Confirmaron que el experito Vitale robó y vendió armas de fuego incautadas

Se ratificó la condena a 12 años de prisión efectiva para el exfuncionario judicial, así como la prisión preventiva que cumple en la unidad penal
17 de abril 2019 · 08:16hs
Un año y tres días después de la condena a 12 años de prisión efectiva para Antonio Vitale, se conoció un nuevo revés judicial para el experito balístico del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. La Cámara de Casación Penal de Paraná confirmó aquel fallo por la sustracción de armas incautadas en el Depósito de Tribunales para su venta en el ámbito delictivo.

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Los abogados defensores, Iván Vernengo, Damián Petenatti y Rubén Pagliotto, habían presentado un recurso de Casación, en el cual efectuaron duras críticas contra la sentencia del Tribunal de Juicio.
Remarcaron, entre otras cosas, el "prejuzgamiento" en que habrían incurrido dos de los jueces que dictaron sentencia, ya que los mismos habían integrado un Tribunal de Apelación en otra causa en la que estaba imputado Vitale, y en la cual había declarado una misma testigo que en el juicio por el robo de armas. Además, agregaron que fueron notificados del rechazo a aquella apelación un día después de que esa testigo declarara en el juicio del año pasado. Entendieron que los jueces José María Chemez y Carolina Castagno debieron inhibirse, ya que "habían adelantado opinión respecto al testimonio".
Sobe este punto, la Cámara de Casación, presidida por Marcela Badano, sostuvo que se trataba de dos causas distintas, y que la nulidad ante el prejuzgamiento de la prueba existe cuando un juez valora anticipadamente una evidencia o un testimonio del mismo expediente.
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Por otro lado, los defensores afirmaron que el fallo adolece de no haber analizado tanto las probanzas presentadas por ellos como los argumentos expuestos en sus alegatos, que ponen en contradicción la tesis de la Fiscalía, donde desbarataron los dichos del testigo Mauro Bertoni (beneficiado con un juicio abreviado), y del otro condenado Eduardo Borgogno, "exhibiendo permanentemente un análisis sesgado, parcializado y carente de objetividad, con una deliberada omisión de tratar las pruebas que exculpan a Vitale".

En la sentencia, los jueces de Casación respondieron que "se advierte que el tribunal ha adoptado una postura analítica, y que respecto de esos segmentos de la imputación, valoró extensamente la prueba producida, y concluyó que Vitale era el autor de los hechos. Para ello, tuvo en cuenta, en primer lugar, que la ocurrencia misma del injusto de sustracción y comercialización de armas, no fue puesta en duda por la Defensa".

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"El tribunal –agregaron– realiza un examen minucioso que da cuenta de la situación completa, y a su vez, observa cada prueba en sí".

Respecto de Bertoni y Borgogno, quienes fueron condenados primero en un abreviado y luego declararon como testigos, los vocales afirmaron que sus dichos están corroborados por las numerosas pruebas que hay en la investigación, en particular lo que se refleja en las escuchas telefónicas y en documentos secuestrados, entre otras.

Entre los hechos advertidos en la investigación y ventilados en aquel juicio, en el fallo de Casación se remarcó lo planteado en la sentencia condenatoria, como ejemplo de la gravedad del hecho: "La magistrada destacó, lo que calificó de inimaginable: que por la tarea de la División Scopometría se logró determinar que un arma secuestrada el 29 de diciembre de 2014, participó en al menos cinco hechos delictivos posteriores a su secuestro".
Por último, en la sentencia se confirmó la condena también por amenazas a una mujer por parte de Vitale, y se ratificó la prisión preventiva que el exfuncionario judicial cumple en la Unidad Penal N° 1 de Paraná, ya que consideraron que se mantiene vigente el peligro de fuga debido a la alta pena recibida.
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