Con un amparo ambiental y urbano buscan frenar avance de edificios en altura

Tras una audiencia de conciliación se abrió la instancia de presentación de pruebas. La Justicia evalúa el cumplimiento de normas y trámites
2 de mayo 2018 · 07:27hs
Bajo la figura de un amparo ambiental urbano y ejecución contra la Municipalidad, comenzó a tener curso una presentación y demanda realizada en la Cámara en lo Contencioso Administrativa para frenar el avance de los edificios en torre en Paraná.
Con el patrocinio legal de la abogada María Emma Bargagna, se presentaron Rogelio Bruniard y Santiago Reggiardo, peticionando ante la Justicia "el cese inmediato del otorgamiento de factibilidades y autorizaciones para realizar edificios de altura con omisión e ilegítimo apartamiento de disposiciones contenidas en la Ley Nº 25.675, artículos 41 de la Constitución nacional, 78, 83 y 240 de la Constitución provincial, y ordenanzas Nº 7.717, Nº 8.563, Nº 7.061 y Nº 8.218, en particular, de los principios de sustentabilidad, precaución, equidad intergeneracional, prevención, utilización racional, progresividad y responsabilidad". Reclaman también que se disponga la suspensión "sin excepción" de todas las obras de altura "en proceso de ejecución", hasta tanto se acredite por la Municipalidad y por las empresas constructoras, "el oportuno cumplimiento a lo dispuesto por las normas vigentes en materia ambiental urbana".
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El planteo se formaliza sobre la base del pedido a la Municipalidad para que "cese en la reiteración de actos y omisiones que conllevan como resultado la contaminación ambiental urbana y lesionan el derecho colectivo a gozar de un ambiente urbano sano, equilibrado, apto, sustentable, a la información, consulta y participación ciudadanas, el derecho humano a la salud y calidad de vida, el derecho a la higiene y salubridad públicas, como consecuencia de ilegítimos otorgamientos de factibilidad y autorizaciones para construir obras edilicias de altura".
La audiencia de conciliación se realizó el lunes en el salón de audiencias N° 1 del Palacio de Tribunales. Y al no haber acuerdo entre las partes, se abrió una instancia de presentación de pruebas hasta el viernes. Durante este período, tanto los demandantes como la Municipalidad deberán presentar documentación y detalles de trámites y expedientes.
Y con posterioridad, el juez tendrá tres días para emitir su resolución, que puede ser admitiendo el amparo, rechazándolo, o estableciendo medidas particulares.
Según explicó Bargagna a UNO, el reclamo no obedece a un caso particular, sino que corresponde a todo el sistema de autorizaciones y factibilidades, y obras en curso de edificios que, suponen los demandantes, están en contradicción con las leyes ambientales y urbanas. "La Ley Ambiental N° 25.675 –explicó la profesional– establece la necesidad de estudios cuando se realicen obras de impacto urbano, generadoras de contaminación como un edificio. Allí se produce un cambio en las condiciones de vida del lugar y de la ciudad. El impacto no solo es en el lugar de emplazamiento, sino para toda la ciudad".
"La Municipalidad vino con instrucciones de no conciliar, y de sostener que están haciendo todo en ley", contó Bargagna.
Respecto de la documentación para avalar el pedido, la letrada informó que las pruebas de la parte demandante consistirán en el trámite presentado hace 10 días, denominado de diligencia preliminar, en el Juzgado Civil N° 3, previo al amparo. Junto con ello, se presentará esta semana el informe elaborado por la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), acerca del arbolado urbano.
"El informe de la UNER confirmó que entre una calle arbolada y otro sin árboles, hay hasta 9° de diferencia. En todas las ciudades donde funcionan las instituciones, se abre un ámbito de participación y consulta ciudadana, con vecinos y urbanistas, con la universidad, y se establece un sector para la ciudad, con servicios adecuados, para que sea un lugar de torres. Eso pasó en Rosario y también en Buenos Aires. No pinchan toda la ciudad, reventando cloacas, quitando árboles, amontonando vehículos y basura", sostuvo Bargagna, y cuestionó, sosteniéndose en la presentación judicial, que no hay en la ciudad control ni planificación territorial.
"Esto ha venido pasando desde las últimas dos o tres gestiones, donde se ha priorizado el interés inmobiliario y no se han dado respuesta a recomendaciones y planteos de la Defensoría del Pueblo.
El amparo, además del pedido de que se frenen los otorgamientos de factibilidad o autorizaciones para la construcción de edificios, realiza otros planteos como que se ejecute –con participación social, consulta e información pública– el proceso de ordenamiento ambiental territorial de Paraná que exige el artículo 10 de la Ley Nº 25.675; hacer efectiva la protección de árboles del dominio público municipal (Ordenanza Nº 8.218); relevar árboles y paños de césped faltantes en los frentes de los edificios de altura; entre otros puntos.

Pedidos de los amparistas para el cumplimiento de las normas

El amparo es un extenso cuerpo que consta de unas 92 páginas, que exige varios puntos, como "el cese de otorgar factibilidades y autorizaciones para realizar edificios de altura; disponga la suspensión sin excepción de todas las obras de altura en proceso de ejecución hasta tanto se acredite cumplimiento de las normas ambientales; se frenen admisiones de solicitudes para el otorgamiento de factibilidad o autorización de obras; se sancione y reglamente la Ordenanza de Procedimientos para Edificaciones de Altura; se cumpla lo dispuesto por la Ordenanza Nº 8.218 haciendo efectiva la protección de árboles del Dominio Público municipal; se declare la responsabilidad personal de los funcionarios competentes (por acción u omisión), en la contaminación ambiental urbana de Paraná, con motivo o como consecuencia del incumplimiento de las normas ambientales en materia de edificios de altura", entre otros.
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