La Justicia confirmó que corresponde jubilación por ceguera

En un reciente fallo, la Cámara Federal convalidó que un hombre ciego puede acceder a un régimen jubilatorio especial al que la Anses se oponía.
27 de septiembre 2019 · 09:21hs

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó un fallo a favor de Sergio Moyano, un hombre de Sauce de Luna que reclamaba la jubilación por ceguera. Ahora el Poder Judicial le dio la razón, a pesar de la oposición de Anses.

En su sentencia del 10 de septiembre, el tribunal de alzada rechazó la apelación del organismo previsional y ratificó la resolución de primera instancia que declaró que Moyano, quien padece de retinosis pigmentaria, tiene derecho a acceder al régimen jubilatorio especial establecido por la Ley N.º 20.888 (Régimen Jubilatorio de Ciegos).

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La ley establece el otorgamiento de una jubilación para las personas afectadas con ceguera congénita, que tengan 45 años de edad y/o 20 años de servicio. Además prevé que quienes hayan adquirido ceguera cinco años antes de llegar a cualquiera de los topes establecidos, se considerará comprendido en sus beneficios. Y que en ningún caso esto será incompatible con cualquier ingreso que pudiera tener el beneficiario.

Anses se venía negando a pagar el beneficio, con el argumento de que Moyano no reunía los requisitos de edad y servicios necesarios para acceder al mismo. Pero la Cámara sostuvo: “Del análisis literal de la norma, surge claramente que ésta exige el cumplimiento de uno o ambos requisitos”, es decir, o la edad o los años de servicio, no necesariamente ambos. En este caso particular, poseía la edad.

El tribunal consideró: “La interpretación esbozada por Anses de hacer prevalecer la conjunción copulativa ‘y’ por sobre la conjunción disyuntiva ‘o’, va en contra de los principios generales consagrados en materia de seguridad social”.

Luego los jueces Cintia Gómez, Beatriz Aranguren y Mateo Busaniche dejaron en claro que el hombre poseía el requisito de edad exigido por la norma, ya que al momento de obtener el certificado de discapacidad que acredita la “ceguera en ambos ojos”, tenía 41 años y 11 meses (el 19 de mayo de 2011). Asimismo, dos años antes había obtenido su retiro por incapacidad certificada del 70%. Por lo tanto, sostuvieron que se encuentra dentro del período de tiempo que habilita a las personas ciegas a adquirir el derecho si no hubieren llegado a los 45 años, pero que estuvieren imposibilitados de ver cinco años antes de cumplir con dicha edad. Actualmente tiene 50.

Desde hace años Moyano trabaja para dar a conocer el alcance de esta normativa, incluso ante el desconocimiento de la existencia de la ley en organismos oficiales. "Nadie sabía de la ley, ni siquiera en el Congreso de la Nación; que es desde donde salió, ni el Inadi, Iprodi, tampoco en el Colegio de Abogados”, dijo a UNO en una de las entrevistas en que difundió el tema.

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