A 10 años de la compra de una beba, ya no pueden evitar el juicio

Tras numerosas dilaciones, el hombre que pagó para apropiarse de una niña y la letrada que hizo de intermediaria, llegarán al banquillo.
21 de marzo 2020 · 18:25hs

El 27 de enero una niña de Villa Paranacito cumplió 10 años: hubo fiesta, regalos y fotos junto a su familia real. Gracias a la sospecha de una empleada del Registro Civil del hospital Centenario de Gualeguaychú, donde la niña nació, y por la rápida actuación ante su denuncia en la Defensoría de Menores, ella no vivió su primera década en un lugar extraño a su verdadera identidad. Un hombre que se había aprovechado de la situación de extrema vulnerabilidad de su madre quiso llevársela, probablemente a Europa, con la complicidad de una abogada.

Al tiempo que se evitó el robo de la beba, comenzó una causa contra este uruguayo radicado en Buenos Aires, Antonio Alejandro Mancuso, y la letrada de Gualeguaychú, Andrea Alejandra Diego, por aquel plan delictivo. A lo largo de todos estos años el expediente tuvo demoras, idas y vueltas, para que llegara a la instancia del juicio. Parte de estas dilaciones fueron porque los procesados intentaron con todos los planteos posibles evitar sentarse en el banquillo de los acusados.

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En agosto de 2019, UNO había informado que el 17 de diciembre de ese año se iba a realizar el juicio, luego de que el Tribunal Oral Federal de Paraná rechazara el pedido de suspensión del juicio a prueba a la abogada Diego. Los jueces coincidieron con la Fiscalía en que perseguir y juzgar estos delitos es una política y un compromiso del Estado argentino. No obstante, la mujer recurrió ante la Cámara Federal de Casación Penal con el mismo reclamo, por lo que el juicio se postergó. Ahora, se informó a UNO que la Sala 2 del tribunal de Comodoro Py no hizo lugar al pedido de probation. Por esto, ahora los imputados de los delitos de Supresión de la identidad de un menor de 10 años en concurso ideal y Falsedad ideológica de instrumento público, deberán ser llevados a un debate.

Los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal, Ángela Ester Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Solkar, resolvieron a fines de febrero rechazar la probation para Diego al coincidir con los argumentos del TOF de Paraná en su resolución de mediados de agosto de 2019. En aquella oportunidad, Noemí Berros, Roberto López Arango y Lilia Carnero sostuvieron que “la oposición expresada por el Ministerio Público Fiscal para la concesión del beneficio de probation a la imputada luce actualmente motivada y fundada en razones de política criminal (...) y que, por tanto, impide a este tribunal a disponer la suspensión del proceso a prueba.

Lo que había manifestado el fiscal general José Ignacio Candioti al oponerse a esa medida era que la conducta de intermediación que se endilga a la abogada, para la supresión de identidad que llevó a cabo Mancuso, es un delito aún más grave, en tanto supone la obtención de un beneficio económico. También destacó que Diego cuenta con conocimientos jurídicos por su condición profesional, y de todos modos decidió sacar provecho de una mujer en situación de extrema vulnerabilidad, un delito con una escala penal de un mínimo tres años de prisión y un máximo de 10.

Un plan bien pergeñado

Según la imputación, la historia había comenzado a mediados de 2009, cuando la abogada Diego contactó a la joven embarazada y a su pareja, en la localidad de Villa Paranacito, del Departamento Islas del Ibicuy. Les ofreció dinero y bienes para que entregaran a la beba por nacer a Antonio Mancuso. En reiteradas oportunidades, ambos visitaron a los futuros padres y el hombre les prometió conseguirles un terreno en la localidad de Gualeguaychú y asistencia económica por un período de tiempo como retribución por la entrega de la niña.

A fines de diciembre de 2009 Diego trasladó a la madre desde su lugar de residencia hasta la ciudad de Gualeguaychú, tiempo en el cual la joven se encontraba transitando el período final de gestación, y la alojó en un domicilio del barrio Manzoni. Allí le brindó asistencia, alimentos y todo lo necesario para su manutención hasta el día del parto. Frecuentemente era visitada por Mancuso y Diego.

Unas semanas después la mujer dio a luz en el hospital Centenario. Para la inscripción de la niña, primero concurrió la abogada a la Delegación del Registro del Estado Civil ubicada en el mismo nosocomio, donde el personal le dijo que debían ser los padres los responsables del trámite. Algo ya olía mal, y mayor sorpresa fue la que se encontraron unos minutos después, cuando intentaron inscribir a la beba como hija de su verdadera madre, pero con el apellido del falso padre. La asimetría entre el hombre y la joven era inocultable: él vestía impecable y dirigía todo lo que había que decir en el trámite; ella estaba haraposa, con la mirada extraviada y en silencio. Cuando le preguntaban algo a la joven respondía Mancuso, quien parecía muy apurado en terminar con el trámite, y casi no hablaba con la madre. Luego de la inscripción de la beba, el personal del Registro denunció las sospechas ante la Defensoría de Menores, lo cual permitió advertir la maniobra e iniciar luego la causa en la Justicia Federal. Pero el delito ya se había consumado, ya que Mancuso y Diego hicieron consignar un dato falso en la partida de nacimiento.

Al recibir la denuncia, el Defensor de Pobres y Menores N° 3 de Gualeguaychú ese mismo día peticionó una medida cautelar de protección de la persona, ante una posible maniobra tendiente a eludir los carriles legales habilitados para disponer de la niña. Esa medida judicial fue el origen la causa, que fue derivada al Juzgado Federal de Concepción del Uruguay que investigó los hechos y procesó a Mancuso y a Diego por los mencionados delitos.

La Fiscalía ha remarcado que la madre de la niña se exhibía como una mujer en situación de extrema vulnerabilidad, de la que los imputados indudablemente se aprovecharon.

Las intenciones de Mancuso y el destino que iba a tener la niña, más allá de la apropiación y adopción ilegal, no quedaron del todo claros, aunque esto podría aclararse en el juicio. Sí hubo una sospecha certera por parte de la Fiscalía, según lo expresado en una audiencia realizada en la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná en 2013: “Este señor estaba pergeñando llevarse a la menor del país. Si conectamos este hecho con la nacionalidad del imputado, que vive hace 20 años en Italia, es evidente que la maniobra no tenía como objetivo otro que radicar a la niña en el extranjero. Esta persona no compareció espontáneamente, ofreció excusas absurdas, se valió de los servicios de la abogada Diego, ofreció dinero y propiedades para lograr la falsa atribución de padre biológico que no posee. Se fue a Italia, y fue interceptado por la Policía Aeronáutica”, se describió.

Ahora sí, Mancuso y Diego no pasarán 2020 sin el juicio, en el cual se expondrá un caso que, muchos creen, sucede con frecuencia en Entre Ríos, pero que muchos niños no tienen la suerte de que alguien advierta su apropiación a tiempo.

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