Aquella madrugada, Villalba estaba junto a su hermano Airel y a Torrilla, en la vereda de calle Rondeau y Randisi, cuando apareció de repente una camioneta Chevrolet S 10 bordó. Por la ventanilla les dispararon con una pistola calibre 9 milímetros y otra arma calibre 22.
Los fiscales Juan Malvasio y Santiago Brugo habían pedido la pena de prisión perpetua por el delito de Homicidio calificado por el concurso premeditado de las cuatro personas, y enmarcaron el crimen en el conflicto armado que se arrastraba desde tiempo atrás en el pasillo de Rondeau al 1500.
En su defensa, los hermano Pereyra afirmaron que esa noche estuvieron en el cumpleaños de 15 de su prima en el Club Don Bosco, al igual que Bacusa que dijo haber ido al mismo a pasar música, en tanto que la versión de Mora fue que estaba en su casa de Oro Verde con su familia.
La declaración testimonial del testigo presencial y víctima del hecho, Torrilla, fue la clave del caso: dijo sin dudar que en la camioneta iban Bacusa al volante, Iván Pereyra de acompañante y disparando, Mora atrás también tirando, y José Pereyra atrás del conductor. La cuestión del debate era si Torrilla dijo la verdad o mintió, si pudo realmente ver a quienes iban en el vehículo o si armó una confabulación para incriminar a las personas con quienes se enfrentaba a diario con armas de fuego.
La acusación dijo que sí, al contrario de los defensores Boris Cohen y Pablo Mintetti (de Mora), Milton Urrutia y Juan Pablo Temón (de los hermanos Pereyra), Julio Pedemonte y Víctor Rodríguez Montiel (de Bacusa), quienes rebatieron las pruebas y sostuvieron la inocencia.
El Tribunal, integrado por Elisa Zilli, Elbio Garzón y Daniel Malatesta, le creyó: “La credibilidad fue corroborada en la reconstrucción del hecho, donde pudimos apreciar la veracidad de su relato en virtud de la distancia a la que se hallaba, aproximadamente seis metros, la iluminación y condiciones de visibilidad, todo lo cual nos permitió apreciar que pudo observar a los autores del hecho”, dijo Zilli en el adelanto de la sentencia. También detalló las “pruebas objetivas que respaldan el testimonio de Torrilla”
A su vez, dijeron que los testimonios de la defensa “no bastan para desvirtuar la prueba de cargo. Expresaron haber visto a los imputados Pereyra y Bacusa en la fiesta de cumpleaños, no obstante ninguno puede afirmar con absoluta seguridad que los mismos hubiesen estado en el sitio durante el desarrollo de toda la fiesta, sería inverosímil teniendo en cuenta las vicisitudes de un cumpleaños”, explicaron.
A su vez, los jueces rechazaron que se haya tratado de un homicidio calificado, como lo planteó la Fiscalía, y por lo tanto no correspondía la prisión perpetua. “Deben estar las pruebas del acuerdo (para ir a matar), no bastando con la presencia de tres o más personas”, dijo Zilli. Por esto, los condenaron a los cuatro por Homicidio simple y Homicidio simple en grado de tentativa, a 15 años de prisión.
Por último, dictaron la prisión preventiva para los acusados porque “se verifica la existencia del peligro de fuga, por las situaciones particulares dadas, la falta de apego a la norma y porque cuentan con los medios para facilitar su huida”.
Villalba. Ajeno al conflicto.
















