El Colegio de Escribanos de Entre Ríos (CEER) apeló la sentencia que suspendió la convocatoria a elecciones de la entidad para este sábado 22 de abril. Así, se busca revertir el fallo del juez Marcelo Baridón que declaró inconstitucional el sistema de elección por lista y a mayoría simple al hacer lugar el recurso de amparo que interpuso el escribano Héctor Horacio Vitali.
Colegio de Escribanos: apelan el fallo que frenó la elección
Cuestionan el "voto por poder" y la falta de paridad de género en el Colegio de Escribanos de Entre Ríos.
La entidad que agrupa a más de 400 escribanos entrerrianos continuará la pelea judicial para que las elecciones de la entidad se realicen en la fecha convocada: en la 78° Asamblea General Ordinaria del sábado 22 de abril en Federación.
Los abogados Jorge Ricardo Petric y Matías Fisolo confirmaron a UNO que "la sentencia ya fue apelada". Ahora el recurso debe ser analizado por el juez Marcelo Baridón, de la Cámara Contencioso Administrativa de Paraná. De admitir el recurso, la última palabra la tendrá la Sala Contencioso Administrativo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
Se trata del mismo magistrado que ordenó la suspensión por entender que el método de elección por lista y a mayoría simple "no integra minorías" y que "no cumple con el claro y preciso mandato constitucional que lo obliga a organizarse de forma pluralista".
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El juez Baridón había hecho lugar parcialmente a lo solicitado por el escribano Héctor Horacio Vitali, quien denunció "manifiesta arbitrariedad e ilegitimidad de dicha convocatoria y la inconstitucionalidad de las normas en las cuales se basan".
La acción de amparo fue presentada por Vitali a través de sus representantes legales Matías Plugoboy y Damián Petenatti. El amparista forma parte de la Lista Verde "Democratización e Innovación Institucional", que encabeza la escribana María Cristina Lértora, de Paraná. En tanto, la lista ligada al oficialismo en el sector lleva como presidente del CEER a Sergio Caffaratti, de Colón.
El fallo apelado
Este miércoles, el juez declaró la inconstitucionalidad del sistema de elección de integrantes del consejo directivo del Colegio de Escribanos de Entre Ríos por lista y a mayoría simple prevista en los artículos 18 y 23 de su estatuto; y, en segundo término, suspendió la convocatoria a elecciones de cargos del Consejo Directivo de la entidad.
Sobre el método de elección por lista y a mayoría simple, consideró que "no integra minorías" y que "no cumple con el claro y preciso mandato constitucional que lo obliga a organizarse de forma pluralista". En tanto, no hizo lugar a la declaración de inconstitucionalidad del “voto por poder” prevista en los artículo 13 y 18 del estatuto y reglamento estatutario de la institución.














