La próxima asunción de la diputada provincial Stefanía Cora como senadora nacional en reemplazo del expulsado Edgardo Kueider deja libre una banca en el bloque justicialista en la Cámara de Diputados de Entre Ríos. Daniel Koch, dirigente de Nogoyá es quien le sigue a Cora en la lista y por estas horas intenta posicionarse para ocupar el lugar, pero la Ley de Paridad determina que debe completar el mandato Silvina Deccó, oriunda de Diamante.
Daniel Koch quiere sustituir a Cora, pero la ley dice que debe entrar una mujer
La diputada provincial Stefanía Cora reemplazará en el Senado al destituido Edgardo Kueider y Daniel Koch quiere su lugar en Diputados
Koch comenzó gestiones semanas atrás, ante el reposicionamiento de La Cámpora local por la asunción de Cristina Fernández de Kirchner en la presidencia del PJ nacional. Luego de que Cora se sacara una foto con la expresidenta en el Instituto Patria, Koch visualizó a la dirigente de La Cámpora de Paraná como candidata a senadora nacional el año que viene y a él completando su mandato en la Cámara de Diputados entrerriana. La expulsión de Kueider modificó el panorama y es cuestión de horas para que Cora asuma en el Congreso y su banca en Entre Ríos quede libre, publica Análisis.
Ante este nuevo escenario Koch, que fue número 12 en la lista de diputados, comenzó a gestionar en ámbitos políticos para posicionarse como reemplazante.
Actualmente en la Cámara de Diputados hay 17 varones y 17 mujeres. Para mantener la paridad, si sale Cora debe ingresar otra mujer: Deccó, que fue número 13 en la lista del peronismo.
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Deccó fue ocho años concejal en su ciudad, entre 2011 y 2019, y luego asumió como secretaria de Desarrollo Humano en el gabinete de Darrichón, cargo que ocupó hasta el año pasado. El procedimiento para sustituir a Cora debe realizarse de acuerdo con la Ley de Paridad Integral N° 10.844, cuyo artículo 22° prevé la circunstancia de los reemplazos.
El texto señala que “en caso de muerte, renuncia, separación, licencia, inhabilidad o incapacidad permanente de una representante de un cuerpo deliberativo o institución colegiada, será sustituido por la/el candidato/a del mismo partido político y del mismo género de acuerdo al orden de lista, con excepción de que uno de los géneros tenga representación minoritaria, en cuyo caso asumirá aquel candidato/a del género que corresponda hasta alcanzar la cuota del cincuenta por ciento (50%) de cada lista y en el cuerpo”.