Una ley para que sea como siempre debió ser

El miércoles la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que plantea la paridad integral en la provincia.
24 de octubre 2020 · 21:23hs

El miércoles la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que plantea la paridad integral en la provincia. Ese cuerpo legislativo tuvo en sus bancas, hasta bien entrado el siglo XXI, una o dos mujeres por cada mandato.

Este miércoles la votación que repercutirá en ese recinto fue casi unánime. Un solo legislador se opuso entendiendo tal vez que establecer el criterio de paridad “por sobre el de idoneidad” iba a dejar a muchos varones valiosos fuera del recinto.

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La manera en que se podría sostener esa postura es pensando que naturalmente hay más varones que mujeres capacitados para desempeñarse como diputados, y por ende aprobar -aunque sea tácitamente- la situación anterior, esa situación que la norma en tratamiento intenta corregir, en la que las mujeres tenían que enfrentar más dificultades para acceder a esos cargos.

Es decir, que las inequidades eran un reaseguro de la mayor idoneidad de los varones. Por lo menos eso parece...

Claro que uno podría preguntarse si esa supuesta mayor idoneidad de los varones puede probarse a través de la producción legislativa, o de algún otro indicador más o menos mensurable, y la respuesta es no.

Y si se argumenta que el criterio de idoneidad es suficiente para que las mujeres tengan las mismas posibilidades de llegar que los varones, la realidad demuestra que no es así. ¿O alguien cree que la idoneidad está repartida en un 94%a favor de los varones y 6% para las mujeres? Pues esa fue la distribución de bancas en Diputados entre 1983 y 2003.

Una ley para que sea como siempre debió ser 

Una ley para que sea como siempre debió ser

Después vinieron los cupos, pero bueno... es difícil estar a favor del cupo y no la paridad, salvo que se crea que las inequidades deban corregirse solo en un tercio.

En fin, una discusión que no resulta relevante desde el punto de vista de los resultados. La votación fue 33 a 1 en la Cámara baja y el panorama no es diferente en el Senado.

Entonces la pregunta es cómo serán las cosas a partir de la nueva ley. En el plano electoral, cuando comience a regir esta ley, en 2023 las listas de candidatos a gobernador y vice, y las de intendente y viceintendente deberán integrarse por una mujer y un varón.

En el Legislativo habrá paridad en las listas para la Cámara de Diputados, que deberán integrarse de manera alternada por una mujer y un varón. Los reemplazos en los cuerpos colegiados se deberán hacer por personas del mismo género y de la misma lista, pero en los casos en que hubiera un género que no haya alcanzado aún el 50% de los representantes de esa lista en el cuerpo colegiado, el reemplazo se hará por la persona que siga del género que está en minoría.

En las listas de senadores la paridad se cumplirá mediante la integración de una mujer y de un varón como titular o suplente, de manera indistinta.

En los gabinetes del Ejecutivo provincial y municipal se incorpora la progresividad para alcanzar la paridad en su integración.

Los partidos políticos deberán adaptar sus normativas internas para garantizar esta paridad, y tendrán que hacerlo en un plazo no mayor a los seis meses luego de aprobada la norma.

En las representaciones de los sectores de profesionales las conducciones actuales seguirán igual hasta el fin de los mandatos, pero cuando se produzca la renovación, las listas que se presenten deberán respetar la paridad de género.

En el caso del Poder Judicial y de los ministerios públicos, fiscal y de la defensa, también se aplicará el principio de paridad de género de manera progresiva.

Para las personas jurídicas privadas (asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, sociedades comerciales) inscriptas en la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Entre Ríos o en el Instituto Provincial de Cooperativas y Mutualidades de Entre Ríos también deberán adaptar sus órganos colegiados al principio de paridad de género. En esos casos existe la posibilidad de plantear alguna excepción fundada en cuanto al cumplimiento de la paridad. En la designación de funcionarios con acuerdo del Senado (CGE, Copnaf, Tribunal de Cuentas ) también deberá cumplirse este principio.

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