Suspendieron la indagatoria al ministro Etchevehere

La jueza Paola Firpo hizo lugar al recurso de apelación de la defensa contra el requerimiento fiscal que pedía ampliar la investigación
6 de febrero 2018 · 22:53hs
La jueza de Transición Paola Firpo notificó en la mañana de ayer al Ministerio Público Fiscal y a la querella que representa a Dolores Etchevehere, que se había hecho lugar a la apelación contra el requerimiento del fiscal Alejandro Cánepa del 29 de diciembre en el marco de la causa por el supuesto delito de administración fraudulenta que la mencionada inició contra sus familiares: Luis Miguel (actual ministro de Agroindustria de la Nación), Arturo Sebastián y Juan Diego (delegado en Entre Ríos del Ente Nacional de Comunicaciones), y la madre, Leonor María Magdalena Barbero Marcial de Etchevehere. La medida rechaza, entre otras cuestiones, la ampliación del requerimiento fiscal sobre la Sociedad Anónima de Entre Ríos (SAER), y el supuesto delito de vaciamiento a partir de la venta de una gran cantidad de inmuebles, incluyendo en la maniobra al edificio donde funciona El Diario de Paraná. Entre las nuevas pruebas figura el Expediente Nº 19.059, actualmente en el juzgado Civil y Comercial Nº 7, a cargo de Martín Furman.
Se trata de una resolución que dejará en suspenso todas las medidas de prueba que había solicitado el fiscal y que se venían produciendo hasta tanto se realice la audiencia de mejoramiento de recurso. En base a esa audiencia, donde las partes podrán mejorar sus argumentos, la jueza Firpo tendrá que resolver cómo continuará el proceso.
Esto quiere decir también que quedaron postergadas las indagatorias que habían sido fijadas entre el 27 de febrero y el 5 de marzo, donde debían comparecer el ministro Etchevehere, sus hermanos y la madre.
Por lo pronto, las únicas medidas de prueba con las que se pudo avanzar consisten en pedidos de informes a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el entrecruzamiento de datos, aunque todavía no fueron contestados.
La Resolución a la que pudo acceder UNO refiere que los abogados defensores, Julio Federik y Leopoldo Lambruschini "podrán presentarse ante el tribunal de alzada, manifestando su intención de mejorar su articulación dentro del plazo de tres días contando desde que las actuaciones tengan entrada en aquel".
La jueza, en el dictamen, dispuso que se libre oficio al Poder Ejecutivo Provincial "a fin de que, por intermedio del área correspondiente remita copias certificadas de los decretos de emergencia agropecuaria, dictados en el transcurso del año 2011". También se requirió un oficio a la Asociación Mutual Solidaria (AMUS) "para que informe y acompañe las constancias respectivas de todas las solicitudes de créditos, mutuos y refinanciaciones de los mismos, cancelaciones parciales y totales, celebrados entre esta y Sociedad Anónima de Entre Ríos (SAER), entre los años 2010 y 2017".

Los préstamos del Itaú
En agosto de 2017, el fiscal Cánepa había requerido a través de un oficio dirigido a la AFIP y a la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) el "levantamiento expreso del secreto fiscal, y que se envíen copias fieles de las declaraciones juradas correspondientes a los períodos 2010 a 2016, de Luis Etchevehere y a los integrantes del directorio de la sociedad Las Margaritas SA". En aquel momento, la defensa de los imputados interpuso un recurso de apelación a la resolución que rechazó la nulidad de la producción de esas medidas de prueba, por considerar que el juez de Instrucción, Pablo Zoff, "exorbitó el objeto procesal". En el requerimiento de instrucción formal "se les atribuye haber solicitado préstamos al Banco Itaú Argentina, los que fueron otorgados por el área de Comercio Exterior de dicha entidad y correspondientes a préstamos otorgados en moneda extranjera para financiar operaciones de comercio exterior, los cuales fueron otorgados el 29 de julio y el 12 de agosto de 2011, los cuales no fueron destinados a tal fin, sino distribuidos entre los antes nombrados".
En su planteo el defensor Federik quiso decir que el magistrado se excedió en sus facultades actuando por fuera de los límites que establece el requerimiento del Ministerio Público Fiscal. "La principal garantía es la jurisdicción, pero la jurisdicción tiene límites, no puede investigar lo que quiera", interpeló el penalista en la audiencia que estuvo presidida por los jueces José María Chemez, Ricardo Bonazzola y Elvio Garzón.
En aquella ocasión, la acusación contextualizó los hechos denunciados por la denunciante. "El primero tiene que ver con un supuesto endeudamiento fraudulento de la sociedad de la cual ella es socia. Sostiene que a partir de 2011 la sociedad comienza a tomar determinados créditos en los bancos, pero también menciona otros, como el del Banco Nación de 2016. A partir de 2011 comenzó a tomar créditos de manera subsidiada para determinados fines específicos, para la producción, para la inversión ganadera, entre otros. Sucede que esos créditos no fueron destinados a la actividad para la cual fueron tomados, sino que se distribuyeron entre los socios", relató.
Con respecto al segundo hecho, la mujer denunció un supuesto vaciamiento de la Sociedad Anónima Entre Ríos, "en la cual mencionó que se vendieron a precio vil una determinada cantidad de bienes para capitalizar otra empresa que se llama Construcciones del Paraná SA", expuso en la mencionada audiencia el representante de la Fiscalía.
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