Barrios náuticos bajo investigación: la justicia limita la participación de un denunciante ambiental

Vecino de Villa Paranacito no podrá ser querellante en la causa por los barrios náuticos construidos en humedales del Delta del Paraná.

16 de junio 2026 · 12:44hs

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó la resolución que impide a un productor y vecino de Villa Paranacito intervenir como parte querellante en la investigación por la construcción de barrios náuticos sin autorización. El tribunal consideró que no se acreditó un perjuicio individual, pese a la advertencia del voto en disidencia sobre la amplitud de los derechos ambientales.

En una resolución -fechada el 12 de junio- de gran trascendencia para el futuro de la protección de los humedales en la región, la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná decidió, por mayoría, rechazar el recurso interpuesto por Jorge Alfredo Temporetti, quien buscaba ser tenido por parte querellante en la causa que investiga presuntos delitos ambientales en el sur de Entre Ríos. La causa se centra en el desarrollo de los barrios náuticos “Isla Victoria Paraná Guazú” (también conocido como “La Venecia de Entre Ríos”) y “Sagastume”, ubicados en Villa Paranacito, en el departamento Islas del Ibicuy. Ambos emprendimientos están a 80 kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, frente a las orillas del río Paraná.

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El origen de la disputa judicial

Según registró UNO, la investigación penal se inició el 20 de marzo de este año, tras una denuncia formulada por Carlos Humberto Cadoppi Frigerio -ingeniero agrónomo especializado en forestación y cría de búfalos y tío abuelo del gobernador de la provincia- ante el Juzgado Federal de Gualeguaychú, a cargo del juez Hernán Viri. La denuncia apunta a la posible comisión de delitos de daño ambiental, falsedad ideológica, omisión de control e incumplimiento de los deberes de funcionario público vinculados a la habilitación y funcionamiento de los loteos mencionados.

Según el denunciante, estos emprendimientos inmobiliarios se encuentran dentro del humedal protegido del Delta del Paraná y dentro de la zona de la “Reserva de los Pájaros y sus Pueblos Libres”, creada por la Ley provincial Nº 9.718 para proteger los ecosistemas de los departamentos Islas del Ibicuy, Gualeguaychú y Uruguay. El abogado de la denuncia original, Ricardo José Luciano, advirtió que las construcciones avanzan sin cumplir con los parámetros precautorios ni los requisitos correspondientes.

IslaVictoriaMapa

El pedido de Temporetti y la respuesta de la mayoría

Jorge Alfredo Temporetti, residente de Villa Paranacito desde hace décadas, solicitó el 20 de abril ser admitido como querellante particular. Fundamentó su pedido en que las intervenciones en los humedales alteran el escurrimiento natural de las aguas y generan consecuencias negativas sobre la flora, la fauna y las condiciones de vida de los habitantes, revistiendo él mismo la calidad de damnificado directo. El vecino señaló como posibles responsables al presidente municipal de Villa Paranacito, César Melchiori; a funcionarios de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos y a los propietarios de los barrios naúticos.

Sin embargo, el magistrado de primera instancia rechazó su pretensión el 21 de abril, argumentando que Temporetti no reunía la calidad de “particularmente ofendido” exigida por el artículo 82 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN).

Al llegar el caso a la Cámara Federal de Paraná, el 12 de junio, las juezas Cintia Graciela Gómez y Beatriz Estela Aranguren confirmaron el rechazo. El fallo de la mayoría sostiene que, si bien el solicitante es vecino de la zona, no se ha acreditado un perjuicio específico sobre su persona o patrimonio que lo distinga del resto de la comunidad.

Además, el tribunal adhirió a la postura del Fiscal General José Ignacio Candioti, quien señaló que la negativa no implica una denegación de justicia, dado que el Ministerio Público Fiscal ya se encuentra impulsando la acción penal y promoviendo medidas probatorias para esclarecer los hechos. "En coincidencia con lo sostenido por el Magistrado y Fiscal General, no reuniendo el apelante los requisitos de legitimación para intervenir en las presentes como parte querellante, estimo que debe rechazarse el recurso de apelación interpuesto y confirmar la resolución cuestionada", sostuvo la jueza Aranguren, a lo cual adhirió Gómez.

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La disidencia

El punto de mayor debate jurídico se dio con el voto en disidencia del juez Mateo José Busaniche, quien se manifestó a favor de admitir a Temporetti como querellante. Busaniche argumentó que el artículo 43 de la Constitución Nacional otorga una legitimación amplia para la tutela de los derechos de incidencia colectiva, especialmente en temas ambientales.

El magistrado recordó que la Ley General del Ambiente (N° 25.675) establece que el acceso a la jurisdicción por estas cuestiones no debe admitir restricciones de ningún tipo. Para Busaniche, exigir una acreditación de daño individual es un razonamiento "desacertado" dada la naturaleza de los hechos: la afectación de ecosistemas protegidos. En su visión, la condición de residente de Villa Paranacito convierte automáticamente al peticionante en un "afectado" legítimo para ser parte del proceso.

"Este razonamiento luce desacertado por cuanto, atendiendo a la naturaleza de los hechos investigados, vinculados particularmente con la posible afectación de humedales y ecosistemas protegidos, así como a la condición invocada por el peticionante de residente de la localidad de la Villa Paranacito -directamente involucrada en los sucesos denunciados-, genera que dicha condición lo convierta –en el caso- en calidad de afectado", dijo en una parte de su voto.

Y completó: "En este sentido, asiste razón al recurrente en cuanto al cuestionamiento por la exigencia formal efectuada por el Magistrado para tenerlo por parte en el proceso, ya que ello no es derivación razonada de los arts. 82 y ccdtes. del CPPN ni de los arts. 41 y 43 de la CN, ni de la ley N° 25.675".

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