Denuncia por torturas: avalan reclamo de jefe policial y anulan una medida

Anulan reconocimiento de galería fotográfica, en una causa con policías acusados de torturas. Al jefe de Robos y Hurtos le vulneraron su derecho de defensa.
29 de diciembre 2022 · 18:18hs

Este jueves el juez de Garantías Ricardo Bonazzola resolvió avalar el reclamo del jefe de la división Robos y Hurtos, que se encuentra denunciado en una causa por torturas. De esa manera, el magistrado anuló una ronda de reconocimiento fotográfico que se realizó sin la presencia de los abogados defensores.

Tal como informó UNO, el martes, se realizó la audiencia en la causa que se investiga supuestos apremios ilegales cometidos por policías de la división Robos y Hurtos, que avanzaron con la detención de un hombre sospechado de haber robado una moto.

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A causa del procedimiento, se denunció que los policías lo trasladaron ilegalmente hacia un descampado, donde fue sometido a vejaciones y torturas de todo tipo.

En la investigación judicial que lleva adelante el fiscal Eric Zenclusen, se alertó por parte de Jonathan Exequiel Framulari y su pareja, que el hecho existió tal como fue denunciado en los primeros días de junio de este 2022. Los 10 policías acusados, que aún no fueron imputados, hicieron saber que se está frente a un invento para desviar la atención, con pruebas y testigos mendaces.

Una parte de la causa se centra en que fue mencionado que participó del operativo en el barrio el Sol, el jefe de Robos y Hurtos, Carlos Schmunk, quien alertó que ese día no trabajó y no estuvo en el procedimiento.

La denuncia cuenta con algunos puntos oscuros que deberán ser aclarados por el fiscal, tal es el caso, la certeza de acusar por ejemplo a Schumunk, cuando según hizo saber la víctima, todos los policías se encontraban encapuchados.

El paso posterior, fue avanzar con una galería de fotografías para tratar de reconocer a los supuestos ejecutores de las torturas, trámite que se realizó en tribunales. La medida judicial se produjo sin la presencia de los abogados defensores de Schmunk, por lo que reclamaron la nulidad del acto judicial.

En la audiencia tanto el fiscal, como los abogados querellantes de Derechos Humanos, José Iparraguirre y Ana Tejera rechazaron el planteo de la defensa.

Investigación por torturas: Una galería de fotos fue puesta en crisis

El juez Bonazzola resolvió este mediodía, avalar el reclamo de los abogados defensores Miguel Cullen y Daniel Rosatelli, por entender que se vulneraron los derechos de la defensa que goza cualquier persona que se encuentra sospechada.

Hizo notar en la resolución que Schmunk se presentó espontáneamente en tribunales, para notificar de su domicilio y que contaba con abogados particulares. "Sin embargo y frente a la galería fotográfica a las victimas Aldana Abigail Simi Rodriguez y a Jonathan Exequiel Framulari, se omitió notificar de su realización a los defensores técnicos. Tal yerro u omisión, aún cuando no tengo motivos para dudar que haya sido involuntario y sin ninguna mala fe, efectivamente privó a los defensores ejercer su rol en representación y en resguardo de los intereses de su asistido; menoscabando así de manera irremediable el pleno ejercicio del derecho de defensa de Schmunk", explicó Bonazzola para alertar: Más teniendo en cuando, como hicieron notar los abogados, que los denunciantes habría incurrido en incongruencias o contradicciones en el relato de los hechos, por lo que hubiera correspondido al menos preguntas o aclaraciones, que de haber estado presentes en el acto cuestionado, le habrían efectuado a los denunciantes, los letrados en representación del policía.

Tras recordar la importante literatura que brega sobre los derechos de los acusados, el magistrado mencionó que el artículo 216 del Código Procesal impone bajo sanción de nulidad la obligación del fiscal de notificar previamente a la formalización de actos de esta naturaleza a los defensores de los acusados. "Cabe a su vez conectar esta disposición con otra de fuerte contenido garantista cual es la contenida en el artículo 195 del Código de rito que impide la valoración para fundar una decisión judicial, ni su utilización como presupuestos de ella los actos cumplidos con inobservancia de los derechos y garantías previstos en la Constitución Nacional, los instrumentos internacionales de derechos humanos , la Constitución de esta Provincia y este Código. Resulta inexorable entonces declarar la nulidad del reconocimiento fotográfico".

Desde el grupo de policías cuestionado, valoraron el fallo de Bonazzola y marcaron una postura crítica sobre la denuncia que deben enfrentar. Dijeron a UNO: "Es llamativo cómo hay organizaciones conformadas por abogados y que asisten a personas en conflicto con la ley, en denunciar sistemáticamente a policías".

"Es como que existe una persecución y una animosidad, que afortunadamente se le está poniente límites con la intervención de la propia justicia", se añadió.

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