La Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por Marcela Badano, Marcela Davite y Gustavo Pimentel, resolvió anular la sentencia dictada el 25 de noviembre de 2020 en la causa “Caminos Carlos Iván S/Homicidio agravado por el uso de arma de fuego S/ Recurso de Casación”, emanada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná. Además ordenó reenviar la causa a origen, a los fines de que un Tribunal debidamente integrado, reedite los actos pertinentes, y se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.
Anularon una sentencia por homicidio dictada en 2020
El 13 de noviembre de 2020, un jurado popular encontró culpable a Carlos Iván Caminos del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en el homicidio de Milton Luna, perpetrado el 25 de abril de 2020. Posteriormente, el 25 de noviembre de 2020, el juez técnico, Pablo Vírgala, resolvió imponerle la pena de 22 años y 6 meses de prisión efectiva.
El defensor técnico del imputado, Javier Aiani, había recurrido en Casación por entender que la sentencia del juez Vírgala "adolece de motivación suficiente y necesaria que exige la ley ritual y luce carente de construcción lógica; contiene defectos 'in procediendo', que la descalifican como un acto sentencial válido; no observándose los principios de la libre convicción o sana crítica racional, afectando los necesarios recaudos de motivación que impone el dispositivo ritual".
Además había aseverado que la sentencia recurrida era "un ataque al principio de defensa en juicio, al no tratar o, al menos desvirtuar, con los demás elementos probatorios, los fundamentos que sostuvo la Defensa en la audiencia de cesura de pena", entre otros argumentos.
El hecho
Según la imputación a quien resultó condenado, el día 25 de abril de 2020, aproximadamente a las 16, en calle Miguel David entre Parera y Mihura, Carlos Iván Caminos asesinó a Milton Luna. Para tal fin, le efectuó dos disparos con un arma de fuego calibre .44: uno de ellos le ingresó por la espalda, le atravesó la columna y quedó alojado en el pulmón derecho y el restante le ingresó por la parte superior de la cabeza, quedando alojado en la base del cráneo.
Estos disparos le produjeron la muerte instantes después, por traumatismo raquimedular severo, hemorragia interna masiva por hemotórax y traumatismo cráneoencefálico grave.
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La resolución de casación