El Gobierno estudia cambios al régimen antidumping para limitar su aplicación. Esta medida forma parte de muchas otras que la administración de Javier Milei tiene en carpeta para “abrir y desregular la economía”, según adelantaron fuentes oficiales a Ámbito.
Estudian cambios en regímenes antidumping y de promoción
Atribuyen el dumping a grupos empresarios que, de esta forma obtienen, “una protección excesiva”. También quieren cambios en los regímenes de promoción regional
Atribuyen el dumping a la acción de grupos empresarios locales que, de esta forma obtienen, “una protección excesiva”. Señalan que estas restricciones a las importaciones no deben extenderse durante décadas, como sucede en la actualidad con distintos productos (el régimen establece de 3 a 5 años, renovables en determinadas condiciones). Consideran establecer un plazo máximo del orden de los 18 meses.
También evalúan aplicar un tope al porcentaje de derechos, ya que afirman que, en algunos casos, las tasas resultan exageradas. “Hay derechos de hasta 4.200%” argumentan.
Promoción sectorial y regional
Otra de las iniciativas que estudia el equipo encargado de desregular la economía consiste en unificar en un régimen general los distintos sistemas de promoción sectorial y regional. En la mira están distintos regímenes como los que benefician a las industrias automotriz y del conocimiento o la promoción para la provincia de Tierra del Fuego.
En el Gobierno están analizando detalladamente la legislación que beneficia al territorio austral - la ley 19.640 del año 1972- y encontraron que el artículo 32 de esta norma otorga al Ejecutivo facultades para modificar el régimen.
Textualmente ese artículo señala: El Poder Ejecutivo Nacional, a partir de los DIEZ (10) años de entrada en vigor de la presente ley, podrá ejercer, según convenga a un mayor desarrollo económico de las áreas promovidas por la presente ley, las siguientes facultades:
a) excluir del área franca a todos o parte de los territorios comprendidos en ella e incluirlos en el área aduanera especial;
b) reducir parcialmente los beneficios otorgados, para determinada área o zona de área, para todos o algunos hechos gravados, o mercaderías determinadas;
c) suprimir alguno o algunos de los beneficios otorgados, para determinada área o zona de área, para todos o algunos hechos gravados, o mercaderías determinadas;
d) sujetar a condiciones alguno o algunos de los beneficios otorgados, para determinada área o zona de área, para todos o algunos hechos gravados, o mercaderías determinadas; y
e) combinar una o más de las limitaciones de beneficios a que se refieren los precedentes apartados b), c) y d).
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