“Fue un ataque artero contra un grupo de personas desarmadas, que pudo haber cobrado más víctimas”, dijo el juez sobre el episodio del asesinato de Claudio Rogelio Martínez, ocurrido el 9 de enero de 2012. Por este hecho condenaron a Jorge Luis Rodríguez, de 28 años, a 15 años de prisión, y también a Adrián Federico Gómez, quien era menor al momento del crimen, por lo que el Juzgado de Menores establecerá la pena que deberá cumplir.
Por asesinar en una venganza cumplirá 15 años de prisión
Aquella noche, según se pudo reconstruir en el juicio, un grupo de personas llegó a la esquina de calle 1.000 y Los Yaros en una moto, y desde allí abrieron fuego hacia la casa de Martínez, donde estaba toda la familia festejando el cumpleaños del padre. El hecho ocurrió casi un mes después del homicidio del hermano de Rodríguez, por lo que se presume que el crimen de Martínez fue una venganza.
“Los testigos se pesan”
Ayer al mediodía, el tribunal de la Sala I de la Cámara del Crimen, integrada por Miguel Ángel Giorgio, Hugo Perotti y Elvio Garzón, dio a conocer el adelanto de la sentencia a la que arribaron por unanimidad. “Hemos tomado este argumento que nos ha proporcionado la Fiscalía en la valoración de la prueba. Permanentemente en las distintas jornadas de debate siempre se repite la máxima de que los testigos se pesan, no se cuentan, y la Fiscalía ha hecho un examen de calidad y de eficacia probatoria de los testigos. Y son atinadas las críticas que formuló a los testigos de descargo, que tienen determinadas inconsistencias, sobre todo sobre el horario en que estuvo o no el imputado Rodríguez en la casa donde se celebraba una reunión, cuando hay testigos que señalaron lo contrario”.
Asimismo, Giorgio destacó: “La mayoría de los testimonios de cargo permiten reconstruir más o menos cómo fue el desarrollo del hecho, cada uno de acuerdo a la visión que tuvo por la posición en que se encontraba respecto de los tiradores. No dejan dudas de que existieron dos tiradores en un lugar, que fueron Gómez y Rodríguez, que dispararon hacia el sector donde se encontraba la víctima”.
“Un emprendimiento común”
En los alegatos del juicio desarrollado la semana pasada, la fiscal de Cámara Carolina Castagno pidió condenar a prisión perpetua a Jorge Rodríguez por entender que hubo un plan organizado con otros sujetos para asesinar en una emboscada a Martínez. La defensora oficial María Fernanda Álvarez dijo que Gómez no estaba en el lugar del hecho, y cuestionó la calificación legal del delito que hizo la fiscal, que debería ser Homicidio en agresión y no calificado. En tanto que el abogado defensor de Rodríguez, Javier Aiani, sostuvo que el acusado estaba en la casa de un familiar ubicada a pocos metros de la vivienda donde ocurrió el asesinato, por lo que se lo confundió e incriminó injustamente.
Al respecto, el tribunal coincidió con la fiscal sobre la autoría de los acusados, pero sostuvo que “no es admisible la calificación que pretende. Fueron atinadas las argumentaciones de la defensora, eso no es posible cuando se introdujo en el grupo a un menor inimputable. Pero tampoco coincidimos con la defensora de encuadrar en la figura de Homicidio en riña o agresión, que se da cuando no se puede determinar cuáles fueron los autores. Acá está plenamente determinado que fueron dos tiradores, hubo un emprendimiento común, se arribó a un resultado que tiene que ser atribuido a los dos”, explicó Giorgio.
“Es indudable eso de acuerdo a las pruebas producidas. Estamos ante un Homicidio simple, pero que merece una especial valoración o intensidad en el reproche por el tipo de ataque. Un ataque artero contra un grupo de personas desarmadas, que pudo haber cobrado más víctimas, más allá del lamentable resultado fatal que se constató”.
De esta manera Rodríguez fue derivado a la unidad penal de Paraná.














