Urribarri, Báez y Aguilera no podrán salir del país y la Fiscalía insistirá con la prisión

Por mayoría, el Tribunal les prohibió salir del país. La Fiscalía seguirá pidiendo la prisión efectiva para Báez y la preventiva para Urribarri y Aguilera.

5 de septiembre 2024 · 13:39hs

Un Tribunal le impuso al ex gobernador Sergio Urribarri, a su cuñado Juan Pablo Aguilera y al ex ministro de Comunicación, Pedro Báez, la prohibición absoluta para salir del país. Deberán entregar su pasaporte y las Fuerzas de Seguridad serán notificadas de la medida que pesa sobre ellos. Además, se le impuso una caución de 20 millones de pesos. En tanto, la Fiscalía adelantó que insistirá con el pedido de prisión efectiva para Báez y las preventivas para Urribarri y Aguilera, en el marco del Megajuicio.

La resolución, comunicada este jueves, fue compartida por solo dos jueces de los tres que integraron el Tribunal. Por un lado, la presidenta del Tribunal, María Carolina Castagno y el vocal Julián Vergara, rechazaron el pedido de prisión efectiva para Báez. Consideraron que el defensor Esteban Díaz no incorporó a Báez en un recurso de apelación, pero que debía aplicarse el principio de “comunicación” el cual sostiene que queda sujeto a la misma tramitación que siguieron los demás encartados.

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Asimismo, los dos jueces rechazaron el pedido de prisión preventiva para Urribarri y Aguilera. La Fiscalía había argumentado que existe riesgo de fuga, pero los magistrados entendieron que esa convicción no pudo probarse de manera contundente ya que ambos estuvieron a disposición de la Justicia durante todo el proceso.

Prohibición

No obstante, los magistrados les impusieron a Urribarri, Aguilera y Báez que "hasta tanto la sentencia adquiera firmeza, deben fijar domicilio, el cual no podrán variar sin autorización judicial". Además, les aplicaron la "obligación de concurrir semanalmente a la Fiscalía" para notificarse y la "prohibición absoluta de salir del país o de su localidad de residencia". Por ello, los tres "deberán entregar el pasaporte que quedará a resguardo de la magistratura".

Para reforzar la medida, señalaron que se notificará a Migraciones, a la Policía Federal Argentina y a la Policía entrerriana, para que todas las dependencias policiales del país y de pasos fronterizos estén al tanto de la medida. Finalmente, aplicaron una caución de 20 millones de pesos a los tres.

Empresa embargada

El único punto sobre el que coincidieron los tres jueces fue no levantar el embargo que pesa sobre un inmueble de la empresa Kriptax Inc. SA, ubicada en Federación. La solicitud la presentó Mauro Gabriel Urribarri, ex ministro de Gobierno de Entre Ríos e hijo del ex mandatario, a través de sus abogados Emilio y Germán Fouces.

El ex funcionario se presentó como presidente de la firma de la que su padre es accionista. Cabe recordar que Kriptax Inc. es una sociedad anónima que los Urribarri adquirieron en 2008 y que, según su estatuto, se dedica al negocio agropecuario, entre otros vinculados.

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Garzón, un voto en soledad

El juez Elvio Garzón fue el único que votó a favor de las prisiones preventivas de Urribarri y Aguilera. Y lo fundamentó señalando que existe un riesgo de fuga real. "Poseen medios económico, materiales y vínculos personales que podrían facilitar la salida de los mismos del país. En especial a los países limítrofes, como los que no permiten la extradición, como es el caso de Brasil. Considero que la prisión domiciliaria no resulta suficiente para conjurar el riesgo de fuga, siendo la única medida para evitar dicho riesgo la prisión preventiva en la Unidad Penal", subrayó.

Y reforzó: "La medida reúne los requisitos de idoneidad, razonabilidad, proporcionalidad y necesariedad que exige la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los delitos por los cuales fueron condenados son graves hechos de corrupción, en relación a los cuales el Estado argentino ha asumido compromisos internacionales a fin de combatirlo".

Recordó que el Estado argentino adhirió a "la Convención Interamericana contra la Corrupción, cuyo incumplimiento genera responsabilidad internacional". "A todas luces se torna probable el peligro de fuga con el incumplimiento de la condena", subrayó y sentenció: "la comisión de los delitos fue sistemática, valiéndose de la estructura que funcionó aceitadamente durante más de cinco años", insistió.

Luego citó otros casos en los que los condenados eran inmediatamente enviados a la cárcel con prisión preventiva, aún cuando la sentencia de primera instancia se encuentre apelada. A modo de ejemplo, recordó el caso Jorge Julián Christe -condenado por jurado popular por el femicidio de Julieta Riera, proceso que se anuló luego y recién allí consiguió la domiciliaria-; o el de Ignacio Laporta Di Tomasso, quien fue condenado por la muerte de Sofía Villarlba Pacco, que se produjo el 18 de octubre de 2015, cuando el joven conducía un VW Bora a alta velocidad por calle Mitre de Paraná, que terminó chocando contra una vivienda.

Al finalizar la audiencia, el fiscal Juan Francisco Ramírez Montrull confirmó a UNO que insistirán con el pedido de prisión preventiva para Urribarri y Aguilera; como así también con la prisión efectiva para Báez. Para ello, tomarán en cuenta los argumentos vertidos por el juez Garzón. Así las cosas, la discusión continuará los próximos meses en los tribunales superiores.

Condenas

Cabe recordar que Urribarri, Báez y Aguilera fueron condenados el 7 de abril de 2022, en lo que se conoció como el megajuicio. El ex gobernador recibió 8 años de prisión por delitos contra la Administración Pública; el exministro Báez y Aguilera, fueron condenados a 6 años y medio de cárcel.

Estas condenas fueron confirmadas por la Cámara de Casación Penal de Paraná el 31 de mayo de 2023 y el 21 de agosto de 2023, se rechazó la impugnación extraordinaria. Las defensas llevaron el caso a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que, por mayoría, también desestimó el recurso y ahora buscan ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Ahora, al Sala Penal del STJ, según explicó la jueza Castagno, tiene pendiente de resolución un recurso extraordinario federal para elevar el caso a la Corte y por ello consideró que las condenas no están firmes. Concluyó que la sentencia no es ejecutable hasta que se agoten todos los recursos.

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