El cautiverio de una mujer para el juez solo fueron lesiones graves

El hombre que encerró durante meses a Maricel y su hija en Paraná aceptó 10 años de prisión, pero Mayer rechazó el acuerdo
23 de agosto 2017 · 21:30hs
Sergio Alcides Caimer aceptó la pena de 10 años de prisión por haber hecho padecer un infierno a Maricel Llanes y su hija de 2 años. Pero el juicio abreviado fue rechazado por el juez Mauricio Mayer, quien sostuvo que el delito cometido por el agresor no fue la privación de la libertad sino lesiones graves. Esto beneficiaría a Caimer, ya que el margen de pena es menor.

El horror que vivieron madre e hija en Paraná fue descubierto el 27 de enero, cuando una vecina fue a la comisaría quinta a denunciar que hacía varios días que no veía a Maricel salir de su casa, ubicada en calle Colobran Andreu, en barrio La Delfina. Cuando los policías fueron a la precaria vivienda nadie los atendió. Buscaron una linterna, alumbraron a través de una puerta de chapa sin el vidrio y observaron a una mujer y una niña acostadas sobre un colchón. Le preguntaron si estaba bien y no reaccionó. Luego, con personal de emergencias ingresaron y le salvaron la vida.
El hecho ocurrió en Concepción del Uruguay y por estas horas se investigan las causas. 

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Según determinó la investigación llevada adelante por la Unidad Fiscal de Violencia de Género y Abuso Sexual, aproximadamente desde diciembre de 2016 hasta el 27 de enero de 2017, Caimer mantuvo privadas de su libertad a su pareja y a su pequeña hija, en su casa, en contra de su voluntad, en condiciones de absoluta precariedad y abandono, sin brindarle alimentos suficientes, en una habitación donde debían hacer sus necesidades fisiológicas en un balde, entre ropas sucias, bolsas con basura y comida en mal estado. Para impedir que la mujer pudiera abandonar el domicilio, Caimer había dispuesto en la ventana, puerta y techo, cables conductores de electricidad, los que solía conectar a la corriente eléctrica a efectos de electrificar toda la zona.

Durante el tiempo que duró la relación, unos cinco meses, el hombre fue violento y golpeó habitualmente a su pareja, le ocasionó severas lesiones sin permitirle asistencia médica. Los médicos que las revisaron constataron múltiples lesiones y fracturas, así como anemia severa.

Una vecina que declaró como testigo afirmó que todos en el barrio pensaron que Caimer había matado a la mujer porque hacía mucho que no la veían; todos los días y sobre todo a la noche, escuchaba golpes, ruidos de azotes y una vez llegó a escuchar que el agresor le decía a la mujer "¿querés una gotita de agua?, bueno quedate arrodillada ahí", o constantes insultos. Además, en la investigación se supo que el sujeto se había peleado con la madre y hasta le ha pegado a la abuela.

La fiscal Mónica Carmona y el imputado, asistido por los defensores oficiales Jorge Sueldo y Jorge Balbuena, llegaron a un acuerdo de juicio abreviado, en el que Caimer aceptó cumplir 10 años de prisión por el delito de privación ilegítima de la libertad agravada.

El acuerdo fue presentado ante el juez de Garantías Mauricio Mayer, quien analizó las pruebas de la causa y decidió rechazarlo, porque no coincidió con la calificación penal (el tipo de delito) del hecho.

Entre otros argumentos, Mayer sostuvo que "la norma establece que la privación de la libertad es el medio para lograr el fin de obligar a la víctima o a un tercero, a hacer, no hacer, o tolerar algo contra su voluntad". En el caso de Caimer "la descripción del hecho y su reconstrucción mediante las pruebas colectadas nada dicen de las ultraintenciones que necesariamente deben formar parte de la atribución delictiva", afirmó.

El juez concluyó que se logró acreditar la privación ilegal de la libertad, las amenazas, el contexto de violencia de género y las heridas sufridas por las víctimas, por lo que entendió que el delito que corresponde es Lesiones agravadas por mediar Violencia de género y por ser las víctimas una niña menor de edad y su cónyuge.

La diferencia es que el delito por el cual habían acordado las partes tiene una pena mínima de 10 años de prisión y una máxima de 25 años. El que plantea Mayer, es de entre tres y 16 años, lo que podría terminar beneficiando a Caimer con una sanción menor a la pactada.

A su vez, el juez dijo que "no se ha acreditado en grado de certeza la duración de la privación de la libertad, salvo los dichos de la víctima, que en ocasiones expresó que fue por dos meses aproximadamente y en otras, frente a los médicos, que lo relacionan en la historia clínica, que fue por cinco meses". Y que al respecto, "las declaraciones de los vecinos son generalizantes".

Por último, Mayer prorrogó por su cuenta la prisión preventiva de Caimer por 30 días más, en la Unidad Penal N° 1 de Paraná.

"No se adapta a las normas ni a las leyes"
Las pericias psicológicas y psiquiátricas fueron contundentes en cuanto a la peligrosidad que representa Sergio Caimer en libertad. En el informe, los profesionales que lo analizaron dijeron que "presenta un cuadro médico-legal denominado trastorno mental transitorio incompleto. La génesis del delito en este caso sería la obnubilación tóxica, que es transitoria, pasajera, donde su juicio reflexivo, crítico y moral no están suspendidos. Asimismo y con el claro objeto de intentar acotar las posibilidades que el joven se exponga con más frecuencia e increscentando situaciones de extrema desadaptación y paso al acto con graves actos de violencia, este sujeto por sus condiciones bio-psico-sociales presenta peligrosidad, es decir, hay un riesgo potencial para sí y/o para terceros, además no se adapta a normas ni leyes vigentes que rigen actualmente en la sociedad".

El resultado de la pericia coincide con el resultado que el agresor produjo en Maricel Llanes y su hija de 2 años, y que fue descubierto en la tarde del 27 de enero. Y también con lo relatado por los vecinos del barrio La Delfina, que aseguraron: "En el barrio no lo quieren, es una persona agresiva, violenta, y problemática. Tiene perros, entre ellos un pitbull y los largaba por el barrio sin importarle si podrían atacar a los demás".


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