caso de haber blanqueado dinero. Finalmente, la tercera etapa prevé un pago del 15% que recae sobre el monto superior a los 100.000 dólares. En el caso de dinero en efectivo, la alícuota opera sobre el total blanqueado.

“Reactivar la economía”

El objetivo del blanqueo es “dinamizar la economía. Es ingresar el dinero no declarado con un costo cero, para invertirlo comprando un bono, alquilando o adquiriendo un inmueble o vehículo, comprando electrodomésticos, máquinas, para usarlo en una actividad comercial, negocio o capital de trabajo”, explicaron a UNO desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Se trata de crear un “ecosistema que va moviendo el dinero y reactivando la economía al invertir en proyectos, inversiones, construcciones, viviendas, autos, loteos”, detallaron.

Los fondos deberán permanecer depositados en una Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA), o podrán destinarse a un abanico de inversiones como títulos públicos, fideicomisos autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), fondos comunes de inversión, proyectos inmobiliarios que hayan iniciado después del 8 de julio de 2024 y con un avance menor al 50% de la obra; y más de 1.600 bienes como electrodomésticos, celulares, herramientas, y hasta aviones o construcciones prefabricadas.

Si por cualquier motivo, el dinero blanqueado es transferido a otra cuenta que no cumple los requisitos anteriores antes del 31 de diciembre del 2025, el contribuyente deberá pagar el Impuesto Especial de Regularización, a través de la retención del 5% del monto total dispuesto.

¿Cómo adherir al blanqueo?

La persona o empresa deberá abrir una CERA de forma gratuita, transferir o depositar el monto a regularizar, y realizar la manifestación de adhesión a través de la web de AFIP.

Allí ingresará con clave fiscal, buscar el servicio “Régimen de regularización de activos Ley 27743” y agregarlo para luego completar con la información solicitada.

A principios de este mes, el Senado de la provincia sancionó con fuerza de ley la adhesión al blanqueo, y quienes regularicen su patrimonio no serán alcanzados por los impuestos provinciales ni por las sanciones correspondientes.

Por otra parte, la norma también posibilita adelantar el pago del impuesto de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028, y al lograr “estabilidad fiscal”, ya que no le podrán cobrar mayores alícuotas durante esos años, precisaron.

¿Qué pasa si uno no declara?

Desde AFIP remarcaron a UNO que para determinar el patrimonio de los argentinos cuentan con información a través de los Regímenes de Información nacionales, y en el exterior a través de los acuerdos con distintos países.

Además, habilitaron el servicio “Nuestra Parte”, con el que -dentro de la web- el contribuyente puede ver su evolución patrimonial, y los bienes o inversiones que fueron detectadas por el organismo.

La norma condona algunas obligaciones tributarias y evita fiscalizaciones futuras sobre el pasado. Pero si la AFIP detecta bienes no declarados por más del 10% del valor total de lo blanqueado, el “tapón fiscal” se perderá, pero no los beneficios ya concedidos sobre los bienes.

En tanto, el organismo remarcó que se trata de la última oportunidad para ingresar a un blanqueo hasta el 31 de diciembre de 2038.

“Tina” te ayuda

La asistente virtual del Estado nacional conocida como “Tina” incorporó un simulador para obtener los escenarios posibles en caso de regularizar bienes o fondos.

En simples pasos y de manera automática, Tina arroja resultados del impuesto a abonar, si corresponde y según la situación de cada contribuyente y la etapa elegida para hacerlo.

Se puede acceder desde la página web de AFIP y por WhatsApp al 11-3910-1010, disponible en cualquier momento y lugar. También ofrece información sobre el Nuevo Pacto Fiscal, el Régimen de Regularización de Activos, la moratoria, Régimen Especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), y el beneficio para contribuyentes cumplidores.

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