Nuevo revés para Airaldi en la causa por el presunto plan criminal contra un juez, un fiscal y un ministro

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná rechazó la apelación de Leonardo Airaldi y confirmó la validez de la investigación por el presunto plan criminal.

12 de junio 2026 · 07:37hs

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná -integrada por los jueces Beatriz Aranguren, Mateo Busaniche y Cintia Gómez- decidió rechazar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del productor agropecuario Leonardo Airaldi, quien está siendo juzgado por narcotráfico. Esta resolución no tiene que ver con el juicio que se realiza ante el Tribunal Oral Federal de Paraná, sino que ratifica la validez de las actuaciones judiciales en una causa que investiga un presunto plan criminal que habría tenido como objetivos al juez federal Leandro Ríos, al fiscalgeneral José Ignacio Candioti y al ministro de Seguridad de la provincia, Néstor Roncaglia. Esta causa tramita en la Justicia Federal de Gualeguaychú y se inició tras la denuncia de Daniel “Tavi” Celis, condenado por narcotráfico.

Airaldi, quien se encuentra detenido en el complejo penitenciario de Ezeiza bajo proceso por narcotráfico, buscaba a través de su defensa técnica anular piezas clave del expediente. Sin embargo, el tribunal de alzada decidió confirmar la validez de los procedimientos, los allanamientos y, de manera crucial, el secuestro y la apertura de dispositivos celulares, elementos que la justicia considera fundamentales para desentrañar la trama del supuesto atentado.

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Planteos de nulidad

La decisión judicial, fechada el 9 de junio, surge tras analizar el recurso contra la resolución del 15 de abril de 2026, la cual ya había desestimado los planteos de nulidad presentados por la defensa de Airaldi bajo el amparo del artículo 166 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN). Durante el proceso, las posturas de las partes quedaron claramente enfrentadas en la audiencia.

Por un lado, la defensa representada por la abogada Mariana Barbitta solicitó la nulidad absoluta de las actuaciones, enfocándose especialmente en la solicitud fiscal del 26 de marzo de 2026. Dicha solicitud buscaba obtener información de las empresas de telecomunicaciones (Claro, Telecom y Telefónica) sobre el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de la petición. La defensa argumentaba que estos procedimientos afectaban garantías constitucionales y carecían de fundamento adecuado.

En tanto, el Fiscal General Subrogante, Leandro Ardoy, mantuvo la necesidad de avanzar con las medidas probatorias. La fiscalía sostuvo que las intervenciones y extracciones de datos eran pasos necesarios y legales dentro de la instrucción delegada, originada por la gravedad de la denuncia inicial.

El tribunal, al evaluar los agravios, concluyó que no se advirtió afectación constitucional alguna en el accionar del magistrado de primera instancia. Los jueces destacaron que el juez federal de Gualeguaychú, Hernán Viri, dio cumplimiento estricto a lo dispuesto por el artículo 123 del CPPN, el cual exige que las resoluciones judiciales sean fundadas y respeten las garantías procesales.

En consecuencia, los camaristas resolvieron rechazar la apelación y confirmar la resolución puesta en crisis, imponiendo además las costas del proceso a la parte vencida. Con este fallo, la justicia blinda la evidencia recolectada de los dispositivos electrónicos, permitiendo que la investigación sobre el plan criminal siga su curso.

La resolución completa

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Origen de la investigación

La causa se inició a partir de una denuncia efectuada por el narco Daniel Celis, quien alertó sobre una presunta tentativa de homicidio planeada por Airaldi contra el juez federal, el fiscal federal y el ministro de Seguridad de la provincia.

A raíz de esta denuncia, se delegó la instrucción al Ministerio Público Fiscal y se ordenaron diversas medidas probatorias en febrero de 2026: el 20 de febrero se realizó un allanamiento en la Unidad Penal N° 9 “Granja El Potrero” de Gualeguaychú, donde Airaldi estaba alojado. Allí se secuestraron dispositivos electrónicos, cámaras y anotaciones; el 21 de febrero se ordenó el secuestro de un teléfono Samsung A04 y la apertura para la extracción de datos de todos los equipos incautados; el 23 se procedió al secuestro de otros seis teléfonos celulares encontrados en una requisa previa dentro de la misma unidad penal; y el 26 se formalizaron los pedidos de informes a las compañías telefónicas para analizar el flujo de comunicaciones.

Pese a los reiterados intentos de la defensa por anular estas medidas —incluyendo un planteo previo rechazado el 17 de marzo y confirmado por la alzada el 30 de abril—, la justicia ha mantenido la firmeza en la legalidad del proceso. El tribunal ordenó que la resolución sea registrada, notificada y difundida a través de la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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