El Tribunal Oral Federal de Paraná, presidido por Noemí Berros, condenó este viernes a tres acusados del delito de Transporte agravado de estupefacientes, en el caso de las casi 11.000 pastillas de éxtasis secuestradas en San Jaime de la Frontera. Se trata del cargamento más grande de esta droga detectada en circulación en Entre Ríos.
Condenaron a tres acusados por transportar 11.000 pastillas de éxtasis
Carlos Sutter y Gustavo Albarracín fueron condenados a ocho años de prisión. Se los posicionó como los responsables de la organización delictiva que tuvo como fin llevar los seis kilos de éxtasis por un valor actual superior a los 100 millones de pesos, desde Brasil hasta Córdoba. En tanto, Víctor Alberto Capria, quien tuvo un rol secundario, fue sentenciado a cinco años de prisión.
Sutter y Albarracín era los socios financistas, es decir, quienes aportaron los vehículos y el dinero para conseguir el estupefaciente, porque se trata de pastillas que se adquirieron en Brasil.
Por otro lado, el tribunal resolvió hacer lugar al pedido de decomiso de los bienes que hizo la Fiscalía, con el objetivo de afectar el núcleo económico del delito. Fueron decomisados los vehículos utilizados, dinero y celulares. Además impusieron una multa en total de 2 millones de pesos, la más alta en la historia del tribunal.
El Tribunal resolvió condenar a los acusados bajo la calificación legal que fue propuesta por el fiscal José Ignacio Candioti: coautoría de Transporte agravado de estupefacientes. Además, al igual que propuso también la parte acusadora, fue absuelta la mujer que era la cuarta acusada.+
En declaraciones a UNO, Candioti destacó la resolución judicial dictada este viernes: “Es valioso el fallo del Tribunal, porque castiga conductas muy disvaliosas, constitutivas de narcotráfico a gran escala y materializadas a través de un accionar plural y organizado”.
La causa
El TOF de Paraná juzgó esta semana a cuatro personas detenidas el 26 de setiembre de 2022 en San Jaime de la Frontera, con 11.000 pastillas de éxtasis, que pesaron seis kilos. El procedimiento policial fue llevado adelante por la Dirección de Prevención y Seguridad Vial.
Por la ruta nacional 127 ingresó a la provincia un Audi A4 con tres ocupantes, todos de Córdoba, el cual siguió su curso, y a los pocos minutos llegó un Fiat Argo. Al pasar Eve, la perra adiestrada en detectar droga, no dudó en marcar, y fue así que encontraron en el asiento trasero el cargamento de pastillas de éxtasis.
Se diferenció la situación de los procesados: Víctor Alberto Capria de 29 años de Almirante Brown (Buenos Aires), quien conducía el Fiat Argo; Carlos Sutter, de 35 años, de Córdoba, y Gustavo Albarracín, de 37 y de la misma provincia. Se los posicionó como los responsables de la organización delictiva.
En tanto, la Fiscalía entendió que Evelin González de 35, prácticamente no tuvo un rol preponderante en el emprendimiento delictivo, y se sostuvo que por su vulnerabilidad, era necesario tener la contemplación el no pedido de condena. El Tribunal procedió a absolverla.
Roles preponderantes
El fiscal Candioti alertó que quedó debidamente acreditado como se "orquestó el emprendimiento criminal de envergadura" para trasladar desde Porto Alegre y Camboriú hasta la capital de Córdoba las 11.000 pastillas de éxtasis de un gran poder nocivo para la salud.
Aportó que en la prolija investigación policial y judicial, se estableció con certeza el recorrido. Se pudo reconstruir con precisión las fechas de salida de Córdoba, su paso por Entre Ríos, el ingreso a Brasil y el ingreso a la Argentina. "En los celulares secuestrados se obtuvo valiosa información que permitió conocer los movimientos del grupo que se trasladaban en dos vehículos", mencionó el fiscal, para rematar: "Objetivamente están las pruebas que aparecieron de los mensajes de textos y otra información encontrada en los celulares", pero además, se pudo establecer desde el GPS de dicho equipos de comunicación, cómo fue el viaje para buscar y regresar con la droga.
Entendió Candioti que a Sutter le correspondía la condena de ocho años de prisión por tener un rol preponderante en el delito. Esa misma situación valoró para Albarracín, para quien reclamó la misma pena. En tanto, para el restante procesado -Capria- que manejaba el segundo vehículo que transportaba la droga, era necesario solicitar seis años de prisión efectiva. A Capria finalmente le correspondieron cinco años.