Violencia María Da Penha contra Brasil

El caso de María Da Penha adquiere un significado emblemático en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, porque ha sentado un precedente en el mundo.
30 de mayo 2022 · 22:20hs

El caso de María Da Penha adquiere un significado emblemático en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, porque ha sentado un precedente referido en el mundo entero para dar cuenta de lo que implica la violencia de género. María vivió para contarlo, como se denomina su libro Sobreviví… posso contar, de 1994, editado en 2010, en el que relata su experiencia de vida y su lucha para que se haga justicia.

María conoció a su marido, Marco Antonio Heredia Viveros, de nacionalidad colombiana, cuando cursaba una Maestría en Economía en la Facultad de Ciencias Farmacéuticas de la Universidad de Sao Paulo, en 1974. Él era un hombre educado, afectuoso. Se casaron en 1976. Al finalizar su Maestría y nacer su primera hija se trasladaron a Fortaleza, Brasil; luego nacieron sus otras dos hijas más. En ese momento comenzó su calvario. Su marido comenzó a ser intolerante, agresivo, explosivo, se irritaba con facilidad y terminaba agrediendo a María o sus hijas; pero luego se arrepentía, pedía perdón, volvía a ser amable y así continuaba la relación en la esperanza de que el amor pudiera curar las heridas; es decir, lo que se ha dado en llamar “el círculo de la violencia de género”.

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En 1983 María fue víctima de un doble intento de femicidio por parte de Marco Antonio. Primero le disparó por la espalda mientras dormía. Ella quedó tetrapléjica debido a lesiones irreversibles en su tercera y cuarta vértebras, laceración en la duramadre y destrucción de un tercio de la médula espinal del lado izquierdo, con todas las complicaciones físicas y psicológicas que ello implica. Además, al regresar a su domicilio del hospital, cuatro meses después, él trató de electrocutarla mientras se bañaba.

De allí en más María ayudada por su familia y amigos y amigas se alejó, previa denuncia, del hogar conyugal, y comenzó su odisea judicial. El primer juicio se llevó a cabo contra su agresor recién en 1991, ocho años después. Él fue declarado culpable y condenado a 15 años de prisión, pero gracias a los recursos esgrimidos por su defensa logró la libertad. Un segundo juicio se celebró en 1996, donde su exmarido fue condenado a 10 años y seis meses de prisión, pero nuevamente por irregularidades procesales la sentencia no fue ejecutada.

En 1998 el caso María Da Penha contra Brasil tomó trascendencia internacional, ya que fue asumido por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) y el Comité Latinoamericano y Caribeño para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem), quienes lo presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos (CIDH/OEA).

La defensa de María pudo demostrar que se había ejercido violencia hacia ella “por ser mujer”, en una relación de poder, dada por la relación conyugal, una relación de género. Se basó en la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) y la Convención de Belém Do Pará para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer.

En 2001 se condenó al Estado de Brasil por negligencia, omisión y tolerancia en relación a la violencia doméstica ejercida contra las mujeres brasileñas, ejemplificado en María Da Penha, con costas. Posteriormente se sancionó, con el antecedente de este caso testigo, la Ley María da Penha, impulsada en 2002 por un grupo de organizaciones feministas, con la intención de combatir la violencia intrafamiliar y contra las mujeres.

El 7 de agosto de 2006 el presidente Inácio Lula Da Silva sancionó la Ley Nº 11.340, más conocida como “Ley María Da Penha”, que desde su organización no gubernamental María sigue difundiendo para generar conciencia, educación y reparación a las víctimas.

Responsabilidad internacional

El caso María Da Penha no solamente es relevante para todas las mujeres de Brasil, pues se logró que el Estado nacional sea responsable por la negligencia, omisión y tolerancia hacia la violencia sufrida por María, sino también es muy importante porque se creó un precedente jurídico que deja expuesto ante la Justicia de los países de América Latina y el Caribe el modo de proceder injusto en un caso de violencia contra una mujer.

De esta manera, María Da Penha se convirtió en un caso testigo al dejar expuesto el patrón sistemático de violencia doméstica contra las mujeres. También, la ineficacia del proceso y del sistema judicial brasileño promovió la responsabilidad del Estado de Brasil a nivel internacional a partir de la impunidad del agresor que se extendió durante años.

La estrategia del caso María Da Penha constituyó un logro histórico porque demostró que los mecanismos internacionales de derechos humanos funcionan y están activos para garantizar la prevención y reparación de los abusos y violaciones a los derechos humanos de las mujeres a nivel nacional.

Y las consecuencias y beneficios de usar este mecanismo internacional en el caso María Da Penha quedan claramente demostrados, dado que sólo bajo la presión internacional el Estado brasileño empezó a tomar medidas con relación al caso. En ese sentido, se logró fortalecer y comprobar la importancia de los instrumentos y mecanismos de monitoreo y litigio internacional para la protección del derecho humano de las mujeres a una vida libre de violencia.

Carmen Colazo

Doctora en Derecho y Ciencias Sociales por la Facultad de Derecho de la Universidad de Córdoba (UNC). Doctoranda en Estudios de Género y Políticas de Igualdad por la Universidad de Valencia (UV). Magister y Diploma de Estudios Avanzados (DEA) en Sociología (Sociedad de la Información y el Conocimiento) Universitat Oberta de Catalunya (UOC). Abogada y Licenciada en Ciencias de la información de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). Egresada Distinguida (premio honorífico por votación mundial) de la misma en sus 400 años por sus aportes a los estudios de género en América Latina. Fundadora de la Secretaría de la Mujer del Paraguay. Consultora regional evaluadora del Sistema de Naciones Unidas y otras agencias de cooperación en temas de género, desarrollo, gobernabilidad y DD.HH. Fundadora de ONG regionales de DD.HH., entre ellas, Amnistía Internacional Argentina y Paraguay. Actualmente dirige por concurso el Departamento Académico de la Corte Suprema de Justicia de Paraguay desde 2015.

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