Advierten sobre intentos de cobro por la música que se reproduce en recepciones y fiestas privadas

Las fiestas de egresados y otros festejos propios de fin de año de carácter privado, reflotan las exigencias del cobro de los derechos de autor por la música.

26 de noviembre 2025 · 11:30hs

Llegó noviembre y los calendarios de recepciones volvieron al objetivo de SADAIC -Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música-, que emitió un Comunicado Oficial a cobrados de algunas provincias, generando nuevamente confusiones, en detrimento económico de los festejantes. En Entre Ríos, se han asesorado colegios.

La provincia no estuvo ajena a estos reincidentes reclamos, a pesar que la legislación no ha cambiado del año anterior a este. Gabriel Vargas, presidente de ADECEN -Asociación de Defensa del Consumidor Entre Ríos-, precisó: "Hemos estado brindando asesoramiento a grupos de padres de colegios de Diamante, Urdinarrain y Gualeguaychú, que nos han hecho llegar sus consultas. Las fiestas de egresados y otros festejos propios de fin de año de carácter privado, vuelven a reflotar las exigencias del cobro de los derechos de autor por la música que se reproduce y que estuvo vigente durante décadas, previstos y regulados a través de las entidades que receptan estos aranceles. Pero a partir del Decreto del Poder Ejecutivo del año pasado y las posteriores resoluciones aclaratorias que se emitieron en el mismo sentido, quedó clara la prohibición de cobros por este concepto en eventos privados. Se promovió un cambio de paradigma, un cambio en el sentido de interpretación conceptual de lo que se entiende por fiestas privadas. Los eventos que reúnen las características establecidas en los instrumentos legales del 2024, no tributan más estos derechos de autor".

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Derechos de autor

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A modo de reflexión, comentó: "No se entiende la razón por la cual estas entidades ligadas a la percepción, intentan seguir cobrando el arancel. En algunos lugares del país -de manera aislada- obtuvieron sentencias judiciales favorables, mediante las que se les autorizó a seguir cobrando por la música en fiestas privadas. Pero no son fallos con efecto expansivo o generalizado, no es una regla".

"Está vigente la reglamentación que prohíbe expresamente el cobro de estos derechos en los eventos privados, que incluso enumera fiestas de egresados, casamientos, fiesta de bautismo o 15 años. Están expresamente excluidos", afirmó Vargas y agregó: "Hubo además un dictamen de la Secretaría Legal y Técnica de la Nación y un dictamen de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, explicando los alcances de estas normas, como para que no quede sujeto a interpretaciones. El Decreto torna el cobro aludido, un violentamiento a los derechos de los consumidores o usuarios de este tipo de actividades".

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Fiestas privadas

El presidente de ADECEN instó a "no efectuar el pago, más allá del medio por el cual se lo requiera; y quien haya pagado, puede reclamar la devolución, mediante una denuncia ante los organismos correspondientes".

Aclaró también que "a veces no se hace el evento en un salón, sino un establecimiento escolar, un club y tampoco implica que deba pagarse este arancel. Nos han trasladado esa inquietud, de que por ahí los dueños de salones en alquiler, condicionan la posibilidad de llevar adelante la fiesta al pago del arancel en cuestión, y no corresponde. Están en todo el derecho de negarse", clarificó.

Gabriel Vargas sostuvo que "en ese sentido, estamos abiertos a las consultas que nos deseen realizar, estamos haciendo reuniones virtuales con grupos de padres de colegios que han sido intimados y han recurrido a nuestra entidad ante el temor de que les sea clausurado el evento. Las fiestas privadas no se pueden clausurar por el no pago de SADAIC o AADI CAPIF. Quizás por falta de habilitación, de matafuego, de seguridad, pero no por este concepto. Siempre que estemos hablando de eventos que no son abiertos al público, ni de concurrencia masiva espontánea, sino que es para un determinado grupo de personas especialmente invitadas previamente. Instamos a que pongan en conocimiento de la autoridad de Defensa del Consumidor local, cuando estas situaciones ocurran o haya una amenaza de producirse". Los interesados pueden contactarse con ADECEN al 343-4641090 / mail: [email protected]

Pagos

Finalmente, destacó que "actualmente es habitual abonar una tarjeta para un casamiento o fiesta familiar, pero eso no modifica el espíritu con que fue concebida la norna. Es la misma situación, son privados, ya que se caracterizan por ser para un número cerrado de personas -como una lista de invitados-, donde no hay admisión abierta al público en general".

En cuanto al amedrentamiento manifiesto y confuso en estos contextos, el dirigente acotó: "No opera una clausura por este motivo. De hecho, no son autoridades ni instituciones facultadas para clausurar. Lo propio debe ocurrir mediante una orden judicial o de Faltas, o una intervención policial, cuando haya manifestamente un hecho que justifique la clausura, ya sea violencia o alguna otra situación de gravedad".

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