La Justicia provincial le cerró la puerta a la Corte a los asesinos de Gonzalo Calleja

La Sala Penal del STJ confirmó la prisión perpetua para Morato y Giménez por el homicidio de Gonzalo Calleja, rechazando los recursos para ir a la Corte.

1 de agosto 2025 · 10:48hs

La Justicia de Entre Ríos le puso punto final al intento de llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación por parte de los condenados por el crimen de Gonzalo Calleja. Con un fallo emitido en junio -y que se conoce ahora-, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó el último recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Ezequiel David Morato, luego de hacer lo mismo con Francisco Nahuel Giménez meses antes. Así, quedaron firmes las condenas a prisión perpetua dictadas contra ambos por el homicidio calificado por criminis causa y alevosía del joven asesinado en Paraná el 14 de julio de 2021.

La decisión del STJ cierra definitivamente el camino judicial ordinario para los condenados. Desde la sentencia original del 31 de marzo de 2023, emitida por un jurado popular, los defensores presentaron diversos planteos denunciando supuestas irregularidades en el juicio, pero todos fueron rechazados: primero por la Cámara de Casación Penal, luego por la propia Sala Penal del STJ y, finalmente, por ese mismo tribunal al denegar el acceso a la Corte.

Casación rechazó la denuncia por demora en la causa contra Juan Ruiz Orrico y confirmó que el plazo para resolver la apelación a su condena vence en julio.

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Un camino con fallos adversos

Cabe recordar que, tras la sentencia condenatoria de 2023, las defensas apelaron a instancias superiores y recibieron fallos adversos. El 5 de febrero de 2024, la Cámara de Casación Penal confirmó la sentencia. Poco después, el 16 de mayo, denegó recursos de impugnación extraordinaria, para que el caso llegue a la Sala Penal del STJ. Aún así, las defensas llegaron a esa instancia con un recurso de queja y el 14 de marzo de este año el máximo tribunal rechazó los planteos. Los defensores no se quedaron conformes y pretendieron llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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El 10 de abril de este año, el STJ le denegó a Giménez la concesión del recurso extraordinario ante el máximo tribunal nacional.

El planteo fue interpuesto por los abogados defensores Tulio Emmanuel Kamlofky y Juan Pablo López Ciarroca. Los letrados sostuvieron dos agravios: la introducción de los antecedentes policiales de Giménez por parte de un testigo y la defensa ineficaz en la etapa de juicio.

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Es importante recordar que el sistema de juicio por jurados prohíbe a las partes mencionar antecedentes penales de los acusados, para no influir indebidamente en el jurado popular. Un caso reciente ejemplifica esta restricción: en julio de 2023, la Cámara de Casación anuló el juicio por jurados por el robo al Casino Neo Game de Paraná (octubre de 2021), tras comprobarse que la jueza técnica, Paola Firpo, leyó en audiencia los antecedentes de uno de los imputados.

Finalmente, el 10 de junio la Sala Penal del STJ denegó la concesión del recurso extraordinario federal ante Corte por parte de Morato. El recurso fue fundamentado por el defensor público de Coordinación de Paraná, Gaspar Ignacio Reca Ríos.

Ambas resoluciones a las que accedió UNO fueron firmadas por los vocales Daniel Omar Carubia, Miguel Ángel Giorgio y Claudia Mónica Mizawak.

La respuesta del máximo tribunal fue contundente: "En el presente caso, se advierte que el recurrente, bajo una forzada cosmética de agravio constitucional, sólo expresa su mera disconformidad con el resultado sentencial, sin lograr demostrar los vicios que intenta atribuirle ni entrelazar su proposición con los derechos que considera vulnerados y el pronunciamiento de este Tribunal que intenta poner en crisis".

Y completó: "Se constata que el recurso extraordinario aquí interpuesto no argumenta con suficiencia la causal de arbitrariedad invocada y, en lugar de enunciar agravios concretos contra los fundamentos del rechazo de la queja producido en esta instancia de Alzada, ha erigido su recurso en un cúmulo impreciso y genérico de afectaciones a derechos fundamentales pero sin atinar a concretizarlos ni especificarlos de modo que pueda tenerse cabal conocimiento sobre cuál sería la alegada arbitrariedad en que se habría incurrido desde esta Alzada, razón por la cual se revela palmariamente inadmisible cabiendo, consecuentemente, denegar su concesión para ante la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación".

El crimen

El 14 de julio de 2021, entre las 16.45 y las 19, aproximadamente, actuando conjunta y articuladamente, Morato y Giménez engañaron a Calleja para que subiera en inmediaciones de calles Pringles y Batalla de Suipacha de Paraná a un auto con la excusa de realizar una transacción comercial de cambio de dólares por pesos.

Una vez que Calleja estaba sentado en la butaca delantera derecha del auto, lo atacaron por sorpresa, presionándole su cuello, causándole la muerte por la asfixia mecánica con efecto respiratorio y nervioso.

Finalmente, luego de apoderarse de la suma aproximada a 12.600 dólares, de un reloj inteligente, de una mochila, de una billetera con documentación personal, un teléfono celular y las llaves originales del automóvil Ford Fiesta de Calleja, trasladaron su cuerpo en el auto de Morato y lo abandonaron en una zona de descampado en calle Selva de Montiel.

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